Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 30 de mayo de 2022 la Resolución 23/22, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de Samuel Mauricio Mairena Rocha, tras considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Nicaragua.
Según la parte solicitante, Mairena Rocha es identificado o percibido como opositor al actual gobierno, y ha sido objeto de actos amenazas, hostigamientos y vigilancia por agentes estatales y paraestatales, desde el 2018. Al respecto, el Estado proporcionó información que no permite determinar que los factores de riesgo alegados hayan sido debidamente mitigados.
Luego de analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por las partes, la CIDH valoró los actos de hostigamientos y vigilancia, y que las amenazas llegaron a materializarse en el 2018 mediante disparos que le generaron limitaciones en la movilidad a Mairena Rocha; que en abril de 2022, se habría advertido la presencia de agentes estatales y de personas afines al gobierno fuera del domicilio , además de ser seguido permanentemente; y que los riesgo persisten a lo largo del tiempo.
Por consiguiente, de acuerdo con el artículo 25 de su Reglamento, la Comisión solicitó al Estado de Nicaragua que:
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 121/22
2:48 PM