El 13 de marzo de 2014,
durante su 84º período ordinario de sesiones, el
Comité Jurídico Interamericano adoptó el informe
titulado “Recomendaciones a los Estados
Americanos para la integración fronteriza o
vecinal”, documento
CJI/doc.433/13 rev.1,
por medio de la resolución
CJI/RES. 206 (LXXXIV-O/14).
Este informe que resulta de
un mandato adoptado por los miembros del Comité
presenta cincuenta y dos recomendaciones que
procuran apoyar un proceso de integración en las
fronteras, puertos y aeropuertos cuyo cometido
sería una “Zona de Integración Fronteriza”.
Dicha Zona dependería de un mecanismo de
coordinación compuesto de funcionarios de
instituciones de cada país interesado,
denominado Comisión de Vecindad.
En la Zona de Integración
Fronteriza, los nacionales de las partes podrían
transitar libremente, acceder a servicios
públicos (incluyendo pensiones y servicios de
salud), obtener reconocimiento de sentencias,
purgar penas en el país de origen, y disponer de
una moneda común, entre otros.
Asimismo, las autoridades
Estatales podrían coordinar acciones de
cooperación en materia de comunicaciones,
transporte, educación – por medio de la creación
de instituciones de enseñanza- , y justicia para
confrontar de manera permanente el crimen
organizado, terrorismo, tráfico de personas, de
bienes culturales, de productos de prohibido
comercio y lavado de activos.
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