CIDH y REDESCA expresan preocupación por la precariedad del trabajo y la falta de derechos sindicales en Cuba

24 de agosto de 2022

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Washington, D.C – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) manifiestan su preocupación por la precariedad de la situación laboral y sindical de las personas trabajadoras en Cuba, y llaman al Estado a garantizar plenamente el derecho al trabajo digno y los derechos laborales y sindicales.

En los últimos meses, la Comisión y su REDESCA vienen dando especial seguimiento a la alarmante situación socioeconómica que atraviesa Cuba, marcada por la existencia de una crisis económica aguda y generalizada. Esta situación ha llevado a una superinflación con la consecuente pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras, recurrentes cortes del suministro eléctrico, escasez de alimentos básicos y medicamentos, y a un colapso del sistema público de salud. Como consecuencia, se advierte un aumento generalizado de la pobreza y la desigualdad, así como un notable incremento de los niveles de precariedad e informalidad laboral.

Se observa también que la ausencia de datos oficiales sobre determinados aspectos concernientes a la economía, mercado laboral y a la situación de los derechos laborales en el país obstaculizan la obtención de información integral e invisibilizan el empeoramiento de la desprotección laboral que enfrentan las personas trabajadoras en Cuba.

En particular, a través de la información facilitada por las organizaciones participantes en la audiencia temática sobre "La situación de los derechos laborales y sindicales en Cuba" –realizada durante el 184° Periodo de Sesiones se recibió información sobre el aumento generalizado de la informalidad y precariedad laboral, que afectaría de forma específica y diferenciada a las mujeres. Asimismo, fueron informadas sobre la persistencia de diferencias y desigualdades en la propia legislación estatal respecto a las personas trabajadoras por cuenta propia, lo que dificultaría –cuando no vulneraría– el pleno goce de los derechos laborales de dicho colectivo.

Igualmente, se han recibido numerosos testimonios de personas trabajadoras cubanas que denuncian la existencia de extensas jornadas de trabajo sin percibir la remuneración extraordinaria que corresponde; el pago de salarios bajos que no cubren las necesidades básicas de la vida; y la existencia de condiciones de trabajo precarias, tales como la falta de medios y herramientas de trabajo o la existencia de condiciones insalubres en el lugar de trabajo.

Por otro lado, según la información de la sociedad civil, el derecho al ejercicio pleno de la libertad sindical y el derecho de libre asociación serían inexistentes en Cuba dada la politización y el monopolio de un sindicato único controlado por el Estado –la Central de Trabajadores Cubanos– así como por la imposibilidad de constituir sindicatos independientes y de elegir libremente a los representantes, quienes son designados directamente por el Partido Comunista. Todo ello generaría importantes desafíos para la protección y garantía de los derechos de las personas trabajadoras. En el sector cuentapropista, dichas asociaciones sindicales serían directamente inexistentes lo que evidenciaría aún más la dificultad que representa la defensa de los derechos laborales de estas personas trabajadoras.

Al respecto, la CIDH y su REDESCA recuerdan que los derechos humanos laborales y sindicales son inseparables e inherentes a la dignidad humana. Su desarrollo es clave para fortalecer los sistemas económicos y sociales desde un enfoque de derechos humanos, con importancia vital para la garantía y disfrute de otros derechos y el desarrollo autónomo de la persona. Además, constituye una vía para garantizar la vida digna de las personas. En este sentido, instan al Estado cubano a garantizar efectivamente el derecho al trabajo digno en condiciones de igualdad y no discriminación, así como al libre ejercicio de los derechos sindicales y de asociación, siguiendo los estándares interamericanos en la materia.

La REDESCA es una Oficina autónoma de la CIDH, especialmente creada para apoyar a la Comisión en el cumplimiento de su mandato de promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 185/22

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