Comunicado de Prensa


INSULZA DESTACA VALOR DE OBSERVACION ELECTORAL INTERNACIONAL

  28 de octubre de 2005

El Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, participó en la ceremonia de firma de la Declaración de Principios para la Observación Internacional de Elecciones organizada por Naciones Unidas, que tuvo lugar en Nueva York, en la sede del organismo mundial. La ceremonia fue encabezada por el Secretario General de Naciones Unidas, Kofi Annan; el ex Presidente de Estados Unidos Jimmy Carter; la ex Secretaria de Estado estadounidense, Madeleine Albright e Insulza, y contó con la presencia de representantes de organismos intergubernamentales y no gubernamentales internacionales.

Insulza alabó el esfuerzo desplegado por un equipo mixto integrado por la ONU, el Centro Carter y el Instituto Nacional Demócrata, que trabajó durante cuatro años los contenidos que definen los principios y la normativa que regirá la labor de observación de los procesos electorales en todo el mundo. Dijo que las democracias no solo se construyen con la periodicidad del acto electoral, sino también con la transparencia de la elección, explicando que en este ámbito radica el aporte que entrega el instrumento que se firmó en Naciones Unidas.

Es ese sentido Insulza destacó la importancia de difundir en la comunidad internacional, los códigos de conducta que deben cumplir los países al momento de verificar las elecciones, para establecer así que existen normas que amparan la limpieza de uno de los instrumentos básicos de la democracia como es la emisión del voto.

El Secretario General de la OEA aseguró que el voto es la expresión máxima de la voluntad soberana, y que ayudar a transparentar y a supervisar su emisión, es una tarea ineludible a la que esta organización hemisférica contribuye desde hace décadas. El documento nace con la suscripción de más de 20 organizaciones de todos los continentes que han trabajado desde hace años, en la observación de procesos electorales en todo el mundo.

Referencia: C-253/05