Oficina de Prensa de la CIDH
Washington D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechaza las violaciones a los derechos políticos en las elecciones de 2021 e insta al Estado venezolano a adoptar un compromiso genuino con la democracia y el Estado de derecho.
La Misión de Observación Electoral de la Unión Europea denunció que el Consejo Nacional Electoral de Venezuela rechazó 27 candidaturas en el marco de las elecciones regionales y municipales de 2021 debido a inhabilitaciones políticas impuestas por la Contraloría General de la República. Dicha decisión impactó desproporcionadamente a los partidos políticos disidentes del gobierno, como es el caso del Partido Comunista de Venezuela, con 15 inhabilitaciones, y los partidos de oposición reunidos en la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), que recibieron al menos 3 inhabilitaciones.
En la misma línea, el Tribunal Supremo de Justicia suspendió el conteo de votos de la elección a la gobernación de Barinas. Ello, debido a que el candidato opositor que lideraba ampliamente en el escrutinio de votos se encontraba inhabilitado por la Contraloría General, pese a que pudo inscribir su candidatura y que según directamente le informara a la Comisión, nunca fue notificado de la supuesta inhabilitación. Una situación similar ocurrió con la aspirante a la gobernación alterna de la oposición, quien también se enteró de su inhabilitación al momento de inscribir su candidatura. La CIDH considera que estas decisiones representan una arbitrariedad dirigida a obstaculizar los derechos políticos de personas opositoras.
Desde el 2015 más de 30 dirigentes de la oposición al gobierno han recibido inhabilitaciones por parte de la Contraloría General de la República, sanciones por las que el Estado de Venezuela fue condenado internacionalmente en el caso López Mendoza. En este sentido, la CIDH reitera que ningún órgano administrativo puede restringir los derechos políticos a elegir y ser elegido a través de sanciones de inhabilidad o destitución. Conforme a estándares interamericanos, para consolidar y proteger un ordenamiento democrático respetuoso de los derechos humanos, este tipo de sanciones únicamente puede ser impuestas mediante una condena por un juez o una jueza en el marco de un proceso penal.
La Comisión Interamericana recuerda que el ejercicio de los derechos políticos constituye un fin en sí mismo y, a la vez, un medio que las sociedades democráticas tienen para garantizar los demás derechos. En este sentido, urge al Estado reconstruir la separación e independencia de los poderes públicos mediante reformas concretas, y garantizar que la Contraloría General de la República no siga imponiendo este tipo de sanciones de cara a futuros eventos electorales.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 085/22
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