Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) toma nota de la decisión de la Corte de Justicia del Caribe (CCJ) sobre Barbados, dictada el 1 de febrero de 2022 en el caso de Commissioner of Police v. Stephen Alleyne. La CIDH entiende que esta decisión representa un avance hacia la protección de todas las personas víctimas de violación sexual, incluyendo las personas LGBTI.
En su fallo, la CCJ determinó sobre la aplicabilidad del delito de violación sexual presente en la Ley de Delitos Sexuales independiente del género de la víctima o de la persona agresora. Dicha sentencia, al comprender que tanto hombres como mujeres pueden ser víctimas de violación sexual, amplía las capacidades del Estado de protegerlas. Lo anterior, incluye a las personas LGBTI, al permitirles que acudan a la justicia por tal motivo.
El caso se originó tras la decisión de tribunales nacionales de Barbados de absolver a un hombre por el delito de violación, bajo el argumento de que un hombre no puede ser acusado por violación cuando la víctima es otro hombre, pues el cargo aplicable sería la llamada "sodomía" (buggery), la cual persiste en la legislación nacional. Siguiendo ese entendimiento, la victima también podría ser criminalizada desconociéndose la violencia sufrida.
La CIDH es contundente al reafirmar que la simple existencia de leyes que criminalizan la relación consensual entre personas adultas del mismo sexo tiene efectos nocivos para las personas LGBTI y para toda la sociedad, incluyendo desafíos en el efectivo acceso a la justicia. Además, que sigan presentes genera un ambiente de tolerancia a la discriminación contra las personas con base en la diversidad de su orientación sexual e identidad de género, real o percibida.
De esa manera, la Comisión Interamericana urge a aquellos Estados que aún sostienen este tipo de legislación a derogarla de manera inmediata. De igual manera, alienta a que continúen tomando medidas para garantizar una vida libre de todo tipo de violencia y discriminación, incluyendo protecciones contra la violencia sexual.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 038/22
10:30 AM