Oficina de Prensa de la CIDH
Washington D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisión de declarar el cumplimiento total y el cese del seguimiento del Informe de Solución Amistosa No. 61/22, relativo a la Petición 1287-19, Roberto Molina Barreto, Zury Mayte Ríos Sosa y MWR.
El asunto se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado guatemalteco por la afectación de los derechos humanos de Roberto Molina Barreto, Zury Mayte Ríos Sosa y su hija MWR, luego que la inscripción de la candidatura de Roberto Molinay Zury Mayte Ríos fueran rechazadas limitando su participación política para optar a cargos públicos en la República de Guatemala.
En diciembre de 2021, las partes firmaron un acuerdo de solución amistosa, homologado por la CIDH el abril de 2022. Durante el proceso de verificación, la Comisión valoró las acciones desplegadas por el Estado guatemalteco para dar cumplimiento a los compromisos asumidos y corroboró que el Estado realizó dos campañas de sensibilización entre el 13 de julio y el 4 de agosto de 2022 para promover la igualdad en la participación política de las mujeres en Guatemala, a través de la Unidad de Comunicación estratégica de la COPADEH.
Entre los impactos más relevantes del acuerdo, destaca la realización de dos foros y dos conversatorios con diversas instituciones educativas. Los eventos contaron con 919 participantes y abordaron diversos temas, como la importancia de la vida política de la mujer y de la ciudadanía en general y la representatividad de la mujer en Guatemala y el mundo.
La Comisión siguió de cerca el desarrollo de la solución amistosa, y valoró los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociación y etapa de seguimiento del acuerdo. En virtud de la información proporcionada por las partes, la CIDH declaró el cumplimiento total de este acuerdo y decidió cerrar la supervisión del cumplimiento.
La Comisión valora las acciones realizadas por el Estado guatemalteco para buscar la resolución de los asuntos ante el sistema de peticiones y casos individuales, a través del mecanismo de solución amistosa, y para lograr la total implementación de este acuerdo. Asimismo, saluda a la parte peticionaria por todos los esfuerzos realizados para participar en la negociación e impulso de esta solución amistosa.
Para consultar la ficha técnica del caso puede acceder a este enlace.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 117/24
12:00 PM