Fomento de la confianza y la seguridad
Lista de medidas
Lista consolidada de
Medidas de Fomento de la Confianza y la Seguridad (MFCS) que se
deben notificar de conformidad con las resoluciones de la OEA (Aprobada
en la sesión del 15 de enero de 2009)
CP/CSH-1043/08 rev. 1
Cuadro resumido de los informes de
los Estados Miembros sobre la aplicación de medidas de fomento de la
confianza y la seguridad correspondientes al período 1995-2005
CP/CSH-671/05 corr. 1
1. Presentar a la OEA anualmente, un inventario completo de las MFCS
que esté llevando adelante cada Estado Miembro en el Hemisferio.
2. Celebrar reuniones de alto nivel con la participación de los
ministerios de defensa y de relaciones exteriores, a nivel
bilateral, subregional, y regional con el fin de entablar un diálogo
franco y directo sobre la evaluación conjunta de varios aspectos de
la defensa y seguridad, e intercambiar ideas y puntos de vista con
respecto a los objetivos de la política de defensa nacional, así
como medios comunes para abordar problemas comunes en esta materia.
3. Ampliar a los institutos de formación diplomática, las academias
militares, los centros de investigación y las universidades, los
seminarios, cursos y estudios previstos en las Declaraciones de
Santiago y San Salvador sobre medidas de fomento de la confianza y
la seguridad y otros asuntos relacionados con la paz y la seguridad
hemisférica, con participación en tales actividades de funcionarios
gubernamentales, civiles y militares y de la sociedad civil.
4. Notificación y observancia de los ejercicios combinados y las
operaciones de rutina, de considerarlo necesario por cada Estado.
5. Notificación previa de ejercicios militares.
6. Emprender programas de visitas de defensa en las que los
representantes de los Estados Miembros de la OEA participantes
visiten las instalaciones de defensa y las escuelas militares.
7. Invitar al Presidente de la Comisión de Seguridad Hemisférica de
la OEA a observar los ejercicios combinados que se realizan en el
Hemisferio.
8. Intercambio de personal civil y militar con miras a la
capacitación regular y avanzada.
9. Participar en el Registro de Armas Convencionales de las Naciones
Unidas, incluyendo el suministro e intercambio de información sobre
producción nacional de armas convencionales.
10. Suministrar información al Registro Internacional Normalizado de
las Naciones Unidas, e intercambiar dicha información con los
Estados Miembros de la OEA.
11. Elaborar metodologías estandarizadas para la medición de los
gastos de defensa entre Estados vecinos.
12. Elaborar e intercambiar documentos sobre política y doctrina de
defensa (libros blancos de defensa).
13. Intercambiar información sobre las funciones, procedimientos y
organización institucional de los ministerios de defensa e
instituciones afines.
14. Intercambiar información sobre la organización, estructura,
volumen y composición de las fuerzas de defensa y de seguridad.
15. Considerar actividades cooperativas que desarrollan las
habilidades y la capacidad regionales para las operaciones de
mantenimiento da la paz mediante la capacitación conjunta, los
ejercicios combinados y el intercambio de información sobre dichas
operaciones.
16. Reuniones y acciones para prevenir incidentes e incrementar la
seguridad en el tránsito terrestre, marítimo y aéreo, e intensificar
la cooperación para incrementar la seguridad del transporte
terrestre, marítimo y aéreo, de conformidad con el derecho
internacional.
17. Fortalecer la cooperación y el intercambio de información entre
las autoridades policiales, judiciales y militares de los estados
vecinos, de acuerdo con su situación fronteriza.
18. Establecer, emplear e intercambiar manuales de procedimiento y
cartillas de seguridad entre las fuerzas armadas desplegadas en las
zonas fronterizas.
19. Considerar el establecimiento, en los casos que corresponda, de
zonas de confianza mutua o de seguridad en las áreas fronterizas, de
acuerdo con las necesidades de seguridad, de la libertad de
movimiento y de desarrollo económico y comercial de cada país.
20. Realizar ejercicios combinados entre las fuerzas armadas y/o las
fuerzas de seguridad pública, respectivamente, en cumplimiento de
las leyes de cada Estado.
21. Desarrollo e implementación de las comunicaciones entre las
autoridades civiles o militares de países vecinos de conformidad con
su situación fronteriza.
