[enlaces U aquí]
Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C.- La Comisión Interamericana
de Derechos Humanos (CIDH) comunica la aprobación y publicación de los acuerdos
de solución amistosa de los Casos 12.961 H, Juan González y otros y 12.961 I,
Tránsito Edgardo Arriaga López y otros, con respecto de Honduras, a través de
sus Informes de Homologación
No. 287/22 y
288/22, respectivamente.
Los casos se relacionan con la responsabilidad internacional del Estado por la
presunta violación de los derechos a las garantías judiciales, y protección
judicial, por el despido injustificado de las presuntas víctimas, con base en el
decreto 58-2001, y sin que su destitución siguiera el procedimiento legal
establecido. Asimismo, las personas peticionarias alegaron la violación de los
derechos a la integridad, indemnización, protección a la familia e igualdad ante
la ley, consagrados en los artículos 5, 10, 11, 17, y 24 de la Convención
Americana, en concordancia con la obligación general establecida en los
artículos 1.1 y 2.
Las partes firmaron acuerdos de solución amistosa, el 18 de septiembre de 2019,
en el Caso 12.961 H, y el 3 de diciembre de 2019, en el Caso 12.961 I,
homologados por la Comisión el 8 de noviembre de 2022, respectivamente. Durante
el proceso de verificación de implementación de estos acuerdos la CIDH corroboró
que el Estado hondureño cumplió totalmente los compromisos concertados,
brindando una compensación económica a favor de las 27 personas beneficiarias
del ASA en el Caso 12.961 H, y a favor de 34 personas en el Caso 12.961 I. En
virtud de lo anterior la CIDH declaró el cumplimiento total de los acuerdos y
cerró la supervisión de su cumplimiento.
La Comisión celebra el cumplimiento total de los acuerdos de solución amistosa
por parte del Estado y observa con satisfacción que a través del cumplimiento
íntegro de los acuerdos de solución amistosa sobre los policías destituidos de
Honduras en el marco de los Informes No. 105/19 (Caso 12.961 A, Bolívar Salgado
Welban y otros); No. 101/19 (Caso 12.961 C, Marcial Coello Medina y otros); No.
104/19 (Caso 12.961 D, Jorge Enrique Valladares Argueñal y otros); No. 42/21
(Caso 12.961 E, Ecar Fernando Zavala Valladares y Otros); No. 20/20 (Caso 12.961
F, Miguel Ángel Chinchilla Erazo y otros), No. 205/21 (Caso 12.961 J, Faustino
García Cárdenas y Otros), No. 287/22 (12.961 H, Juan González y otros) y No.
288/22 (12.961 I, Tránsito Edgardo Arriaga López y otros), el Estado hondureño
ha cumplido con reparar con un desembolso de compensaciones económicas que
ascienden a alrededor de USD $4.758.730 (cuatro millones setecientos cincuenta y
ocho mil setecientos treinta dólares) a un total de 290 presuntas víctimas del
caso original 12.961 (Juan González y otros), de acuerdo al rango y escala
salarial de cada persona.
Finalmente, la CIDH valora los esfuerzos del Estado hondureño para buscar la
resolución de los asuntos ante el sistema de peticiones y casos individuales, a
través del mecanismo de solución amistosa, y exalta la labor desempeñada para
lograr la total implementación de los acuerdos amistosos suscritos. Asimismo,
saluda a los peticionarios por su participación en la negociación e impulso de
esto acuerdos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 274/22
3:44 PM