Contexto


COMPLACENCIA DE LA RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN POR LAS DECLARACIONES JUDICIALES DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES DE DESACATO EN GUATEMALA Y HONDURAS

  5 de julio de 2005

Washington, D.C., 1 de julio de 2005. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su satisfacción por las decisiones judiciales que declaran la inconstitucionalidad del delito de desacato en Guatemala y Honduras. La Relatoría considera que estas medidas constituyen pasos decisivos hacia el fortalecimiento de la libertad de expresión en el continente.

El 19 de mayo la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Honduras resolvió la inconstitucionalidad del delito de desacato, que era sancionado con reclusión de dos a cuatro año. La decision se originó en un pedido de inconstitucionalidad formulado por el Fiscal General de la República en 2003. En su sentencia, el máximo tribunal hondureño recoge las recomendaciones de la Relatoría y de la CIDH, que han instado a eliminar las leyes de desacato por considerar que contravienen los principios democráticos al otorgar un mayor nivel de protección a los funcionarios que a los ciudadanos privados, y que limitan el pleno ejercicio de la libertad de expresión al restringir el debate público y disuadir las críticas.

El 14 de junio la Corte de Constitucionalidad de Guatemala suspendió temporalmente este delito, penalizado con prisión de entre seis meses a tres años, luego de la presentación de un recurso de inconstitucionalidad por el presidente de la Cámara Guatemalteca de Periodismo, Mario Fuentes Destarac.

Las leyes de desacato, que se encuentran contempladas en varios códigos penales del hemisferio, penalizan la expresión ofensiva dirigida a los funcionarios públicos. Desde su creación, la Relatoría ha alertado sobre el peligro del desacato, que puede convertirse en una herramienta para silenciar el debate democrático sobre la gestión pública. De acuerdo al principio 11 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH, “los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad” y estas leyes “atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información”.

En dos visitas realizadas a Guatemala y Honduras, el Relator Especial para la Libertad de Expresión, Eduardo Bertoni, había recomendado la derogación de estas leyes (ver Guatemala OEA/Ser.L/V/II.118 - 2004.esp y Comunicado de Prensa 91/03). La Relatoría manifiesta su complacencia por las decisiones adoptadas en Guatemala y Honduras, que representan un avance para la protección de la libertad de expresión, y exhorta a las autoridades de ambos países a que tomen las medidas necesarias para hacer efectiva la eliminación del delito de desacato.


Referencia: PREN-126S