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1. Sin ningún prolegómeno, me parece que existe un problema
fundamental que necesita, pasados los primeros veinticinco años
de vida de la CIDIP, ser discutido a fondo. Lo que hace falta
en esta hora es definir o redefinir la función de la CIDIP en
general y su viabilidad como órgano de codificación del Derecho
Internacional Privado (DIPr) y del Derecho del Comercio Internacional
(DComI). Para esto, deben tenerse en cuenta, en particular,
una serie de cuestiones específicas, tales como:
- interés real de la OEA en la codificación del DIPr y
del DComI (en las agendas de la OEA los temas de DIPr casi ni
se ven, siendo la amplísima mayoría de los temas de derecho
internacional público –DIP-);
- necesidad o no de un Órgano Permanente (OP) (o de personal
de la OEA exclusivamente dedicado a esta tarea;
- problemas presupuestarios y propuestas de soluciones
(la constitución del Área de Libre Comercio de las Américas
–ALCA- acaso tenga algún papel que jugar al respecto, debido
a la indudable necesidad de un andamiaje jurídico para dicha
zona de libre comercio); posibilidad y límites de la financiación
privada;
- papel del CJI y carencia de especialistas en DIPr dentro
del mismo;
- problemas en la ratificación y aplicación (y conocimiento
de dicha aplicación) en los EM de la Organización;
- relación entre las normas de las convenciones de la CIDIP
y las demás normas convencionales, en especial, las normas subregionales
de integración;
- (más de fondo) necesidad de una codificación a nivel
regional en la actual situación del mundo.
El
único modo de llegar a una respuesta válida sobre esas cuestiones
y otras muchas relacionadas con ellas, sería la de convocar
una Reunión de Expertos, gubernamentales e independientes, en
un plazo prudencial (se me ocurre que podría ser hacia fines
del año 2003 o inicios del 2004), dedicada exclusivamente a
realizar un análisis de la obra de la CIDIP y la conveniencia
y necesidad de seguir adelante (con las modificaciones que se
consideren pertinentes) o no[1]/.
Las conclusiones de dicha reunión tendrían que ser tomadas al
pie de la letra por los órganos de la OEA. Para ello sería muy
oportuno que la CIDIP VI (o el Consejo Permanente –CP- en su
defecto) solicite a la Asamblea General (AG) la convocatoria
de la Reunión de Expertos y que se realice un programa de difusión
previa en todos los Estados miembros (EM), a efectos de que
se llegue a la reunión de expertos con una buena discusión previa
de cada uno de los temas. Considero fundamental, en este
sentido,
que la OEA, a través de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos
(SAJ), fomente (y en algunos casos auspicie) la realización
de Jornadas subregionales (para las cuales se podría seguir
el esquema de los procesos de integración, es decir: TLCAN,
SICA, CARICOM, CAN y MERCOSUR) y nacionales.
Puede
resultar particularmente efectivo utilizar los contactos personales
que la SAJ tiene en los distintos EM para que éstos se encarguen
de colocar la cuestión del FUTURO DE LA CIDIP como tema prioritario
en las reuniones científicas ordinarias y extraordinarias a
celebrar entre la CIDIP VI y la Reunión de Expertos de 2003/2004.
Muchas de las realizaciones jurídicas más importantes, en América
y en el mundo, tienen que ver con la actitud y la actividad
de personas concretas. La Ley venezolana de DIPr de 1998 es
un ejemplo muy significativo al respecto. Sería muy importante
que durante la CIDIP VI se adopte una Resolución exhortando
a las instituciones científicas y académicas a preparar el debate
para el año 2003/2004. Hay países que cuentan con instituciones
muy bien preparadas para eso, como México con su Academia Mexicana
de Derecho Internacional Privado y Comparado o Uruguay con el
Instituto de Derecho Internacional Privado de la Universidad
de la República; pero incluso en los que no tienen una estructura
semejante, es importante que se fomente la reunión y vinculación
de todos quienes tienen que ver con el DIPr: académicos, funcionarios
y profesionales en general. Cada una de las reuniones subregionales
y nacionales deberían contar con toda la documentación que vaya
produciendo la SAJ (la configuración de una red E-mail es, en
este contexto, indispensable, además de barata y fácil de implementar).
Incluso sería muy importante la participación en dichas reuniones
de funcionarios de la SAJ o de expertos ad-hoc (que bien
podrían estar presentes en dichas reuniones físicamente, a través
de video-conferencias y/o mediante la elaboración de documentos
específicos).
La
Reunión de Expertos de 2003/2004 debería servir para dictar
las pautas concretas y realistas del futuro de la CIDIP, las
cuales tendrían que ser asumidas por la OEA, o, en caso contrario,
para declarar extinguida (con todos los honores) esta floreciente
y rica etapa de la evolución del DIPr interamericano. Para una
respuesta de tanta trascendencia es preciso contar con los mejores
exponentes del DIPr de las Américas (los cuales podrían actuar
como representantes de los EM o como observadores invitados)
y con funcionarios de un rango elevado, a efectos de que no
se produzca un divorcio entre las ilusiones (muchas veces legítimas)
de los académicos y los intereses prioritarios de los
Gobiernos.
2. Según mi punto de vista particular, la CIDIP tendría
que seguir existiendo y trabajando pero con una profunda modificación
de su funcionamiento y una relativa redefinición de sus objetivos.
