Los préstamos garantizados son un pilar importante para el crecimiento económico y el desarrollo; abre el acceso al crédito, especialmente para grandes sectores de la población que no poseen tierras para usar como garantía y, en consecuencia, no pueden obtener crédito en absoluto o solo a tasas de interés muy altas. Por lo tanto, es esencial la modernización de las leyes que permiten garantías mobiliarias, como lo ha reconocido la Asamblea General de la OEA (Derecho Internacional, AG/RES. 2909). En cumplimiento del mandato en curso para que el Departamento de Derecho Internacional (DDI) promueva la
Ley Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias, las siguientes actividades recientes se señalan a aquellos que desean mantenerse al tanto de los desarrollos relevantes en el campo como relevante para las Américas.
El DDI fue invitado a participar en la Tercera Conferencia sobre Coordinación Internacional de Garantías Mobiliarias, Reformas Legales: “Avanzando reformas a nivel mundial y en América Latina a través de coordinación mejorada" celebrada del 12 al 13 de febrero del 2020 en Colombia y en el Taller posterior “Armonización de la Ley de Garantías Mobiliarias y la Implementación de Reformas en América Latina”, celebrado el 14 de febrero. Los expositores destacados incluyeron al Secretario de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), el Secretario General del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT), funcionarios de alto nivel del Banco Mundial, además de numerosos funcionarios gubernamentales, abogados y académicos. La conferencia fue coorganizada por el Instituto Internacional de Insolvencia, el Centro Nacional de Derecho Kozolchyk, la Universidad de los Andes, la Universidad Externado de Colombia y con el patrocinio del Banco Mundial y otros. Esta fue la tercera conferencia que consideró una mejor coordinación entre las entidades involucradas en reformas sobre garantías mobiliarias y fue un seguimiento de las discusiones celebradas en la primera conferencia celebrada en
Filadelfia en 2017; y la segunda celebrada en
Madrid en 2018. El Taller posterior, que fue organizado conjuntamente por CNUDMI, UNIDROIT y Confecámaras, contó con un discurso de apertura del Ministro de Justicia y Derecho de Colombia. Se centró en la implementación nacional en la región; los panelistas discutieron las reformas y estadísticas de Colombia que evidencian impactos positivos en el acceso al crédito, así como las recientes iniciativas de reforma de otros Estados, como Perú1 , entre otros2.
En noviembre de 2019, se adoptó un nuevo instrumento denominado “Protocolo MAC” en la conferencia diplomática de UNIDROIT con la participación de representantes de más de 40 Estados y diversas entidades internacionales. El Protocolo (es decir,
la Convenio relativo a Garantías Internacionales sobre Elementos de Equipo Móvil en asuntos específicos de Equipos de Minería, Agricultura y Construcción) brindará a las empresas en los sectores de minería, agricultura y construcción la capacidad de adquirir equipos que de otro modo no habrían podido comprar o arrendar y así optimizar la productividad y la rentabilidad. Se espera que sea de particular interés para aquellos Estados con crecientes actividades comerciales en estos tres sectores. El Protocolo es una extensión del “Convenio de Ciudad del Cabo” de 2001 (es decir,
el Convenio relativo a Garantías Internacionales sobre Equipo Móvil, con 80 Estados Parte), que ya se ha sido extendido a otros tipos de equipos móviles grandes (Equipo Aeronáutico 2001, Material Rodante Ferroviario en 2007 y Bienes de Equipo Espacial en 2012). Varios Estados Miembros de la OEA son partes del Convenio y del Protocolo Aeronáutico; Paraguay fue el primer Estado Miembro de la OEA en firmar el nuevo Protocolo MA.
En octubre de 2019, Estados Unidos ratificó la
Convención de las Naciones Unidas sobre la cesión de créditos en el comercio internacional (Nueva York, 2001). Esto representa la segunda ratificación, con tres adicionales requeridos para que la Convención entre en vigor. Aunque la Convención sobre la cesión de créditos es anterior a las Leyes Modelo sobre Garantías Mobiliarias tanto de la CNUDMI (2016) como la de la OEA (2002), todos estos instrumentos permiten garantizar financiamiento de créditos y deben considerarse en conjunto para facilitar un mejor acceso al crédito a un costo menor. La Convención minimiza los impedimentos legales al validar las asignaciones de futuros créditos3 y asignaciones masivas, mejorar la seguridad en asuntos técnicos cruciales y aclarar la ley aplicable a cuestiones clave, como la prioridad. La Convención se aplica a las asignaciones internacionales y las asignaciones de cesión de créditos internacionales que complementan las normas nacionales.
En los últimos
años, el DDI ha
estado
colaborando con
la Universidad
de Cádiz en la
compilación de
una monografía
sobre la
Ley Modelo
Interamericana
sobre Garantías
Mobiliarias,
que incluye
artículos
anotados e
informes sobre
el estado de las
reformas en
varios Estados
de la región. La
monografía se
encuentra en las
etapas finales y
se espera que se
publique en
breve.
Lo que ilustran
estas diversas
actividades es
la
interconectividad
entre una serie
de iniciativas
para mejorar las
garantías
mobiliarias y la
necesidad de que
el DDI “continúe
promoviendo una
mayor difusión
del derecho
internacional
privado entre
los Estados
Miembros, en
colaboración con
los organismos y
asociaciones que
trabajan en este
ámbito” (Derecho
Internacional
AG/RES.2930).
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1 El Decreto Legislativo (DL) No. 1400 del 10 de septiembre de 2018 establece un nuevo Régimen de Garantías Mobiliarias en el Perú; mientras que el Decreto Supremo No. 243-2019/EF del 3 de agosto de 2019 conlleva las regulaciones pertinentes. Sin embargo el DL No. 1400 solo entrará en vigor una vez que las bases de datos SIGM (Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias) hayan sido puestas en funcionamiento por SUNARP (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos), que se espera que ocurra dentro del año.
2 La República Dominicana es el Estado Miembro de la OEA que ha aprobado más recientemente reformas legislativas sobre la materia. La Ley de Garantías Mobiliarias fue aprobada en su segunda lectura en el
Senado el 10 de febrero de 2020.
3 Un "crédito", es decir, una deuda que otra parte le debe al tenedor, tiene valor y, por lo tanto, puede servir como un activo para ser utilizado como "garantía" (colateral) en el financiamiento de la deuda.
Para mayor información sobre este tema, comunicarse con el Departamento de Derecho Internacional de la Secretaría de Asuntos Jurídicos de la OEA al teléfono + 1 202 370 0743.
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página Web
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