Resoluciones Asamblea General

AG/RES. 2003 (XXXIV-O/04)

LAS AMÉRICAS COMO ZONA LIBRE DE MINAS TERRESTRES ANTIPERSONAL[1]/ 

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 8 de junio de 2004) 

LA ASAMBLEA GENERAL, 

VISTO: 

El informe anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.4265/04 add. 5 corr. 1), en particular la sección que se refiere a los asuntos asignados a la Comisión de Seguridad Hemisférica; y 

El informe de la Secretaría General sobre la ejecución de las resoluciones AG/RES. 1934 (XXXIII-O/03), “Apoyo al Programa de Acción Integral contra las Minas Antipersonal en Centroamérica”, y AG/RES. 1935 (XXXIII-O/03), “Apoyo a la acción contra las minas en Ecuador y Perú” (CP/doc.3864/04); 

RECORDANDO las resoluciones AG/RES. 1411 (XXVI-O/96), AG/RES. 1496 (XXVII-O/97), AG/RES. 1569 (XXVIII-O/98), AG/RES. 1644 (XXIX-O/99), AG/RES. 1794 (XXXI-O/01) y AG/RES. 1889 (XXXII-O/02), “El Hemisferio Occidental: Zona libre de minas terrestres antipersonal”, y AG/RES. 1936 (XXXIII-O/03) y AG/RES. 1744 (XXX-O/00), “Cooperación para la seguridad en el Hemisferio”, mediante las cuales se reafirmaron las metas de la eliminación global de las minas terrestres antipersonal y la conversión del Hemisferio Occidental en una zona libre de minas terrestres antipersonal; 

            RECORDANDO TAMBIÉN la Declaración sobre Seguridad en las Américas, adoptada en la Conferencia Especial sobre Seguridad, en la ciudad de México el 28 de octubre de 2003, la cual declara: “Reafirmamos nuestro apoyo de establecer al Hemisferio como una zona libre de minas terrestres antipersonal. Acogemos con beneplácito el enfoque cooperativo y los esfuerzos de todos los Estados, así como del Grupo de Acción contra Minas de la Organización de los Estados Americanos, de prestar apoyo al desminado humanitario, la educación acerca del riesgo de las minas, la asistencia y rehabilitación de las víctimas de minas y la recuperación socioeconómica. Resaltamos la importancia de la Convención de Ottawa y su universalización y apoyamos a los Estados Parte de esta Convención en sus esfuerzos para implementarla a fin de librar sus territorios de las minas terrestres antipersonal”; 

REITERANDO su profunda preocupación por la presencia en las Américas de miles de minas terrestres antipersonal y otros dispositivos explosivos sin detonar;  

            TENIENDO PRESENTE la grave amenaza que representan las minas y otros artefactos explosivos sin detonar para la seguridad, la salud y la vida de las poblaciones civiles locales, así como del personal que participa en los programas y operaciones humanitarios, de mantenimiento de la paz y de rehabilitación; 

RECONOCIENDO CON GRAN SATISFACCIÓN: 

La completa eliminación de los arsenales de minas antipersonal en Argentina, Chile, Suriname y Venezuela desde la celebración del último período de sesiones de la Asamblea General; y 

La situación de América Central como una región libre de arsenales de minas antipersonal; 

RECONOCIENDO CON SATISFACCIÓN: 

Los esfuerzos que vienen realizando todos los gobiernos para implementar programas integrales de acción contra las minas, incluidas las actividades dirigidas a la concientización sobre el peligro de las minas, la destrucción de existencias, el desminado, la rehabilitación física y psicológica de las víctimas y la recuperación socioeconómica de las tierras desminadas en sus países; 

El progreso alcanzado por el Gobierno de Honduras al completar la etapa final de su Plan Nacional de Acción contra Minas en 2004, así como los importantes esfuerzos de los Gobiernos de Guatemala y Nicaragua para concluir puntualmente sus programas de desminado y unirse a El Salvador y Costa Rica como Estados anteriormente afectados por las minas que han concluido sus programas de acción contra minas y, de ese modo, convertir a Centroamérica en la primera subregión libre de minas del mundo; 

            La estrecha colaboración entre los Gobiernos del Perú y Ecuador en las actividades de desminado en sus zonas fronterizas y, en particular, la conclusión del programa humanitario de desminado en la región fronteriza de Tumbes–El Oro, en marzo de 2004; 

