CIDH comunica la publicación de los informes 287/22 y 288/22 y celebra cumplimiento total de acuerdos de solución amistosa respecto a los Casos 12.961 H e I de Honduras

9 de diciembre de 2022

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Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica la aprobación y publicación de los acuerdos de solución amistosa de los Casos 12.961 H, Juan González y otros y 12.961 I, Tránsito Edgardo Arriaga López y otros, con respecto de Honduras, a través de sus Informes de Homologación No. 287/22 y 288/22, respectivamente.
 
Los casos se relacionan con la responsabilidad internacional del Estado por la presunta violación de los derechos a las garantías judiciales, y protección judicial, por el despido injustificado de las presuntas víctimas, con base en el decreto 58-2001, y sin que su destitución siguiera el procedimiento legal establecido. Asimismo, las personas peticionarias alegaron la violación de los derechos a la integridad, indemnización, protección a la familia e igualdad ante la ley, consagrados en los artículos 5, 10, 11, 17, y 24 de la Convención Americana, en concordancia con la obligación general establecida en los artículos 1.1 y 2.
 
Las partes firmaron acuerdos de solución amistosa, el 18 de septiembre de 2019, en el Caso 12.961 H, y el 3 de diciembre de 2019, en el Caso 12.961 I, homologados por la Comisión el 8 de noviembre de 2022, respectivamente. Durante el proceso de verificación de implementación de estos acuerdos la CIDH corroboró que el Estado hondureño cumplió totalmente los compromisos concertados, brindando una compensación económica a favor de las 27 personas beneficiarias del ASA en el Caso 12.961 H, y a favor de 34 personas en el Caso 12.961 I. En virtud de lo anterior la CIDH declaró el cumplimiento total de los acuerdos y cerró la supervisión de su cumplimiento.  
 
La Comisión celebra el cumplimiento total de los acuerdos de solución amistosa por parte del Estado y observa con satisfacción que a través del cumplimiento íntegro de los acuerdos de solución amistosa sobre los policías destituidos de Honduras en el marco de los Informes No. 105/19 (Caso 12.961 A, Bolívar Salgado Welban y otros); No. 101/19 (Caso 12.961 C, Marcial Coello Medina y otros); No. 104/19 (Caso 12.961 D, Jorge Enrique Valladares Argueñal y otros); No. 42/21 (Caso 12.961 E, Ecar Fernando Zavala Valladares y Otros); No. 20/20 (Caso 12.961 F, Miguel Ángel Chinchilla Erazo y otros), No. 205/21 (Caso 12.961 J, Faustino García Cárdenas y Otros), No. 287/22 (12.961 H, Juan González y otros) y No. 288/22 (12.961 I, Tránsito Edgardo Arriaga López y otros), el Estado hondureño ha cumplido con reparar con un desembolso de compensaciones económicas que ascienden a alrededor de USD $4.758.730 (cuatro millones setecientos cincuenta y ocho mil setecientos treinta dólares) a un total de 290 presuntas víctimas del caso original 12.961 (Juan González y otros), de acuerdo al rango y escala salarial de cada persona.
 
Finalmente, la CIDH valora los esfuerzos del Estado hondureño para buscar la resolución de los asuntos ante el sistema de peticiones y casos individuales, a través del mecanismo de solución amistosa, y exalta la labor desempeñada para lograr la total implementación de los acuerdos amistosos suscritos. Asimismo, saluda a los peticionarios por su participación en la negociación e impulso de esto acuerdos.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 274/22

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