Comunicado de Prensa


OEA y JNE de Perú firmaron acuerdo para la Misión que observará elecciones regionales y municipales del 5 de octubre

  16 de septiembre de 2014

La Organización de Estados Americanos (OEA) y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de Perú firmaron hoy el Acuerdo de Procedimientos para la Misión de Observación Electoral que la OEA desplegará en el país para observar los comicios regionales y municipales que se realizarán el 5 de octubre.

El documento fue firmado por el Representante de la OEA en el país, Pablo Zúñiga, y por el Presidente del JNE, Francisco Távara. La firma se realizó en el marco de una solicitud realizada por el gobierno del Perú y recibida por el Secretario General, José Miguel Insulza, para desplegar un grupo de observadores internacionales en el país. Para encabezar esta Misión, el Secretario General de la Organización Hemisférica designó al político y abogado uruguayo Sergio Abreu.

Abreu fue Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Uruguay durante la Presidencia de Luis Alberto Lacalle y posteriormente ocupó la cartera de Industria, Energía y Minería durante la administración del Presidente Jorge Batlle. Hoy se desempeña como Senador de la República por el Partido Nacional. Abogado de profesión, presidió la Ronda de Uruguay del GATT y la conferencia Ministerial de Marrakech, que dio origen a la Organización Mundial del Comercio (OMC).

La Misión de Observación Electoral de la OEA estará compuesta por 35 personas e iniciará sus actividades el miércoles 24 de septiembre. Un grupo de especialistas llevará a cabo un análisis sustantivo y detallado del proceso en materia de organización y tecnología electoral, análisis político y legal, género, financiamiento político electoral, seguridad, resolución de disputas y participación de grupos sub-representados. El día de la elección, los observadores visitarán centros de votación en distintos departamentos del país para observar el transcurso de la jornada electoral.

Para más información visite la Web de la OEA en www.oas.org.

Referencia: C-376/14