22. Intensificar la cooperación, dentro del marco de la OEA, en la
lucha contra el terrorismo, la interdicción de drogas, la prevención
del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras, el combate de la
piratería, le prevención del contrabando, la realización de
operaciones de búsqueda y rescate y la protección de los recursos
naturales y de los bienes arqueológicos.
23. Intercambiar información sobre cuestiones de seguridad, como el
tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras, y la no proliferación
de los armamentos de destrucción masiva, dentro del marco de la OEA
y la ONU.
24. Identificar los excedentes de armas pequeñas y ligeras, así como
los inventarios de armas pequeñas y ligeras que hayan sido
confiscadas y, de conformidad con las leyes nacionales y acuerdos
internacionales en que se participe, definir programas de
destrucción de esas armas e invitar a representantes internacionales
a presenciar la destrucción de estas armas.
25. Realización de seminarios, cursos de difusión y estudios sobre
medidas de confianza mutua y políticas de fomento de la confianza
con partici¬pación de civiles y militares, y sobre las
preo¬cupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados
insulares.
26. Programas de cooperación en casos de desastres naturales o para
prevenir tales desastres, sobre la base de la petición y
autorización de los Estados afectados.
27. Establecer puntos de contacto nacionales en relación con la
respuesta a los desastres naturales, la seguridad ambiental, la
seguridad en el transporte y la protección de infraestructura
crítica.
28. Intercambiar información en relación con la investigación
científica y metereológica relacionada con los desastres naturales.
29. Incrementar la cooperación de acuerdo con las directrices del
Comité Interamericano para la Reducción de los Desastres Naturales y
atenuar las consecuencias de dichos desastres, en base a la
solicitud y autorización de los Estados afectados.
30. Aumentar la cooperación multilateral entre los Estados Miembros
mediante el desarrollo y aplicación de políticas, programas y
actividades dirigidas concretamente a las cuestiones definidas por
los pequeños Estados insulares como preocupaciones, amenazas y
desafíos a su seguridad intercambiar y compartir información en los
ámbitos bilateral y multilateral para fortalecer la capacidad de los
pequeños Estados insulares de abordar estas preocupaciones.
31. Considerar las siguientes iniciativas para su implementación
temprana, las cuales tienen por objeto fortalecer la capacidad de
los pequeños Estados insulares en materia de seguridad:
-- Establecer una red privada virtual que facilite el intercambio,
en el ámbito regional, de inteligencia e información sobre
delincuencia y otras bases de datos pertinentes en la lucha contra
el terrorismo.
-- El intercambio de información crítica entre las autoridades de
control fronterizo para fortalecer la capacidad de control
fronterizo en la lucha contra el narcotráfico y el terrorismo;
-- Programas conjuntos de capacitación para permitir a las entidades
existentes enfrentar los nuevos desafíos;
-- Planificación estratégica conjunta y cooperación en la lucha
contra estas amenazas comunes.
32. Cooperar más estrechamente para implementar los compromisos
acordados en la Reunión Ministerial de Transporte de 1998,
participación activa en la Conferencia del Organismo Internacional
de Energía Atómica sobre la Seguridad del Transporte de Materiales
Radioactivos, de julio de 2003, y trabajo conjunto hacia el continuo
fortalecimiento de las normas internacionales sobre el transporte
marítimo de materiales potencialmente peligrosos, incluidos el
petróleo y los materiales radioactivos.
33. Implementar los aspectos relevantes del programa de Educación
para la Paz en el Hemisferio, adoptado por el Consejo Permanente de
la OEA por medio de la resolución CP/RES. 769/00).
34. Sugerir y propiciar el diálogo entre legisladores del continente
dentro de foros existentes sobre medidas de fomento de la confianza
y asuntos relacionados con la paz y la seguridad hemisféricas,
incluido el intercambio de visitas, y la convocatoria de reuniones.
35. Favorecer intercambios y contactos entre estudiantes,
universitarios y expertos en estudios de defensa y seguridad.
36. Intercambiar y compartir experiencia e ideas sobre medidas de
fomento de la confianza y la seguridad con otros foros regionales de
seguridad, como la Organización para la Seguridad y la Cooperación
en Europa (OSCE), el Foro Regional de la ASEAN (ARF) y la Unión
Africana (AU).
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