Resoluciones Asamblea General

 

AG/RES. 1870 (XXXII-O/02)

SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y DE SU PROGRAMA DE COOPERACIÓN

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria celebrada el 4 de junio de 2002) 

LA ASAMBLEA GENERAL, 

RECORDANDO que la Declaración de la Ciudad de Québec, adoptada durante la Tercera Cumbre de las Américas, reconoce que la corrupción menoscaba valores democráticos básicos, representa un desafío a la estabilidad política y al crecimiento económico y, por tanto, amenaza los intereses vitales de nuestro hemisferio, a consecuencia de lo cual reitera el compromiso de los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas de reforzar la lucha contra la corrupción; 

CONSIDERANDO asimismo, que el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas dedica un acápite especial al tema del combate contra la corrupción y que en el mismo se adoptan compromisos relativos a la Convención Interamericana contra la Corrupción, al Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción y al establecimiento de un mecanismo de seguimiento de la implementación de la mencionada Convención, así como al reforzamiento de la Red Interamericana de Cooperación contra la Corrupción, el fortalecimiento de la participación de la sociedad civil de los respectivos Estados en el combate contra la corrupción y la adopción de políticas, procesos y mecanismos que permitan la protección del interés público; 

TENIENDO EN CUENTA la importancia de la Convención Interamericana contra la Corrupción y el hecho de que ella ha sido firmada por 30 Estados Miembros y ratificada por 25 de ellos, lo cual representa un incremento de cuatro Estados que la han suscrito y tres que la han ratificado en el último año;

RECONOCIENDO la importancia del papel del sector privado y su responsabilidad compartida en la prevención y lucha contra la corrupción; 

TENIENDO EN CUENTA los mandatos contenidos en la resolución AG/RES. 1785 (XXXI-O/01) “Fortalecimiento de la probidad en el Hemisferio y seguimiento del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción”; 

TENIENDO EN CUENTA también los programas y actividades de cooperación jurídica ejecutados por la Secretaría General, en desarrollo del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, tendientes a promover la ratificación e implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como la difusión y el intercambio de información a través de la Red Interamericana de Cooperación contra la Corrupción; 

RECONOCIENDO CON SATISFACCIÓN el establecimiento del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción, como una de las primeras iniciativas de la Tercera Cumbre de las Américas a la que se le ha dado cumplimiento efectivo en el marco de la OEA; y

VISTO el informe del Consejo Permanente sobre el fortalecimiento de la probidad en el Hemisferio y el seguimiento del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, 

RESUELVE:

            1.                   Exhortar a los Estados Miembros de la OEA que aún no lo hayan hecho a que den pronta consideración a la firma y ratificación, o ratificación, según sea el caso, de la Convención Interamericana contra la Corrupción y a que participen en el Mecanismo de Seguimiento de su implementación. 

2.                   Instar a los Estados Parte a que adopten las medidas que estimen pertinentes a fin de adecuar su legislación interna y cumplir los compromisos asumidos al ratificar la Convención. 

3.                   Invitar a los Estados que no son miembros de la Organización, en particular a los Estados Observadores Permanentes ante la OEA, a que adhieran a la Convención Interamericana contra la Corrupción, de acuerdo con lo establecido su artículo XXIII. 

4.                   Solicitar a los Estados Miembros que aún no lo han hecho, que den pronta respuesta al "Cuestionario sobre la ratificación e implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción" (CP/GT/PEC-68/00 rev. 3), con el fin de que el Consejo Permanente continúe examinando las respuestas que transmitan dichos Estados con miras a perfeccionar la implementación de la Convención, fortalecer la cooperación y prestar asistencia técnica a aquellos que lo soliciten. 

5.                   Encomendar al Consejo Permanente que continúe promoviendo el intercambio de experiencias e información entre la OEA, organizaciones multilaterales e instituciones financieras internacionales, a fin de coordinar, fortalecer e identificar actividades de cooperación en la materia. Propiciar también la participación en estas actividades de la sociedad civil, y en particular del sector privado, entre otras entidades pertinentes. 

6.                   Encomendar al Consejo Permanente que, al dar seguimiento al Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, continúe considerando el tema del papel y responsabilidad compartida del sector privado en la prevención y lucha contra la corrupción. 

7.                   Solicitar a la Secretaría General que continúe con el desarrollo de las actividades del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, realizando las labores de cooperación técnica destinadas a brindar asistencia para la firma, ratificación o adhesión e implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción y fortalezca el intercambio de información y de experiencias entre las autoridades gubernamentales responsables en la materia, entre otros, a través de la Red Interamericana de Cooperación contra la Corrupción. 

8.                   Reconocer la importancia del establecimiento y puesta en marcha del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción y del comienzo de los trabajos del Comité de Expertos del mismo para la realización de la primera ronda de análisis. 

9.                   Invitar a la Conferencia de los Estados Parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción, para que durante la celebración de su segunda reunión, considere los importantes avances alcanzados por el Mecanismo de Seguimiento. 

10.               Agradecer a los Estados Parte y a los organismos internacionales que han realizado contribuciones voluntarias para el funcionamiento del Mecanismo de Seguimiento e instar a todos los Estados Partes, y a los Estados que no son Parte en la Convención, a realizar contribuciones voluntarias que faciliten y aseguren el adecuado y permanente funcionamiento del citado Mecanismo, y solicitar a la Secretaría General que gestione ante los organismos internacionales contribuciones con el mismo fin. 

11.               Solicitar a la Secretaría General de la OEA que continúe cumpliendo las funciones de secretaría del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción y prestándole todo el apoyo técnico que el mismo requiera. 

12.               Instruir al Consejo Permanente que presente un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la Asamblea General en su trigésimo tercer período ordinario de sesiones.