Boletín electrónico / Número 1 - Julio, 2004

English Version

¿Qué es la Interconexión de Redes de Telecomunicaciones?

 

La Interconexión de Redes de Telecomunicaciones es la vinculación de recursos físicos y lógicos de dos o mas operadores de telecomunicaciones para el intercambio de información a través de diferentes medios de transmisión para que los usuarios de un operador puedan comunicarse con los usuarios de otro operador.

La interconexión cobra importancia cuando el mercado de las telecomunicaciones es abierto a la competencia, puesto que los operadores entrantes y los existentes tendrán como meta acceder al mayor número posible de usuarios, por lo cual la finalidad última de la Interconexión será la satisfacción del usuario, quien al contar con mayores facilidades de comunicación elevará su calidad de vida, por lo que, la Interconexión se constituye en un instrumento que facilita la competencia en las telecomunicaciones, generando mayores posibilidades en el mercado para el usuario.

Tradicionalmente los servicios de telecomunicaciones existentes se han basado en redes independientes, por lo cual han existido tantas redes cuantos servicios se prestan en el mercado. Existe la red telefónica, la red de televisión, la red de radiodifusión, la red celular, la red de valor agregado, la red Internet, etc.

Hoy en día la tecnología de las telecomunicaciones ha avanzado de tal manera que es posible la convergencia de servicios, para lo cual se requiere de la Integración de Redes; es decir, la unión, física y lógica, de todas las redes de telecomunicaciones, para conformar una sola red, por lo cual es indispensable la Interconexión.

A pesar que el mercado ya cuenta con soluciones tecnológicas integradas, mediante las cuales un solo equipo ofrece acceso a voz, video, datos, contenidos e Internet (convergencia de redes), es necesario utilizar al máximo las tecnologías e infraestructura que poseen los operadores, por lo cual estos no pueden aún desechar la infraestructura actual para migrar a las nuevas tecnologías, dado los altos costos que ello implicaría.

Es por esto que en la actualidad y como un paso previo a la convergencia de redes, los operadores deben Integrar las redes actuales para ofrecer mejores y mayores servicios a los usuarios, con el fin de ir construyendo una red de redes.

Hasta tanto los operadores puedan disponer de tecnologías que ofrezcan servicios en convergencia de redes (todos los servicios a través de una misma tecnología), es preciso garantizar la convergencia de servicios por medio de la Interconexión, para que el usuario pueda disponer de múltiples servicios por la misma red. 

Por ello la Interconexión, como factor clave para la competencia, debe permitir la unión de las redes existentes y garantizar el ingreso al mercado de los nuevos operadores, además de lograr que el operador establecido pueda llegar a nuevos nichos de mercado. Para ello es fundamental que los operadores establezcan Acuerdos de Interconexión en donde se fijen las  condiciones comerciales, técnicas y jurídicas que regirán sus relaciones.

Los operadores en principio discuten libremente los acuerdos de Interconexión, es decir las condiciones generales, comerciales y técnicas que regirán estos acuerdos. Una vez realizado el acuerdo lo deberán reflejar en un contrato de interconexión que contenga los siguientes ítems:

Condiciones Generales. Los contratos deberán incorporar cláusulas relativas al objeto y alcance del acuerdo; un cronograma general para desarrollar el acuerdo, incluyendo sus fases principales; el suministro de información, indicando los procedimientos que serán utilizados para el intercambio de la información necesaria para el buen funcionamiento y control de las redes o servicios de telecomunicaciones y para garantizar la adecuada calidad de los mismos; la privacidad de las comunicaciones, con las medidas que adoptará cada una de las partes con el fin de garantizar la reserva en el manejo de la información de los usuarios;  la duración del contrato; los mecanismos para la solución de conflictos en desarrollo del contrato; y las causales que lleven a la suspensión o terminación anticipada del contrato.

Condiciones Comerciales. Debe contener los precios que se pagarán por la Interconexión (Cargos de acceso), así como los mecanismos de medición y evaluación de cargos para facturación de interconexión; los procedimientos de facturación a seguir para el intercambio de cuentas, aprobación de facturas, liquidación, pago y recaudo de las mismas.

