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Después de la conclusión de la CIDIP-VI, la Asamblea General de
la Organización de los Estados Americanos, por medio de su
resolución [AG/RES
1923 (XXXIII-0/03)] y [AG/RES 2033 (XXXIV-0/04)],
convocó la Séptima Conferencia Especializada Interamericana
sobre Derecho Internacional Privado y solicitó al Consejo
Permanente que realizara consultas con las Estados miembros
sobre posibles temas para la agenda.
Para cumplir con este mandato, el Consejo Permanente, por medio
de su Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, solicitó que
los Estados miembros presentaran propuestas para la Agenda. Las
delegaciones de Brasil, Canadá, El Salvador, Estados Unidos,
México, Perú, y Uruguay presentaron los siguientes temas para
ser incluidos en la Agenda: Comercio Electrónico, Protección al
Consumidor, Flujos Migratorios de Personas, Responsabilidad
Civil Extracontractual, Transporte, Insolvencia Transfronteriza,
Jurisdicción Internacional, Protección de Menores, y Grados
Universitarios y Profesiones.
Aunque los Estados miembros formalmente presentaron un total de
ocho temas (incluyendo variaciones de los instrumentos y sub-temas
posibles bajo cada uno de ellos), acordaron que la CIDIP-VII se
limitaría a un máximo de dos. En consecuencia, la Comisión se
reunió con los Estados miembros en sesiones formales y
informales para reducir el numero de temas propuestos,
estableciendo así una agenda final que comprendía los temas de
Protección al Consumidor y Registros Electrónicos.
Basándose en estas recomendaciones, la Asamblea General, por
medio de su resolución [AG/RES
2065 (XXXV-0/05)],
formalmente aprobó la siguiente agenda: (tema uno) Protección al
Consumidor - Ley Aplicable, Jurisdicción, y Restitución
Monetaria (Convenciones y Leyes Modelo); y (tema dos) Garantías
Mobiliarias: Registros Electrónicos para la Implementación de la
Ley Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias. Habiendo
establecido el temario de la Conferencia, la Resolución AG/RES
2065 solicitó al Consejo Permanente que establezca la
metodología para los trabajos preparatorios necesarios para
elaborar los instrumentos interamericanos a ser considerados por
la CIDIP-VII.
Una vez seleccionados los tópicos de protección al consumidor y
registros electrónicos como los temas para la CIDIP-VII, los
Estados miembros designaron a sus Expertos Gubernamentales a fin
de que los mismos se integren a los Grupos de Trabajo y que
brinden asistencia en los temas para los cuales fueron
seleccionados. Dichos expertos prestarán auxilio en la redacción
de los instrumentos internacionales a ser aprobados por la CIDIP-VII.
Los Estados miembros propusieron los expertos vía designación
oficial. Los mismos gozarán de autoridad para participar y
negociar los textos de acuerdo con las instrucciones políticas y
sustantivas
que reciban de sus respectivos gobiernos.
A cada estado miembro se le solicitó la designación de por lo
menos un Experto Gubernamental por materia, los cuales deberán
contar con experiencia y conocimiento sobre el tema que se les
encomienda, así como con autorización gubernamental para
negociar e implementar una convención u otro instrumento sobre
el mismo. A los Estados miembros se les recomendó además que
designen a expertos en derecho internacional privado, así como a
funcionarios de las dependencias gubernamentales con autoridad
específica sobre los temas de la agenda, es decir, a
funcionarios de la agencia gubernamental para la protección del
consumidor para participar como expertos en el tema uno, y a
funcionarios del registro comercial como expertos en el tema
dos.
Además de expertos gubernamentales, la Asamblea General solicitó
al Comité Jurídico Interamericano que colabore con los trabajos
preparatorios y solicitó a la Secretaría General que explore
formas de colaboración con organizaciones internacionales
involucradas en el proceso de redacción y promoción de
instrumentos internacionales compatibles con los elaborados en
el proceso de la CIDIP, incluyendo la Conferencia de la Haya
sobre Derecho Internacional Privado, la Comisión de las Naciones
Unidas sobre el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL), el
Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado
(UNIDROIT), el Banco Interamericano de Desarrollo, entre otras.
La Secretaría General trabajará con dichas instituciones para
asegurar su participación en el proceso y nombrará a expertos no
gubernamentales para los grupos de trabajo, incluyendo a
instituciones de la sociedad civil y asociaciones profesionales
vinculadas a los temas de la agenda. Los Estados miembros
también deben alentar la participación dentro de los trabajos
preparatorios para CIDIP-VII a académicos locales y otros
expertos no gubernamentales, así como miembros de la sociedad
civil y asociaciones profesionales.
Los expertos designados conducirán los trabajos preparatorios de
la CIDIP-VII (en consultas entre si, con expertos
independientes, organizaciones internacionales y con
representantes de los Estados miembros) por medio del foro de
discusión en Internet, y en caso de resultar necesario, se
convocará a reuniones preparatorias. Los eventuales miembros de
dichos grupos pueden provenir tanto del sector gubernamental
como del no-gubernamental.
Una vez concluidas las labores preparatorias sobre los
instrumentos a ser aprobados en la CIDIP-VII, los Estados miembros seleccionarán una fecha y sede para la Conferencia. La
Conferencia Especializada permitirá concluir la redacción de los
instrumentos y poner en marcha el proceso de aprobación de los
mismos por parte de los Estados.
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