La incorporación de Colombia al Programa de Acción Integral contra las Minas Antipersonal (AICMA) de la Unidad para la Promoción de la Democracia (UPD), el establecimiento de una oficina de coordinación de un programa AICMA en Colombia, en noviembre de 2003, y la meta del Gobierno de Colombia de completar la destrucción de sus arsenales hacia fines de 2004; 

La ratificación de Guyana de la Convención sobre la Prohibición del Empleo, el Almacenamiento, la Producción y la Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción (Convención de Ottawa), convirtiéndose así en el trigésimo segundo país soberano de la región para el cual la Convención está en vigor; 

Que el Protocolo II enmendado de la Convención de 1980 de las Naciones Unidas sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados está vigente en 14 Estados soberanos de la región;  

La importante labor de coordinación de la Secretaría General por medio del Programa AICMA con la asistencia técnica de la Junta Interamericana de Defensa; 

La valiosa contribución efectuada por los Estados Miembros y los Observadores Permanentes, así como el apoyo de la Comisión de Seguridad Hemisférica a la meta de convertir las Américas en una zona libre de minas terrestres antipersonal; y 

TOMANDO NOTA: 

            De la próxima Cumbre de Nairobi para un Mundo Libre de Minas, a celebrarse del 29 de noviembre al 3 de diciembre de 2004; y 

            De las contribuciones de los participantes de los sectores gubernamental y no gubernamental de los Estados Miembros así como de las organizaciones regionales e internacionales en el Seminario Regional de Acción contra Minas, celebrado en agosto de 2003 en Lima, Perú, así como los planes para el próximo seminario regional que se llevará a cabo en Quito, Ecuador, en agosto de 2004, 

RESUELVE: 

1.         Reafirmar las metas de la eliminación mundial de las minas terrestres antipersonal y la conversión de las Américas en una zona libre de minas terrestres antipersonal. 

2.         Instar a los Estados Miembros a continuar considerando la acción contra las minas como una prioridad nacional y regional y propiciar el impulso político y la consecución de recursos necesarios para mantener el liderazgo que las Américas han logrado mundialmente para avanzar en esta tarea humanitaria fundamental.  

3.         Instar a los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen o consideren adherir a la Convención sobre la prohibición del empleo, el almacenamiento, la producción y la transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción (Convención de Ottawa) lo antes posible a fin de asegurar su aplicación plena y eficaz. 

4.         Reiterar la recomendación hecha al Consejo Permanente para que continúe la consideración de la acción contra minas antipersonal en Ecuador y Perú, con miras a avanzar hacia el objetivo de convertir a las Américas en una zona libre de minas terrestres antipersonal. 

5.         Alentar a todos los Estados Miembros a que participen al más alto nivel en la Cumbre de Nairobi para un Mundo Libre de Minas. 

6.         Solicitar al Secretario General que represente a la Organización en dicha Cumbre de Nairobi. 

7.         Instar nuevamente a los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho a hacerse Parte, a la brevedad posible, de la Convención de las Naciones Unidas de 1980 sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados y de sus cinco protocolos, y solicitar a los Estados Miembros que informen al Secretario General cuando así lo hayan hecho. 

8.         Alentar a los Estados Miembros a formular declaraciones sobre las metas pendientes y a colaborar con el Equipo de Remoción de Minas de la OEA por medio de sus programas de desminado, destrucción de existencias, concientización sobre el peligro de las minas y asistencia a las víctimas, a fin de promover la remoción de minas en la región. 

            9.         Instar a los Estados Miembros y Observadores Permanentes a que contribuyan con el financiamiento de próximas reuniones regionales de seguimiento de la acción contra las minas antipersonal en las Américas, similares a las celebradas en Perú en 2003 y próximamente en Ecuador en agosto de 2004. 

10.        Seguir alentando a los Estados Miembros y Observadores Permanentes a que apoyen el Programa de Acción Integral contra las Minas Antipersonal (AICMA)y suministren recursos para los programas de desminado en la región con el objeto de lograr la meta de las Américas como zona libre de minas terrestres antipersonal. 

11.        Solicitar al Secretario General que considere la posibilidad de preparar nuevos programas de desminado en las Américas para asistir a los Estados Miembros afectados, si así lo solicitan, en el cumplimiento de su compromiso de convertir las Américas en una zona libre de minas terrestres antipersonal. 

            12.        Condenar decididamente, de acuerdo con los principios y normas del derecho internacional humanitario, el empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal por parte de los actores no-estatales, hechos que ponen en grave riesgo a la población de los países afectados, y reafirmar que se facilitará el avance hacia un mundo libre de minas antipersonal si los actores no-estatales observan la norma internacional establecida por la Convención de Ottawa. 

