Contexto


RELATORÍA PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DEPLORA ATAQUE CONTRA DIARIO EN GUYANA Y ASESINATO DE PERIODISTA EN COLOMBIA

  11 de agosto de 2006

ATAQUE CONTRA DIARIO EN GUYANA

Washington, D.C., 11 de agosto de 2006. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, deplora el ataque perpetrado el 8 de agosto de 2006 en la planta de impresión del diario Kaieteur News en Georgetown, Guyana, donde cuatro trabajadores fueron asesinados y dos resultaron gravemente heridos. La Relatoría Especial insta a las autoridades en Guyana a investigar de manera rápida y eficaz estos hechos para que se sancione debidamente a sus responsables.

De acuerdo a la información recibida por la Relatoria Especial, en la noche del 8 de agosto de 2006 un grupo de individuos armados y con el rostro cubierto ingresaron a la planta de impresión de Kaieteur News y dispararon contra el guardia de seguridad del local. Se indica que posteriormente los atacantes ordenaron a los trabajadores del diario Mark Mikoo, Chitram Persaud, Eion Wegman, Richard Stewart y Shazim Mohamed, colocar sus rostros contra el piso, disparándoles luego en la nuca. Se informó que el guardia de seguridad se encuentra en condición estable mientras que el estado de salud de Shazim Mohamed es crítico.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión recuerda que conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados tienen el deber de prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos allí reconocidos. En este sentido, la Relatoría Especial insta a las autoridades en Guyana a investigar de forma exhaustiva estos atroces crímenes y se determine si los asesinatos estuvieron relacionados con el ejercicio de la actividad periodística de Kaieteur News.

El Principio 9 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH señala que “el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.

El Relator Especial para la Libertad de Expresión, Ignacio J. Álvarez, señaló que “es especialmente importante que en estos crímenes se investigue no sólo a los autores materiales, sino también a los autores intelectuales y a las demás personas cuya colaboración y tolerancia hicieron posible la comisión de tales delitos”.




ASESINATO DE PERIODISTA EN COLOMBIA


RELATORÍA PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DEPLORA ASESINATO DE PERIODISTA EN COLOMBIA Y SOLICITA DEBIDA INVESTIGACION

Washington, D.C., 11 de agosto de 2006. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, deplora el asesinato del periodista radial Milton Fabián Gómez, de la emisora Yumbo Estéreo, en Colombia. La Relatoría Especial insta a las autoridades colombianas a investigar este hecho de manera rápida y eficaz para que se sancione debidamente a sus responsables y se determine si este crimen estuvo relacionado con el ejercicio de la actividad periodística.

De acuerdo a la información recibida por la Relatoría, en la noche del 9 de agosto de 2006 el señor Gómez recibió varios disparos por parte de desconocidos en Yumbo, departamento de Valle del Cauca. Se indica que el periodista murió poco después de ser trasladado a un centro de salud local. El periodista conducía el espacio comunitario Mesa Redonda donde se discutían temas de carácter político.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión recuerda que conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados tienen el deber de prevenir, investigar y sancionar toda violación de los derechos allí reconocidos. El Principio 9 de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la CIDH señala que “el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.

El Relator Especial para la Libertad de Expresión, Ignacio J. Álvarez, señaló que “es especialmente importante que en los delitos contra periodistas se investigue no sólo a los autores materiales, sino también a los autores intelectuales y a las demás personas cuya colaboración y tolerancia hicieron posible la comisión de tales delitos”.

Referencia: PREN-148