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OEA/Ser.G
CP/RES. 780 (1257/00)
1 diciembre 2000
Original: español

CP/RES. 780 (1257/00)

APOYO AL PROCESO DE NEGOCIACIÓN ENTRE
LOS GOBIERNOS DE BELICE Y GUATEMALA

        EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

TENIENDO EN CUENTA:

        Que en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, los Estados Miembros reafirman el principio de que "las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos deben ser resueltas por medio de procedimientos pacíficos";

        Que entre los propósitos esenciales de la Carta de la OEA se encuentran "afianzar la paz y la seguridad en el Continente" y "asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre los Estados Miembros";

RECONOCIENDO:

        Que los Gobiernos de Belice y Guatemala han iniciado un proceso de conciliación bilateral para buscar una solución definitiva al diferendo territorial existente entre ambos Estados;

        Que ambos Gobiernos han designado respectivamente Conciliadores para ayudar a los Gobiernos de Belice y Guatemala a encontrar fórmulas para la resolución pacífica y definitiva del diferendo territorial entre estos dos países;

        Que dichos Gobiernos han acudido a la Organización para que apoye sus esfuerzos, y han solicitado al Secretario General que sirva de Testigo de Honor y apoye el proceso con los servicios de la Secretaría;

        Que ambos Gobiernos han acordado que todo asunto relacionado con el diferendo territorial deberá ser abordado por ambas Partes, únicamente dentro del marco de este proceso, excluyendo, mientras el mismo dure, cualquier otro foro político, diplomático o jurídico; y

        Que dichos Gobiernos han acordado también que en aras de proteger y consolidar este proceso, ambas Partes actuarán con cautela y prudencia en el tratamiento de cualquier asunto relacionado con el diferendo, y, especialmente cooperarán para evitar incidentes en el terreno que produzcan tensión entre ellas,

RESUELVE:

        1.     Saludar y apoyar la decisión de los Gobiernos de Belice y Guatemala de buscar por la vía del diálogo una solución a sus diferencias, lo cual demuestra sus respectivas voluntades de paz y compromisos con los principios de la Carta de la Organización.

        2.     Establecer, dentro del Fondo de Paz constituido de conformidad con la resolución AG/RES. 1756 (XXX-O/00), un subfondo específico titulado "Apoyo a las Negociaciones entre Belice y Guatemala", destinado a financiar los costos relacionados con el funcionamiento del Panel de Conciliadores en el diálogo entre Belice y Guatemala. Este subfondo específico será administrado únicamente de conformidad con las disposiciones contenidas en esta resolución y los Artículos 69 al 77 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General y otras disposiciones para la administración de recursos encomendados a la Secretaría General de la OEA.

        3.     Solicitar al Secretario General que siga prestando su ayuda para facilitar y promover el proceso iniciado entre los dos Gobiernos y que solicite a los Estados Miembros y Observadores Permanentes, contribuciones para el subfondo específico destinadas a financiar los costos relacionados con esta actividad.

        4.     Invitar a todos los Estados Miembros, Observadores Permanentes, instituciones multilaterales y otros donantes potenciales, como se definen en el artículo 69 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General y de conformidad con otras normas y reglamentos de la Organización, a que contribuyan al mencionado subfondo específico.

        5.     Invitar al Secretario General a que administre este subfondo específico de conformidad con las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General y otras disposiciones para la administración de recursos encomendados a la Secretaría General de la OEA y que informe al Consejo Permanente sobre el cumplimiento de la presente resolución.

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