Condiciones Técnicas. Debe señalarse los puntos de interconexión, las interfaces técnicas, los enlaces requeridos, los servicios ofrecidos, la Co ubicación, los diagramas de interconexión,  las pruebas de funcionamiento, el grado de calidad del servicio, los servicios auxiliares y las instalaciones esenciales.

Para llegar a estos acuerdos comerciales y encontrar soluciones justas que satisfagan los intereses de las partes y de los usuarios, los organismos internacionales rectores del sector, como la OMC, la UIT y la CITEL, han elaborado una serie de normas y recomendaciones a tener en cuenta en materia de interconexión.

Es así como la OMC, en el Acuerdo General del Comercio de Servicios suscrito en Marrakech en 1994, estableció, de manera obligatoria para los países que suscribieron dicho acuerdo los siguientes principios en materia de Interconexión de redes:

  • Debe garantizarse la independencia del organismo de regulación

  • Debe existir una garantía permanente de Interconexión, en especial por parte de los proveedores importantes

  • Deben señalarse normas técnicas y tarifas no discriminatorias

  • La interconexión debe ser con una calidad similar a la ofrecida para servicios propios

  • La interconexión debe ser ofrecida de manera oportuna

  • Los proveedores importantes (Operadores con posición de dominio) deben tener a disposición de los interesados una Oferta de Interconexión de Referencia

  • La normatividad debe garantizar la oportunidad para interponer recursos en los procesos de interconexión

Por su parte la UIT, a nivel de recomendación en el año 2001, ha establecido sobre la materia que:

  • La interconexión debe estar disponible permanentemente

  • El acceso a las redes debe ser bajo condiciones normalizadas

  • Se deben establecer mecanismos independientes y oportunos para solución de controversias

  • El acceso a los servicios y a las instalaciones no debe ser discriminatorio

  • Las tasas por el uso de la red debe ofrecerse de manera desagregada

  • Debe garantizarse el uso confidencial de la información que así se señale

  • Debe propenderse por el establecimiento de arquitecturas de red abiertas

Finalmente, la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones – CITEL, en 1999 recomendó a los países de la región adoptar los siguientes principios en materia de Interconexión:

  • Los países deben garantizar la desagregación de los elementos de red

  • Debe existir una oferta disponible para la reventa de servicios

  • Es necesario contar con mecanismos de resolución de conflictos

  • Los países debe definir si la competencia estará basada en la Infraestructura (es decir, cada operador construyendo su propia infraestructura) o en la interconexión  

De esta manera la Interconexión se convierte en la principal herramienta para facilitar el desarrollo tecnológico de las redes de telecomunicaciones, permitiendo un adecuado uso de las existentes y facilitando el uso de nuevos servicios por parte de los usuarios. Sin embargo, para que ese uso tecnológico sea posible es fundamental que los operadores busquen acuerdos que satisfagan sus intereses y, de conformidad con la reglamentación existente, regulen las condiciones bajo las cuales se llevarán a cabo los procesos de interconexión.

Francisco Castro Córdoba
Asesor Jurídico
Asociación Colombiana de Ingenieros (ACIEM)
Profesor del Curso de Interconexión

 

Información adicional: La CITEL/OEA ofrece treinta becas de matrícula para el curso a distancia Interconexión (segundo nivel) que se realizará del 30 de agosto al 8 de octubre de 2004 y cuyo objetivo es profundizar en los aspectos regulatorios y financieros de mayor incidencia en el campo de la interconexión, con el fin de facilitar  nuevas herramientas de trabajo para la toma de decisiones. Este curso será ofrecido por la Asociación Colombiana de Ingenieros (ACIEM) que es un Centro Regional de Capacitación de la CITEL y Nodo del Centro de Excelencia de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) para la Región Américas.

Por más información visite la página de becas de la CITEL.

 


© Derechos Reservados 2004. Comisión Interamericana de Telecomunicaciones
Organización de los Estados Americanos.
1889 F St., N.W., Washington, D.C. 20006 - Estados Unidos
Tel. (202)458-3004 | Fax. (202) 458-6854 | [email protected] | http://citel.oas.org

Para cancelar la subscripción ir al siguiente link [email protected]