Ahora bien, como he dicho, soy conciente de que existen otras
opiniones, tan fundadas como la mía, situación que hace evidente
la necesidad de un debate como el que propugno. Lo que a mi
entender no presenta, en cambio, ninguna duda es que el trabajo
de la CIDIP debe ser aprovechable para todos sus Estados (los
Estados de “todas las Américas”) y que, por lo tanto, todos
deben participar activamente en la preparación de sus textos.
Para
que los EM se sientan comprometidos con el trabajo de la CIDIP,
a mi entender el secreto radica en que la SAJ (o el OP, si llegara
a crearse) detecte una o varias personas de cada EM que tendrían
la función de fomentar dicha participación activa. Esas “personas
relevantes de contacto” (PRC) pueden variar según los temas
y según las reuniones; incluso una misma PRC podría actuar en
más de un país. Lo importante es que tengan, por un lado, una
fluida comunicación con la SAJ y, por otro, algún tipo de “impacto
institucional”. Esto no tendría por qué producir problemas con
los EM. Téngase en cuenta que en la actualidad existen especialistas
americanos de DIPr que ocupan cargos institucionales (incluso
hay algún Canciller) o bien que son consultores externos de
los Gobiernos o de algún Ministerio específico, o son personas
de una relevancia muy singular (también hay algún juez de la
Corte Internacional de Justicia). La SAJ tendría entonces que
estar en contacto permanente con las PRC, y éstas deberían tener
la “obligación” (al menos, informal) de comunicar periódicamente
a la SAJ el estado de situación en su ámbito geográfico y material
de acción. El éxito de esta metodología está estrechamente ligado
con la elección de los interlocutores (PRC) adecuados.
Finalmente,
el problema de los recursos (limitadísimos) de la OEA para el
DIPr no tiene necesariamente mucho que ver con lo anterior.
Es importante lograr un equilibrio entre el apoyo que pueden
dar instituciones públicas y privadas que estén interesadas
en el desarrollo de algunos temas por parte de la CIDIP[2]/
y la necesidad de no “privatizar” totalmente el proceso, resguardando
la imprescindible y esencial independencia que debe guiar a
las Conferencias. De otro lado, cuanto más convencidas estén
las autoridades de los EM de la importancia de las cuestiones
a regular, más posibilidades tendrían que existir de que las
partidas presupuestarias fueran mayores. De todos modos, los
gastos no tendrían que ser tantos. Fuera de las Conferencias,
consistirían en algunas reuniones de expertos (a las que, de
forma indispensable, se debe llegar con el material más que
avanzado), gastos puntuales que puedan generar algunas PRC,
realización de algunos informes, colaboración con las reuniones
subregionales, y poco más. Para todo lo que sean reuniones (de
expertos o subregionales) los gastos no han sido hasta ahora
ni serán en el futuro exclusivos de la OEA, ya que se comparten
con los EM y con instituciones públicas o privadas (cuestión
que puede fomentarse). Lo que sería importante que sufrague
la OEA, en aras de una mayor especialización y cualificación,
es la participación de especialistas (PRC), tanto a través de
informes como mediante la asistencia a reuniones. En este punto
debe considerarse que la cuestión estriba en saber “vender el
producto” CIDIP. En todos los EM, incluyendo los que tienen
más dificultades académicas se llevan a cabo cada año eventos
académicos, deportivos, artísticos, políticos, etc., infinitamente
más caros que cualquier reunión como la que aquí se propugna.
.
En realidad, estaba previsto que el tema del futuro
de la CIDIP fuera tratado en la CIDIP VI, a partir de las
conclusiones que el CJI debía adoptar durante su período
de sesiones de agosto de 2001. Para ello, el CJI designó
en su reunión de marzo de 2001 en Ottawa a dos de sus miembros
(João Grandino Rodas, de Brasil y Presidente del CJI, y
Carlos Manuel Vázquez, de Estados Unidos) para que presentaran
un informe al respecto. A tal fin, con fecha 22 de mayo
de 2001, el CJI, con la ayuda de la SAJ, hizo circular un
Cuestionario sobre el futuro de la CIDIP entre “un selecto
grupo de académicos, juristas y expertos en el campo del
derecho de las Américas y de otros países”, que debía ser
respondido antes del 30 de junio. Aunque no conozco dichas
conclusiones, considero que el debate debe ser más amplio
y reposado, habida cuenta de la importancia de lo que está
en juego. En particular, parece muy difícil, sino imposible,
que los delegados y observadores presentes en la CIDIP VI
puedan, en tan sólo cinco días, dedicarse a los tres temas
previstos para la ocasión y además tener tiempo para adoptar
alguna decisión de fondo sobre dicho futuro.
.
Así, en la invitación para la Tercera Reunión de
Expertos preparatoria de la CIDIP VI (Miami, 26 al 30 de
noviembre de 2000), que fue organizada por la OEA y el
National Law Center for Inter-American Free Trade (NLCIFT),
se agradecía a los siguientes auspiciantes: Astigarraga
Davis Mullins & Grossman, Federal Express Corporation, Ford
Motor Credit Company, Greemberg Traurig, Banco
Interamericano de Desarrollo, Lucent Technologies,
MasterCard International Incorporated, Microsoft
Corporation, NIC Conquest, Oracle Corporation, the Summit of
the Americas Center at Florida International University
(Miami), y 3Com Corporation. No parece nada descabellado que
quienes más interesados están en la aprobación de
determinadas reglamentaciones colaboren efectivamente a ese
fin, siempre que eso no signifique, obviamente, la
adquisición de algún tipo de compromiso en cualquier
sentido. Una cosa es que coincidan los intereses públicos (o
el interés general) con ciertos intereses privados y otra
cosa es que éstos se impongan sobre la base de la
financiación.
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