Comunicado de Prensa


HONDURAS RATIFICA TRATADO INTERAMERICANO PARA PREVENIR Y SANCIONAR ACTOS TERRORISTAS

  23 de agosto de 2004

El Gobierno de Honduras depositó hoy en la sede de la Organización de los Estados Americanos (OEA), el Instrumento de Ratificación de la Convención Interamericana Para Prevenir y Sancionar los Actos de Terrorismo Configurados en Delitos Contra las Personas y la Extorsión Conexa Cuando Estos Tengan Trascendencia Internacional.

Durante una breve ceremonia, el Representante Permanente de Honduras ante la OEA, Embajador Salvador Rodezno, dijo que para el Estado hondureño este día marca la culminación de un proceso, mediante el cual su país expresa su soberano deseo de formar parte de una de las más grandes empresas de cooperación internacional en el combate contra el terrorismo.

“El terrorismo constituye una violación sistemática, deliberada y flagrante contra el derecho individual y colectivo de las personas de vivir en paz”, dijo el Embajador Rodezno, al mismo tiempo que calificó al terrorismo como una afrenta a la democracia y la máxima expresión del horror, por lo que “los Estados no debemos escatimar esfuerzos, tiempo ni dedicación para que en un haz de voluntad y ejemplo de cooperación nos aprestemos a la lucha con determinación, pero respetando la legalidad de nuestras acciones y los derechos de los que pretendemos defender”.

Por su parte el Secretario General Adjunto de la OEA, Embajador Luigi Einaudi, dijo que este acto es el símbolo de los avances que continúan registrándose dentro del derecho internacional para luchar contra los crímenes asociados con el terrorismo. “Con este paso podremos continuar avanzando en la cooperación regional” manifestó Einaudi y anotó que este instrumento jurídico es una Convención precursora en la lucha contra el terrorismo ya que “fue adoptada antes de la última serie de eventos que tanto luto han causado y sirve de fundamento jurídico para nuestra acción y cooperación”.

Esta Convención, adoptada en Washington, DC., el 2 de febrero de 1971, está abierta a la firma, no solo de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos, sino también a la de cualquier Estado Miembro del sistema de Consejo Permanente Naciones Unidas, lo que le da el carácter de instrumento jurídico universal.

Referencia: C-132/04