Resoluciones Asamblea General

 

AG/RES. 1851 (XXXII-O/02)

DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria celebrada el 4 de junio de 2002) 

LA ASAMBLEA GENERAL, 

RECORDANDO sus resoluciones AG/RES. 1022 (XIX-O/89), AG/RES. 1479 (XXVII-O/97), AG/RES. 1549 (XXIX-O/99), AG/RES. 1708 (XXX-O/00) y AG/RES. 1780 (XXXI-O/01); 

TENIENDO EN CUENTA que los Jefes de Estado y de Gobierno del Hemisferio en la Declaración de Québec apoyaron los esfuerzos encaminados a la pronta y exitosa conclusión de las negociaciones del Proyecto de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (en adelante el Proyecto de Declaración) y que en el Plan de Acción de Québec acordaron agilizar las negociaciones en la OEA relativas al Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, con vistas a su conclusión y adopción a la brevedad posible; 

CONSIDERANDO los compromisos, en el mismo sentido, asumidos por los Presidentes de la Comunidad Andina de Naciones en la Declaración de Machu Picchu sobre la Democracia, los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Lucha contra la Pobreza; 

REITERANDO la importancia y prioridad del tema indígena y, en especial, las deliberaciones que sobre el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas vienen desarrollándose en el seno de la Organización;

RECONOCIENDO los avances alcanzados en el sistema interamericano sobre el tema indígena, incluyendo los realizados por diversos Estados a través de la incorporación en sus ordenamientos constitucionales y legislativos, del carácter multiétnico, multicultural y multilingüe de sus respectivas sociedades; 

CONVENCIDA que es necesario continuar apoyando los esfuerzos encaminados a la pronta y exitosa conclusión de las negociaciones del citado Proyecto de Declaración;

RECONOCIENDO que durante este proceso es importante la participación de los representantes de los pueblos indígenas, así como sus valiosas contribuciones sobre los temas contenidos en el Proyecto de Declaración; 

TOMANDO NOTA de la designación ad-honorem de un Asesor Especial del Secretario General para apoyar las labores del Grupo de Trabajo Encargado de Elaborar el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; y 

VISTO el Informe del Presidente del Grupo de Trabajo Encargado de Elaborar el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, 

RESUELVE: 

1.                   Reafirmar como una prioridad de la Organización de los Estados Americanos la adopción de la  Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, subrayando la importancia de la participación de los pueblos indígenas en el proceso de elaboración del Proyecto de Declaración.

2.                   Encomiar el progreso alcanzado durante la Sesión Especial del Grupo de Trabajo Encargado de Elaborar el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, celebrada en la sede de la OEA del 11 al 15 de marzo de 2002, al haberse fortalecido el proceso de diálogo abierto y transparente entre los Estados Miembros de la Organización y los representantes de los pueblos indígenas. 

3.                   Renovar el mandato del Grupo de Trabajo para continuar la consideración del Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los  Pueblos Indígenas. 

4.                   Reconocer la importancia del establecimiento, por el Consejo Permanente, del Fondo Específico para Apoyar la Elaboración de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que cuenta con amplia representación indígena y que tiene como principal objetivo facilitar la participación de los representantes de los pueblos indígenas en el proceso de elaboración del Proyecto de Declaración. 

5.                   Instruir al Consejo Permanente para: 

a.                   Adoptar medidas que fortalezcan el proceso de diálogo permanente con los representantes de los pueblos indígenas para lograr una pronta y exitosa conclusión de las negociaciones del Proyecto de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. 

b.                   Convocar, por lo menos, una sesión especial del Grupo de Trabajo a celebrarse no más allá del 31 de marzo de 2003, con el fin de continuar la consideración del Proyecto de Declaración con participación de los representantes de los  pueblos indígenas. 

c.                   Promover otras sesiones del Grupo de Trabajo sobre temas específicos del Proyecto de Declaración  con la participación de expertos y representantes de los pueblos indígenas, que permitan un mayor entendimiento sobre aspectos centrales del Proyecto de Declaración. 

d.                   Fomentar el intercambio de información entre los Estados Miembros sobre los procesos de consultas nacionales con pueblos indígenas. 

e.                   Promover la integración y la coordinación de las actividades relacionadas a la temática indígena dentro de la Organización. 

6.                   Alentar a los Gobiernos que consideren:  

a.                   Establecer mecanismos de consultas nacionales con los representantes de los pueblos indígenas para facilitar el proceso de elaboración del Proyecto de Declaración. 

b.                   Desarrollar y fortalecer su relación con los pueblos indígenas en el proceso de toma de decisiones sobre temas que les competen. 

c.                   Contribuir al Fondo Específico para Apoyar la Elaboración de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. 

7.                   Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que fortalezca el papel de la Relatoría Especial sobre Pueblos Indígenas en el proceso de elaboración del Proyecto de Declaración, de acuerdo con los recursos disponibles en el programa-presupuesto y otros recursos; y reconocer el apoyo que viene prestando la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al Grupo de Trabajo en este proceso.  

8.                   Solicitar al Comité Jurídico Interamericano y al Instituto Indigenista Interamericano y otros organismos y entidades internacionales, que brinden el apoyo y asesoría necesarios para la labor del Grupo de Trabajo.  

9.                   Instruir al Secretario General que refuerce la coordinación, difusión y promoción entre los distintos órganos y dependencias pertinentes de la Organización  en las actividades relacionadas con la temática indígena y que promueva el intercambio de información y coordinación con las organizaciones multilaterales, bancos de desarrollo y agencias especializadas multilaterales del Hemisferio sobre estas actividades.  

10.               Invitar a las organizaciones multilaterales, bancos de desarrollo y agencias especializadas multilaterales del Hemisferio a contribuir en la esfera de sus competencias al establecimiento de un proceso de diálogo y consulta con los pueblos indígenas y a  facilitar el intercambio de información y coordinación con otras entidades del sistema interamericano sobre actividades relacionadas con los pueblos indígenas.  

11.               Solicitar al Consejo Permanente que presente un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la Asamblea General en su trigésimo tercer período ordinario de sesiones.