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Oficina de Prensa de la CIDH
Washington D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de declarar el cumplimiento total y el cese del seguimiento del Informe de Solución Amistosa No. 167/18, relativo al Caso 12.957, Luis Bolívar Hernández Peñaherrera.
El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado ecuatoriano por la presunta violación de los derechos consagrados en los artículos 8 (derecho a las garantías judiciales), 13 (derecho a la libertad de pensamiento y expresión), 24 (derecho a la igualdad ante la ley) y 25 (derecho a la protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en perjuicio del señor Peñaherrera dado que, en el marco del proceso de evaluación para su ascenso al grado militar de General de Brigada, se le habría negado el ascenso por una supuesta falta de idoneidad, a pesar de cumplir con todos los requisitos legales para ello y se le impidió continuar con su carrera militar, sin que las autoridades responsables explicaran las causas por las cuales habría sido considerado como "no idóneo" para el ascenso. El peticionario afirmó que se trató en realidad de una represalia en su contra por impulsar el ingreso de mujeres oficiales de armas a la Fuerza Terrestre. Asimismo, indicó que no contó con recursos adecuados y efectivos para conocer adecuadamente las razones que negaron su ascenso ni solicitar la revisión de dicha decisión.
El 24 de septiembre de 2018, las partes firmaron un acuerdo de solución amistosa (ASA) que fue homologado por la CIDH el 21 de diciembre del 2018. Durante el proceso de verificación de la implementación del ASA, la Comisión valoró las acciones desplegadas por el Estado ecuatoriano para dar cumplimiento a los compromisos asumidos en el ASA. En ese sentido, la Comisión corroboró que el Estado reconoció su responsabilidad por los hechos acaecidos, otorgó al señor Hernández Peña una pensión mensual y el rango de General de Brigada, así como también, ordenó su baja militar e hizo efectivo su acceso a los beneficios que le correspondían en materia de seguridad social militar.
La Comisión Interamericana siguió de cerca el desarrollo de la solución amistosa lograda en el presente asunto y valoró altamente los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación y posterior etapa de seguimiento del acuerdo de solución amistosa. En virtud de la información proporcionada por las partes durante el proceso de supervisión de la implementación del ASA, la Comisión declaró el cumplimiento total de este acuerdo y, en consecuencia, decidió cerrar la supervisión del cumplimiento de este.
La Comisión valora los esfuerzos realizados por el Estado ecuatoriano para lograr la total implementación de este acuerdo. La CIDH también saluda a la parte peticionaria por todos los esfuerzos realizados para participar en la búsqueda de avances en el procedimiento de solución amistosa.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 210/22
5:30 PM