13.        Reiterar la importancia de la participación de todos los Estados Miembros en el Registro de Minas Terrestres Antipersonal de la OEA a más tardar el 15 de abril de cada año, en cumplimiento de la resolución AG/RES. 1496 (XXVII-O/97), y felicitar a los Estados Miembros que han proporcionado regularmente sus informes con este fin. 

14.        Alentar a los Estados Miembros que son Parte en la Convención de Ottawa a que proporcionen al Secretario General, como parte de sus presentaciones al Registro de Minas Terrestres Antipersonal de la OEA, de conformidad con la resolución AG/RES. 1496 (XXVII-O/97), copia de sus informes sobre medidas de transparencia presentados conforme al artículo 7 de la Convención y alentar también a los Estados Miembros que aún no son Parte en la Convención de Ottawa a que presenten información similar en sus presentaciones anuales. 

            15.        Encomendar al Consejo Permanente que informe sobre la implementación de esta resolución a la Asamblea General en su trigésimo quinto período ordinario de sesiones.

ANEXO  

DECLARACIÓN DE LA DELEGACIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS 

Estados Unidos comparte el compromiso común de todas las naciones que desean poner fin a los efectos perjudiciales generados por el uso de las minas terrestres persistentes. Estados Unidos reconoce y apoya las contribuciones positivas de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a la acción humanitaria contra las minas.

Estados Unidos anunció recientemente una nueva política contra las minas terrestres que rompe con las formulaciones del pasado y ayudará a reducir el riesgo humanitario y a salvar las vidas de la población civil y el personal militar estadounidense. Los elementos clave de esta política son: a) un compromiso firme y fijo a no utilizar minas terrestres persistentes (a saber, aquellas que no se autodestruyen o desactivan automáticamente) de ningún tipo después de 2010; b) un firme compromiso a no utilizar minas no detectables de ningún tipo para finales de este año; c) un incremento del 50% en el financiamiento del Departamento de Estado para la acción humanitaria contra las minas, a $70 millones por año, y d) el desarrollo de minas terrestres que incorporen mecanismos mejorados de autodestrucción y desactivación automática, y de control. La nueva política también incluye disposiciones que instan a los acuerdos internacionales a restringir la transferencia de todas las minas persistentes. Estados Unidos no ha suscrito la Convención de Ottawa y no tiene intención de hacerlo.

El llamado para crear una “zona libre de minas terrestres” compromete a los Estados Miembros y a la OEA a una acción innecesaria, sin tener en cuenta si esa mina genera o no cualquier efecto negativo o representa una amenaza para la población civil. Este enfoque ignora la práctica mundial emergente por parte de los profesionales de acción contra minas de planificar y administrar los programas de acción contra las minas con el objetivo de lograr una situación “libre de los efectos de las minas” o de “seguridad con respecto a las minas”. El enfoque “libre de minas” también es contrario a las tendencias de financiamiento por parte de la mayoría de los países donantes. Los recursos que se desviarían para encontrar todas las minas terrestres son necesarios para abordar problemas más prácticos e inminentes. Además, el llamado para crear una “zona libre de minas terrestres” no refleja de forma exacta los logros alcanzados por la OEA en materia de desminado o los resultados probables de las actividades de la OEA. Incluso después de que la OEA concluyera con éxito sus esfuerzos de desminado, todavía quedan algunas minas terrestres en estos Estados. La OEA es consciente de esto, en la medida que certifica que un estado es “libre de los efectos de las minas” una vez las minas terrestres que representan una amenaza humanitaria inmediata, más que un riesgo aislado, han sido eliminadas.  

También lamentamos que en el párrafo resolutivo 12 no se reconozca la importancia de las protecciones civiles establecida del Protocolo II enmendado de la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales.

Por los motivos que preceden, Estados Unidos no puede de buena fe unirse al consenso sobre una resolución de la OEA que promueva un “Hemisferio libre de minas terrestres antipersonal”. La posición de los Estados Unidos con respecto a esta resolución no atenúa de ninguna forma nuestro compromiso con la acción humanitaria contra las minas o la cooperación con todas las naciones del Hemisferio para adoptar medidas prácticas a fin de poner fin al legado pernicioso de las minas terrestres. Las diferencias políticas no deberían obstaculizar el camino hacia una colaboración positiva


[1].              La Delegación de los Estados Unidos solicitó dejar constancia de sus reservas. Su declaración se adjunta como anexo.