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Comunicado de Prensa

CIDH condena la masacre de más de 60 personas en cárcel de Brasil

5 de agosto de 2019

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la masacre ocurrida en una cárcel ubicada en el estado de Pará, Brasil, mismos que resultaron en la pérdida de la vida de al menos 62 personas; cuatro de ellas, ocurridas durante los traslados a otros recintos carcelarios. La Comisión Interamericana urge al Estado a investigar las circunstancias en que ocurrieron estos hechos, a identificar y a sancionar a los responsables. El Estado brasileño debe adoptar las medidas necesarias para que este tipo de hechos no vuelva a ocurrir.

De conformidad con información de público conocimiento, durante la mañana del 29 de julio de 2019, tuvieron lugar hechos de violencia entre internos del Centro de Recuperação Regional de Altamira, localizado en Altamira, estado de Pará, Brasil. Dichos hechos fueron el resultado de la rivalidad entre dos pandillas que se disputan el territorio dentro de la unidad penal. En particular, autoridades penitenciarias de Pará informan que integrantes del Comando Classe A habrían encendido fuego en una celda donde se ubicaban miembros del Comando Vermelho, y posteriormente habrían bloqueado las vías de salida. Como consecuencia de lo anterior, al menos 58 personas privadas de libertad perdieron la vida; de ellas, 16 fueron decapitadas, y el resto murió a causa de asfixia por el humo del incendio. El gobierno de Pará informó que representantes de agencias de seguridad pública del estado se dirigieron a Altamira con el objeto de seguir de cerca las investigaciones respectivas que se iniciaron al respecto.  

Asimismo, el mismo día en que ocurrieron los hechos, el titular del Sistema Penitenciario de Pará informó que a fin de mejorar la gestión y seguridad de los centros penitenciarios, 46 internos involucrados en la masacre serían transferidos a otras prisiones. De acuerdo con información de prensa local, el 31 de julio fueron encontrados con signos de asfixia, los cuerpos de cuatro internos que habrían perdido la vida durante los operativos de transferencia, realizados durante la madrugada del día anterior.

La Comisión Interamericana advierte con profunda preocupación que las muertes en el estado de Pará ocurren en un contexto de reiterados actos de violencia en los recintos penitenciarios de Brasil, mismos que se caracterizan por altos niveles de hacinamiento y deplorables condiciones de detención. Mediante sus diversos mecanismos, tanto la Comisión como la Corte Interamericana, han realizado reiteradas recomendaciones y llamados a que el Estado de Brasil garantice la vida e integridad de las personas bajo su custodia. Al respecto, la Comisión ha otorgado medidas cautelares y procesado peticiones y casos sobre la materia. Además, ha realizado audiencias públicas, conducido visitas a centros de detención, y emitido comunicados de prensa.

En este contexto, la CIDH reitera el deber jurídico ineludible que tiene el Estado de Brasil como garante de los derechos de las personas privadas de libertad, de realizar acciones concretas para garantizar su vida e integridad personal. Como parte de esta obligación, el Estado debe adoptar aquellas medidas orientadas a prevenir y controlar los posibles brotes de violencia extrema en los centros de detención, tales como desarmar a las personas detenidas, imponer controles efectivos para impedir la entrada de armas y otros objetos ilícitos, investigar y sancionar los actos de violencia en instalaciones penitenciarias, y prevenir el accionar de organizaciones delictivas con presencia en las cárceles.

“En lo que va del año en curso, la CIDH se ha pronunciado sobre la muerte de más de un centenar de personas; primero, respecto del Complejo Penitenciario Anísio Jobim (Compaj), en Manaus, y en esta ocasión, sobre lo ocurrido en el estado de Pará”, señaló el Relator de la CIDH sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad y para la Prevención y Combate contra la Tortura, Comisionado Joel Hernández. “Esta alarmante situación deja en claro una grave falla en la protección a los derechos de las personas privadas de libertad que se traduce en la ineficacia de las medidas adoptadas para disminuir los altos niveles de violencia; todo ello, en contraposición del deber jurídico especial que tiene el Estado respecto de las personas bajo su custodia”, añadió.

Por su parte, la Relatora de la CIDH para Brasil, Comisionada Antonia Urrejola, indicó: “Reiteramos al Estado de Brasil la urgencia de la adopción inmediata de medidas necesarias para proteger la vida e integridad de las personas privadas de libertad a fin de que no se vuelvan a repetir hechos como estos. La CIDH expresa su disposición para asistir al Estado brasileño en esta materia”.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 190/19