Archivo de Suspensión de Garantías en materia de Tratados

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Suspensión de Garantías recientes en materia de Tratados Multilaterales (2016)

Archivo 2016

El 11 de noviembre de 2016, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la siguiente nota verbal relativa a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la mencionada Convención, nota No.4-2-248-2016.

El 2 de noviembre de 2016, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA la siguiente nota verbal relativa a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la mencionada Convención, nota No.7-5M/216.

El 4 de septiembre de 2016, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA las siguientes dos notas verbales relativas a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la mencionada Convención, notas No.7-5-M/176, y No.7-5-M/178.

El 19 de julio de 2016, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA las siguientes tres notas verbales relativas a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la mencionada Convención, notas No.7-5-M/132, No.7-5-M/134, y No.7-5-M/136.

El 24 de junio 2016, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la siguiente nota verbal relativa a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la mencionada Convención, nota No.4-2-149-2016.

El 22 de junio de 2016, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA las siguientes tres notas verbales relativas a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la mencionada Convención, notas No.7-5-M/103, No.7-5-M/105, y No.7-5-M/107.

El 19 de abril de 2016, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Ecuador ante la OEA la siguiente nota verbal relativa a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la mencionada Convención, nota No.4-2-84-2016.

El 22 de marzo de 2016, la Secretaría General recibió por parte de la Misión Permanente de Perú ante la OEA las siguientes dos notas verbales relativas a la suspensión de garantías, en cumplimiento del artículo 27, inciso 3 de la mencionada Convención, notas No.7-5M/033 y No.7-5M/035.