Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la violencia contra pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas raizales y palenqueras, así como comunidades campesinas en Colombia, que afecta, especialmente, a sus líderes y lideresas. La CIDH hace un llamado al Estado a investigar con la debida diligencia y a tomar acciones preventivas concertadas con los grupos étnico-raciales y comunidades campesinas, junto con la implementación práctica y efectiva de los compromisos asumidos en el Acuerdo de Paz.
El 28 de marzo el Ejército Nacional de Colombia realizó un operativo en el municipio de Puerto Leguizamo, departamento de Putumayo, en el que perdieron la vida 11 personas, y resultaron heridas, al menos, 4; entre ellas una integrante del Ejército. Al respecto, el Ministerio de Defensa informó que las personas fallecidas pertenecían a grupos armados ilícitos. El Estado indicó la legitimidad de la operación ocurrida en una región con alta actividad criminal y de disputa territorial por parte de la criminalidad organizada del narcotráfico y de grupos paramilitares.
Organizaciones de la sociedad civil y de pueblos indígenas informaron a la Comisión que los cuerpos identificados hasta el momento corresponden a personas integrantes de las comunidades indígenas y campesinas de la región. Entre ellas están Pablo Panduro Cochinche, Gobernador Indígena del Cabildo Kichwa de Bajo Remanso, Ana María Sarría y Didier Hernandes, Presidente de la Junta de Acción Comunal. Las organizaciones también señalaron que existen varias personas de las comunidades que están desaparecidas hasta el momento; información que, según el Estado, estaría pendiente de verificación. Adicionalmente, la Comisión recibió información sobre una supuesta denegatoria de asistencia médica requerida por las personas afectadas.
La CIDH registra que la Procuraduría General de la Nación, empezó, de oficio, una indagación preliminar respecto del operativo en Puerto Leguizamo. Asimismo, toma nota de que el Fiscal General de la Nación dispuso que dos fiscales de la Dirección Nacional Especializada para la Investigación de Delitos contra los Derechos Humanos asumieran el caso, apoyados por un equipo de criminalística acompañado por la Unidad Especial de Investigación.
De igual modo, se siguen registrando denuncias de organizaciones sociales que afirman que, no existen otras instituciones del Estado destinadas a garantizar los derechos de las personas que habitan en los territorios donde sucedieron estos hechos.
Adicionalmente, el 15 de marzo fue asesinado Miller Correa, líder del Pueblo Nasa y defensor de derechos humanos, según información recibida, en el municipio de El Tambo, departamento de Cauca. A la vez, la Comisión destaca que Correa, en su calidad de integrante del resguardo de Tacueyo, era beneficiario de la medida cautelar 255/11 otorgada por la Comisión Interamericana a favor de las personas del Pueblo Nasa que habitan en los Resguardos Toribio, San Francisco, Tacueyo y Jambalo, ante los impactos de la violencia en el Pueblo Nasa y la ausencia de garantías prácticas y efectivas al derecho a la vida y la integridad física.
El Estado informó que el señor Correa era beneficiario de un esquema de seguridad por parte de la Unidad Nacional de Protección y que en este caso se ha detenido a una persona que tenía en su poder el vehículo donde se movilizaba el Sr. Correa.
La Comisión exhorta al Estado a continuar investigando diligentemente este caso, que incluya como una de las hipótesis del delito, las actividades de defensa de derechos humanos y el territorio del señor Correa; así como sancionar a los autores materiales e intelectuales.
Igualmente, recuerda que, ante denuncias de violaciones a los derechos humanos, corresponde a la justicia ordinaria conocer de las investigaciones, conforme a los estándares en la materia, y subraya la obligación del Estado respecto a brindar información clara, especialmente, sobre la cantidad de personas fallecidas, heridas, capturadas y desaparecidas durante el operativo militar mencionado. Adicionalmente, insta a las autoridades correspondientes a continuar desarrollando investigaciones bajo protocolos que eviten la estigmatización de las víctimas y a tomar las medidas necesarias para reparar este daño incorporando un enfoque intercultural que considere los impactos a las víctimas, sus familias y sus comunidades.
Además, insta a Colombia a fortalecer su presencia integral en el territorio y garantizar un diálogo con las organizaciones de los grupos étnico-raciales, comunidades tribales y campesinas del país a los efectos de concertar acciones que garanticen el derecho a la vida y la integridad física de los pueblos étnicos y comunidades campesinas del país. Finalmente, reitera su convicción respecto a la necesidad de que el Estado redoble sus esfuerzos en la implementación integral del Acuerdo de Paz, en particular su Capítulo Étnico, y adopte medidas urgentes para garantizar los derechos de los pueblos étnicos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 079/22
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