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CIDH lamenta muertes en incendio en centro de tratamiento para personas usuarias de drogas en Ecuador

24 de enero de 2019

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) lamenta los hechos ocurridos en un centro de tratamiento para personas consumidoras de drogas, que resultaron en que al menos 18 personas perdieran la vida, y ocho resultaran heridas. La CIDH urge al Estado de Ecuador a que adopte las medidas necesarias para prevenir la repetición de estos hechos, y para investigar y sancionar a los responsables.

De conformidad con información de público conocimiento, el 11 de enero de 2019 se registró un incendio en la clínica privada de rehabilitación para personas consumidoras de alcohol y drogas “Por Una Nueva Vida”, en Guayaquil. Dicho incendio fue presuntamente provocado por internos que organizaron un tumulto con la quema de colchones. Según información de la Gobernación de la Provincia del Guayas, se reportaron varias personas heridas “con quemaduras de alto grado de complejidad” que fueron trasladadas a diferentes centros para su atención. Asimismo, los otros internos después de las respectivas valoraciones médicas, habrían sido enviados a “casas de acogida”.

La Gobernación de Guayas informó que se están llevando a cabo las investigaciones del caso, y que diversas autoridades –entre ellas, la Policía Nacional– hicieron un levantamiento de información y fijación de indicios en el lugar de los hechos. En este sentido, la Comisión hace un llamado al Estado ecuatoriano a que dichas investigaciones se realicen con la debida diligencia requerida. Las investigaciones además de estar orientadas a determinar la responsabilidad de los autores de los hechos, deben enfocarse también a aquellas autoridades que pudieran ser responsables por acción u omisión. El Gobierno ecuatoriano informó a la CIDH que a través del Ministerio del Interior se encuentra realizando las investigaciones del caso, “las cuales están orientadas a determinar la responsabilidad de los autores de los hechos y las autoridades que pudieran ser responsables por acción u omisión, a fin de superar falencias estructurales”.

Por otra parte, de acuerdo con información oficial, la clínica privada de rehabilitación operaba de manera irregular debido a que su permiso de funcionamiento no había sido renovado. En particular, la Comisión observa que estos lamentables hechos se registran en un contexto en que un alto número de este tipo de clínicas opera de manera clandestina en Ecuador, al no contar con los permisos de funcionamiento respectivos. Al respecto, el Estado ecuatoriano informó que la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS) aplica el “Reglamento para el Control y Funcionamiento de los Establecimientos que prestan Servicios de Tratamiento con Consumo Problemático de Alcohol y Drogas”, y el “Reglamento para la Aplicación del Proceso de Licenciamiento en los Establecimiento del Sistema Nacional de Salud”. Asimismo, informó que por medio de ACESS, el Estado ecuatoriano realiza acciones de supervisión y control de los centros de salud tanto públicos como privados.

Considerando las vulneraciones a los derechos humanos que suelen presentarse en centros de tratamiento sin una debida fiscalización, y que las personas bajo tratamiento de salud se encuentran en una situación particular de vulnerabilidad, la CIDH reitera que los Estados tienen la obligación de regular y fiscalizar toda la asistencia de salud prestada a aquellas personas bajo su jurisdicción. Estas obligaciones forman parte de su deber especial de protección a su vida e integridad, independientemente de si la entidad que presta tales servicios es de carácter público o privado.

“Los Estados deben fiscalizar y regular toda la asistencia de salud, tanto privada como pública, que se preste a las personas bajo su jurisdicción especialmente cuando se encuentran institucionalizadas”, señaló el Comisionado Joel Hernández, Relator de la CIDH sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad. “En este contexto, y respecto de los tratamientos a personas con uso problemático de drogas, es esencial que los Estados privilegien e inviertan en atención de tipo ambulatoria que evite su institucionalización”, añadió.

“Expreso mi profunda preocupación por la salud de las personas consumidoras de drogas y resalto la necesidad urgente de adoptar medidas de atención integral a este grupo de la población”, dijo la Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, Relatora de la CIDH para Ecuador. La CIDH recibió información del Estado de Ecuador que indica que el Ministerio de Salud Pública ha iniciado el proceso de implementación de un Complejo de Atención Integral de Salud Mental y Comunitario en la ciudad de Guayaquil, donde se prestará atención a personas con consumo problemático de alcohol y otras drogas.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 013/19