Resoluciones Asamblea General


OEA/Ser.P
AG/RES. 1723 (XXX-O/00)
5 junio 2000
Original: español

RESOLUCIÓN

FORTALECIMIENTO DE LA PROBIDAD EN EL HEMISFERIO Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA INTERAMERICANO DE COOPERACIÓN PARA COMBATIR LA CORRUPCIÓN

(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2000)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe del Consejo Permanente sobre el fortalecimiento de la probidad en el Hemisferio y el seguimiento del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción (CP/doc.3333/00);

SUBRAYANDO que la Carta de la Organización de los Estados Americanos señala en su preámbulo que "la democracia representativa es condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región" y que "la organización jurídica es una condición necesaria para la seguridad y la paz fundadas en el orden moral y en la justicia";

TENIENDO PRESENTE que los propósitos de la Convención Interamericana contra la Corrupción son promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Partes, de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción, así como promover, facilitar y regular la cooperación entre los Estados Partes a fin de asegurar la eficacia de las medidas y acciones para combatir los actos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas y aquéllos específicamente vinculados con tal ejercicio;

RECORDANDO que, mediante la resolución AG/RES. 1649 (XXIX-O/99), "Fortalecimiento de la probidad en el Hemisferio y seguimiento del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción", se encomendó al Consejo Permanente promover el intercambio de experiencias y de información entre instituciones públicas y organismos internacionales y que, al hacer el seguimiento del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción aprobado por la Asamblea General mediante la resolución AG/RES. 1477 (XXVII-O/97), "considere medidas específicas para alentar la ratificación e implementación de la Convención, fortalecer la cooperación y prestar asistencia técnica a los Estados Miembros que lo soliciten, e intercambiar información y experiencias con relación a la implementación de la Convención, tomando en cuenta las conclusiones y recomendaciones del Simposio sobre Fortalecimiento de la Probidad en el Hemisferio";

CONSIDERANDO que la Convención Interamericana contra la Corrupción ha sido suscrita por 26 países y ratificada por (18) Estados Miembros;

RECONOCIENDO CON BENEPLÁCITO las labores del Grupo de Trabajo sobre Probidad y Ética Cívica, en particular la Sesión Especial sobre Fortalecimiento de la Probidad y la Lucha Anticorrupción en las Américas, celebrada el 31 de marzo de 2000, con la participación de representantes de organismos internacionales y regionales, el sector privado y la sociedad civil;

TENIENDO EN CUENTA la importante labor que vienen desarrollando en el ámbito de la prevención y la lucha contra la corrupción el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, los órganos de las Naciones Unidas, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), el Consejo de Europa, entre otros, así como las agencias bilaterales de cooperación y otras entidades del sector privado y la sociedad civil;

RECONOCIENDO que a nivel mundial se acrecienta el interés en el concepto de la "Responsabilidad Social Corporativa", y que aspectos relacionados con dicho tema incluyendo entre otros, el papel de las empresas en la prevención y lucha contra la corrupción, están siendo tratados en diversos foros en el ámbito multilateral, como las Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo y la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, en el marco de sus respectivos mandatos;

TENIENDO EN CUENTA que en el Plan de Acción de la Segunda Cumbre de las Américas se manifestó el apoyo decidido al Programa Interamericano de Cooperación para combatir la Corrupción y su aplicación, así como al desarrollo en el marco de la OEA de un seguimiento apropiado de los progresos alcanzados bajo la Convención Interamericana contra la Corrupción; y

TENIENDO EN CUENTA ASIMISMO, que la Tercera Reunión de Ministros de Finanzas del Hemisferio Occidental "hacen un llamado a todos los Gobiernos Miembros para ratificar e implementar la Convención Anticorrupción de la OEA y apoyar el establecimiento de un mecanismo mutuo y multilateral de revisión del progreso alcanzado en la prevención y castigo efectivos de la corrupción",

RESUELVE:

  1. Exhortar a los Estados Miembros de la OEA que aún no lo hayan hecho a que suscriban o ratifiquen la Convención Interamericana contra la Corrupción.
  2. Instar a los Estados Parte a que adopten las medidas que estimen pertinentes a fin de adecuar su legislación interna a los compromisos asumidos al ratificar la Convención.
  3. Invitar a los Estados que no son miembros de la Organización, en particular a los Estados Observadores Permanentes ante la OEA, a que adhieran a la Convención Interamericana contra la Corrupción, de acuerdo con lo establecido en el artículo XXIII de la misma.
  4. Solicitar a los países que no lo han hecho, que den respuesta al "Cuestionario sobre la ratificación e implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción" (CP/GT/PEC-68/00 rev. 3), con el fin de que el Consejo Permanente continúe examinando las respuestas que transmitan los Estados Miembros con miras a perfeccionar la implementación de la Convención, fortalecer la cooperación y prestar asistencia técnica a aquellos que lo soliciten.
  5. Encomendar al Consejo Permanente que continúe promoviendo el intercambio de experiencias e información entre la OEA y los organismos internacionales, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil, entre otras entidades pertinentes, a fin de coordinar, fortalecer e identificar actividades de cooperación en la materia entre los Estados Miembros.
  6. Solicitar al Consejo Permanente que considere el establecimiento de un fondo específico voluntario para financiar las actividades destinadas a brindar el apoyo institucional que los Estados Parte requieran para la implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción.
  7. Encomendar al Consejo Permanente que, al dar seguimiento al Programa Interamericano contra la Corrupción estudie el tema de la responsabilidad social corporativa con vistas a precisar su alcance y contenido en el contexto interamericano, conocer y difundir las experiencias nacionales e internacionales desarrolladas para abordar el tema, y fomentar el intercambio de información y experiencias entre los Estados Miembros con instituciones financieras internacionales, otras organizaciones internacionales, el sector privado y organizaciones de la sociedad civil.
  8. Encomendar al Consejo Permanente que al dar seguimiento al Programa Interamericano contra la Corrupción aborde, entre otros, los siguientes temas: Capacitación, experiencias de las instituciones nacionales, compras públicas, incompatibilidades entre función pública y sector privado, análisis de las legislaciones penales en materia de corrupción y delitos vinculados.
  9. Solicitar al Consejo Permanente que analice los mecanismos de seguimiento existentes, a nivel regional e internacional, con miras a formular una recomendación, antes de fin de año, sobre el modelo más apropiado que podría ser utilizado por los Estados Parte, si lo consideraran pertinente, para el seguimiento de la implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción. Dicha recomendación será transmitida a los Estados Parte de la Convención, los cuales determinarán el curso de acción que consideren más apropiado.
  10. Invitar al Comité Jurídico Interamericano a que continúe apoyando al Consejo Permanente en el cumplimiento de los mandatos encomendados en la presente resolución.
  11. Solicitar a la Secretaría General que, través de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, continúe desarrollando las labores de cooperación técnica destinadas a brindar asistencia para la firma, ratificación o adhesión de la Convención Interamericana contra la Corrupción; fortalecer el intercambio de información y de experiencias, entre otros, de la Red Interamericana contra la Corrupción, así como a apoyar el desarrollo del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, las conclusiones y recomendaciones del Simposio sobre Fortalecimiento de la Probidad en el Hemisferio, adoptada en Santiago de Chile, en noviembre de 1998, y las medidas previstas en la presente resolución, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.
  12. Instruir al Consejo Permanente que presente un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la Asamblea General en su trigésimo primer período ordinario de sesiones.