Comunicado de Prensa


Secretario General de la OEA lamenta ley HB 56

  1 de octubre de 2011

El Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, lamentó hoy la dureza que la ley de inmigración HB 56, publicada en el Estado de Alabama, impone a la vida de miles de inmigrantes que llegan a Estados Unidos desde los países de América Latina “para entregar su esforzado trabajo a cambio de una mejor calidad de vida y de esperanzas que, en muchos casos, su propio país no puede ofrecerles”. Leyes como la HB 56, subrayó, “apuntan a reprimir artificialmente procesos que son naturales y exacerban sentimientos de discriminación y xenofobia hacia los inmigrantes”.

"No me corresponde comentar decisiones de tribunales nacionales, pero siempre he dicho que la experiencia nos demuestra hasta ahora que buscar solución al problema de la inmigración irregular mediante medidas de carácter restrictivo y punitivo nunca ha sido eficaz”, advirtió el Secretario General Insulza. Agregó que “lo más sorprendente es que la HB 56 le niega el acceso a la educación no solo a los niños hispanos, sino también a los niños americanos cuyos padres se encuentran en una situación migratoria irregular”.

Al respecto, el Secretario General señaló que “la educación es tanto un derecho humano como un medio vital para promover la paz y el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales”, y aseguró que “para contribuir a construir un mundo más pacífico, la educación debe ser universal y accesible de manera igualitaria para todos y todas. Ya lo dijo Gabriela Mistral: El futuro de los niños es siempre hoy. Mañana será tarde”

Según un informe del Pew Hispanic Center, la pobreza infantil entre los hispanos en Estados Unidos establece récord. Más niños latinos viven en la pobreza -6,1 millones en 2010- que los niños de cualquier otro grupo racial o étnico.

El Secretario General de la OEA aplaudió las manifestaciones realizadas por el gobierno federal de los Estados Unidos para impugnar este fallo ante la Corte Suprema.

Para más información, visite la Web de la OEA en www.oas.org

Referencia: C-863/11