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Comité Jurídico Interamericano

Sec. Asuntos Jurídicos

 

Organización de los Estados Americanos

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AG RES. 2038 (XXXIV-O 04)

PREVENCIÓN DEL RACISMO Y DE TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN E INTOLERANCIA Y CONSIDERACIÓN DE LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO DE CONVENCIÓN INTERAMERICANA

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 8 de junio de 2004)

LA ASAMBLEA GENERAL, 

VISTOS el informe anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.4265/04 add. 3 corr. 1), así como las resoluciones AG/RES. 1712 (XXX-O/00), AG/RES. 1774 (XXXI-O/01), AG/RES. 1905 (XXXII-O/02) y AG/RES. 1930 (XXXIII-O/03);

CONSCIENTE de que los principios de igualdad y de no discriminación reconocidos en los artículos 3 (l) y 45 (a) de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en el artículo II de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en el artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos consagran el respecto a los derechos humanos y libertades fundamentales de los individuos ahí enumerados, sin distinción alguna por motivo de raza, color, nacionalidad, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, propiedad, nacimiento u otra condición;

TENIENDO EN CUENTA que la Declaración y el Plan de Acción de la Conferencia Regional de las Américas, celebrada en Santiago, Chile, en diciembre de 2000, en preparación de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, celebrada en Durban, Sudáfrica, en 2001, reconocen en su preámbulo que “el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia todavía persisten en las Américas, a pesar de los esfuerzos realizados por los Estados de la región, y continúan siendo causa de sufrimientos, desventajas y violencia, así como de otras violaciones graves de los derechos humanos, que deben ser combatidos por todos los medios disponibles como asunto de la máxima prioridad”;

CONSIDERANDO el informe del Comité Jurídico Interamericano sobre la elaboración de un proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia, incluido en su informe anual correspondiente a 2001 (CP/doc.3545/02);

CONSIDERANDO ADEMÁS el estudio “Administración de justicia y discriminación racial de afrodescendientes”, elaborado por el Centro de Estudios de Justicia de las Américas en atención al mandato de la resolución AG/RES. 1930 (XXXIII-O/03), cuyas conclusiones indican la existencia “en el continente americano de un serio problema de invisibilidad de las prácticas de racismo e intolerancia que afectan a la población afrodescendiente” y apuntan a la necesidad de adopción de medidas internas en los Estados destinadas a “la prevención y eventual eliminación del racismo y de la intolerancia contra tal población”; y

TENIENDO EN CUENTA que en la resolución AG/RES. 1905 (XXXII-O/02) se encomendó al Consejo Permanente que, inter alia, “inicie el estudio de posibles estrategias para promover, mediante iniciativas en las áreas de educación y administración de justicia, campañas de concientización pública, la tolerancia y la plena y efectiva igualdad de todas las personas en la promoción de sociedades pluralistas e incluyentes, en el entendido de que deben estimularse las acciones nacionales y la cooperación internacional”,

 RESUELVE: 

1. Exhortar a los Estados miembros a que intensifiquen los esfuerzos encaminados a la adopción de medidas eficaces, en el ámbito interno y regional, de combate a las manifestaciones de racismo y todas las formas de discriminación e intolerancia.     

2. Recibir con satisfacción el documento CP/CAJP-2116/04 corr. 1 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), acerca de la elaboración del estudio a que se refiere el punto dispositivo 3 de la resolución AG/RES. 1930 (XXXIII-O/03), relativo a las legislaciones de los Estados miembros que tratan de la adopción de políticas de promoción de la igualdad o de acción afirmativa.

3. Instar a los Estados miembros que aún no lo hubieren hecho a que respondan al pedido de información formulado por la CIDH, acerca de las respectivas legislaciones nacionales sobre la adopción de políticas de promoción de la igualdad o de acción afirmativa.

4. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que continúe, en el marco de los instrumentos jurídicos interamericanos e internacionales vigentes, prestando la debida atención a los problemas generados por las manifestaciones de racismo, discriminación e intolerancia en las Américas y que continúe intensificando el diálogo y la cooperación con el Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, informando oportunamente al Consejo Permanente respecto de esa cooperación.

5. Encomendar a los órganos, organismos y entidades de la Organización que incluyan en sus informes anuales a la Asamblea General información sobre sus esfuerzos para incorporar la perspectiva de promoción de la igualdad racial y el principio de no discriminación en sus políticas, programas, proyectos y actividades.

6. Encargar al Consejo Permanente que, por medio de su Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos:

a.continúe abordando, como asunto prioritario, el tema de prevenir, combatir y erradicar el racismo y todas las formas de discriminación e intolerancia;

b. promover una sesión especial, con participación de expertos gubernamentales, organismos especializados del sistema interamericano y organizaciones no gubernamentales, en la cual un representante del Centro de Estudios de Justicia de las Américas presente las conclusiones sobre el estudio “Administración de justicia y discriminación racial de afrodescendientes” y durante la cual se intercambien experiencias y prácticas óptimas en la adopción de medidas contra el racismo y todas las formas de discriminación e intolerancia; y

c. Recibir y analizar las contribuciones mencionadas en los puntos dispositivos 2 y 6 (b) de esta resolución, entre otras, así como las de los Estados miembros, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Comité Jurídico Interamericano y de organizaciones de la sociedad civil, con vistas a examinar las estrategias existentes a nivel nacional para combatir la discriminación racial y considerar áreas para cooperación internacional en la esfera de la lucha contra el racismo y la discriminación de toda índole, incluida, inter alia, la posibilidad de una Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia. 

7. Solicitar al Consejo Permanente que presente a la Asamblea General en su trigésimo quinto período ordinario de sesiones un informe sobre el cumplimiento de esta resolución.

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