Guía de Estrategias y Mecanismos para la Gestión Pública Efectiva (GEMGPE) - Chile




Registro Civil

En Chile, el registro civil tiene sus antecedentes en el Decreto con Fuerza de Ley 2.128 "Aprueba Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil", publicado el 28 de agosto de 1930, que aprobó el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil.

En 1943, el Servicio de Registro Civil absorbe las tareas del servicio de identificación, hasta ese momento bajo la responsabilidad de la Policía de Investigaciones, llamándose en lo sucesivo Oficinas de Registro Civil e Identificación.

A partir de 1990, se introduce el uso de equipos computacionales y se contempla un rediseño de procesos, la aceleración de trámites y, como consecuencia de ello, la disminución de los tiempos de tramitación, en una clara orientación hacia la satisfacción de los usuarios.

En 1996, se expide la Ley 19.477 "Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación", publicada el 19 de octubre de 1996 que establece las funciones que deben cumplir los oficiales civiles, los requisitos para crear o suprimir circunscripciones, la forma en que deben practicarse las inscripciones y los distintos registros, entre otros aspectos. Asimismo, se establece al Servicio de Registro Civil e identificación como la entidad nacional responsable del registro civil en el país.

Institucionalidad

La institución a cargo del registro civil en Chile, es el Servicio de Registro Civil e identificación que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 19.477 "Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación", publicada el 19 de octubre de 1996.

El Servicio de Registro Civil e identificación se encuentra bajo la supervisión del Presidente de la Republica a través del Ministerio de Justicia. Asimismo, tiene por objeto principal registrar los actos y hechos vitales que determinan el estado civil de las personas y la identificación de las mismas. Le corresponde, también, llevar los registros y efectuar las actuaciones que la Ley le encomienda (Art. 3 de la Ley 19477 "Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación", publicada el 19 de octubre de 1996).

El Artículo 4, numeral 1 de la Ley 19.477 "Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación", publicada el 19 de octubre de 1996 dispone las funciones del Servicio de Registro Civil e identificación:

a) Formar y mantener actualizados, por los medios y en la forma que el reglamento determine, los siguientes Registros:

De Nacimiento, Matrimonio y Defunción,

General de Condenas,

De Pasaportes,

De Conductores de Vehículos Motorizados,

De Vehículos Motorizados,

De Profesionales,

De Discapacidad,

De Violencia Intrafamiliar,

De Consumo y Tráfico de Estupefacientes, y

Los demás que le encomiende la ley.

b) Inscribir en el registro correspondiente los nacimientos, matrimonios y defunciones; y dejar constancia en dichas inscripciones de los hechos y actos jurídicos que las modifiquen, complementen o cancelen;

c) La celebración del matrimonio, a través del Oficial Civil, en conformidad a la ley;

d) Establecer y registrar la identidad civil de las personas y otorgar los documentos oficiales que acreditan la identidad;

e) Llevar la filiación penal de las personas, la apertura, actualización y custodia de los prontuarios penales e informar de ellos a los afectados y a las autoridades que la ley establece;

f) Dejar constancia, en los registros e inscripciones que lleve o practique conforme a la ley, de los hechos y actos jurídicos que los modifiquen, complementen o cancelen;

g) Otorgar certificados que den fe de los hechos y actos jurídicos que consten en los registros que mantiene el Servicio;

h) Resguardar la integridad, permanencia e inviolabilidad de los registros que la ley le encomiende llevar, manteniendo, por los medios adecuados, la información contenida en los documentos que les han dado origen o han servido de fundamento a las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que en virtud de la ley deba practicar;

i) Informar a los organismos que la ley señala, los datos estadísticos relacionados con la información que lleva este Servicio con sujeción a la ley y que no sean de competencia propia de otros servicios; y

j) Ejercer las demás funciones que la ley le encomiende.

Entre las principales estrategias y mecanismos utilizados por el Servicio de Registro Civil e identificación se tienen:

1. Ampliación de oficinas y sedes de atención ciudadana: Se cuenta con 464 oficinas a nivel nacional, además de oficinas móviles, tanto terrestres como marítimas, y oficinas en centros comerciales con horarios de atención más amplios.

2. Nuevo Sistema de Identificación: Un gran cambio en el sistema de identificación se produjo el año 2002: Hoy Chile cuenta con Pasaportes y Cédulas de Identidad, más seguros y durables, diseñados de acuerdo a estándares internacionales de calidad y seguridad.

3. Programa de Mejora de la Gestión – Gestión Territorial: La aplicación de este programa gubernamental a las "Cédulas de Identidad en Atenciones en Terreno" ha permitido mejorar la atención, para todas aquellas personas que no puedan concurrir a las Oficinas del Registro Civil por razones tales como: vivir en lugares muy apartados, ser adulto mayor, ser una persona con discapacidad o pertenecer a alguno de los grupos que cada región define como prioritario, tales como pueblos originarios y trabajadores agrícolas.

A fines del año 2005 se invirtió en la adquisición de 34 nuevos equipos móviles, contando a la fecha con 49 equipos, que han permitido aumentar la cobertura.

Este programa además busca las coordinaciones con otras instituciones, que permita un mejor aprovechamiento de los recursos estatales, satisfaciendo las necesidades de los Usuarios con mayor oportunidad, facilidad y calidad.

En este contexto se adquirieron 13 camionetas, las cuales han sido habilitadas para operar como Oficinas Móviles y distribuidas a cada una de las regiones. Estas camionetas tienen una antena satelital y cuentan con un router inalámbrico, lo que permitirá conectar sus equipos a la red del Servicio y otorgar por ejemplo certificados de nacimiento en terreno.

4. Oficina Internet: Desde www.registrocivil.cl se da atención las 24 horas al día, entregando certificados de impresión inmediata, bloqueo gratuito de cédulas de Identidad, pasaportes y licencias de conducir, servicios de información y atención de consultas, reclamos y sugerencias.

5. Chilenos en el Exterior: Se han habilitado sistemas que permiten que en los 70 consulados de Chile en el exterior se puedan obtener en minutos certificados de Nacimiento, Matrimonio, Defunción y Antecedentes.

Última actualización: 26 de Julio, 2011