Discursos

JOSÉ MIGUEL INSULZA, SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
SEMINARIO DE PROBIDAD Y TRANSPARENCIA

12 de enero de 2012 - Santiago, Chile


Uno de los temas al cual no me voy a referir, pero lo menciono desde la partida, es que junto al conjunto de normas que existen hoy día en materia de probidad y transparencia, de pronto el tema de la armonización de esas normas y la búsqueda, sobre todo en un período tan global como el actual, de la aplicación de más o menos las mismas prácticas y las mismas políticas en todas partes es muy fundamental y espero que tengamos ese intercambio.

Creo que más allá de la existencia de importantes organizaciones dedicadas a los temas de la probidad, en las últimas dos décadas ha existido un ascenso muy sustantivo en todo el mundo, también en nuestra región en América Latina y el Caribe del tema de la probidad, de la lucha contra la corrupción. No quiero entrar en las razones por que eso ha ocurrido, prefiero creer que todas las razones por las cuales esto ha ocurrido se engloban en la expansión que ha tenido la democracia en el mundo y en nuestro continente. Eso ha permitido no solamente un mayor acceso a la información sino también exigir una mayor rendición de cuentas a sus autoridades. Ha puesto el tema de la corrupción y de la probidad no solamente de moda, sino que lo ha convertido en una prioridad en la mayor parte de nuestras democracias, que dicho sea de paso, como naciones partían muy abajo en las evaluaciones.

Aprovecho de saludar a los representantes de Transparencia Internacional que es una institución privada que tuvo un papel muy fundamental y a su capítulo “Chile Transparente” porque creo que ellos de alguna manera han sido muy significativos en poner de relieve el problema de la corrupción y de la transparencia en nuestras naciones.

Lo que sí es importante relevar es que no solamente el tema haya aumentado en su importancia, sino que el contenido de los debates se ha ampliado sustantivamente. Hemos pasado en pocas décadas de un concepto que identificaba la corrupción con la falta de transparencia fundamentalmente con el soborno. El pagar a un funcionario público era como la forma fundamental de transparencia o de falta de probidad que existía. El concepto se ha ampliado sustantivamente, como la conducta activa y pasiva de las empresas, el financiamiento de la política, la influencia indebida, las declaraciones de patrimonio de los funcionarios públicos, la responsabilidad empresarial y algunos que en la OCDE denominan las zonas grises como la hospitalidad excesiva, las contribuciones caritativas, los regalos, etc. Por lo tanto, el concepto en materia de transparencia ha aumentado de manera sustancial y se han ampliado también los actores. Antes, el actor era solamente el funcionario público que se dejaba sobornar. Desde hace ya bastante tiempo se entiende que el concepto de probidad tiene que ver con la conducta de un conjunto de agentes, y desde que desapareció la llamada “excepción de solicitación”, es decir, “tuve que pagar porque me lo exigían para hacer el negocio”. La OCDE lo ha condenado claramente en su convención, eso incluye al sector privado, no solamente como un actor que rechaza o que está obligado a rechazar, sino qua también tiene que mejorar sustantivamente su cultura empresarial y su cumplimiento para evitar la creación de un clima de corrupción, creo que también la sociedad civil juega un papel muy fundamental.

Por último, ha cambiado también la forma en que esto se implementa y aquí me refiero a las numerosas normas que se han dictado en nuestros países en esta materia de transparencia, no solamente para condenar la corrupción, que siempre lo ha estado, sino para promover un clima distinto de probidad. Este nuevo ambiente no solamente está determinado por la fe en los funcionarios públicos, sino por el conocimiento claro de lo que hacen a cada momento. La dictación de normas de transparencia en nuestros Estados es un tema en el cual nosotros estamos muy orgullosos, hemos promovido algunas de ellas y que por lo demás este país, -a mi juicio- tiene un rol conductor en los últimos años.

En la OEA, suscribimos a penas el año 1996 el primer tratado internacional sobre esta materia “la Convención Interamericana contra la Corrupción”, no hay ninguna anterior a esa porque siempre se entendía que los temas de corrupción eran temas internos de los países que tenían que sancionar sus legislaciones internas. Nuevamente el fenómeno de la globalización deja completamente de lado esto y posteriormente la Organización para el Desarrollo Económico, la OCDE, de la cual Chile y México forman parte, dictó su convención, probablemente la más profunda, pero referida solamente a los fenómenos de corrupción internacional, y otros organismos como la Unión Africana, Naciones Unidas, etc., dictaron sus normas también al respecto.

Lo de la OCDE es muy importante porque de alguna manera puso el marco para las principales empresas transnacionales, hasta ese momento existía una situación de profunda injusticia, la recuerdo aquí porque el único país que tenía normas contra la corrupción internacional era Estados Unidos. En la mayor parte de los países miembros de la OCDE estaba prohibido sobornar dentro del país, pero no estaba prohibido generar fenómenos de corrupción en otros países en los cuales se invertía. Incluso, muchas empresas lo proponían como parte de los gastos de las empresas trasnacionales y, por lo tanto, la dictación de la normativa de la OCDE igualó al único país que la tenía –Canadá las empezaba a tener ya- con el resto del mundo. Esto hizo que las empresas trasnacionales, en esta materia, sí se convirtieran en promotores muy fundamentales en el orden de probidad de todos los países a los que asistían y en la llamada “partnership” contra la corrupción en el marco del foro mundial del Foro Económico Mundial de Davos. Diría yo que es la consagración de esta obligatoriedad también para el mundo privado en salir en contra de la corrupción y esto supone normas internacionales.

Ahora, las primeras normas internacionales – repito – están en la Convención Interamericana contra la Corrupción y eso para nosotros es motivo de gran orgullo. Segundo, las convenciones de la OEA se adoptan en sus Asambleas y son relativamente obligatorias para todos pero hay una cantidad de normas que requieren ratificación. La Convención Interamericana contra la Corrupción junto con la Carta de la OEA es una de las convenciones mas ratificadas de todo el sistema interamericano, 33 de los 34 países activos de la OEA lo han ratificado y además tiene la ventaja de ser la primera que convierte el tema de la corrupción en un proceso. Aquí no hay una sola solución, no hay una solución mágica, no hay una ley, está abierto a una política que es lo que estamos haciendo en este tiempo, una estrategia con responsabilidades compartidas de los Estados, el sector privado, la sociedad civil y también la comunidad internacional.

Segundo aspecto que es importante es que tenemos un mecanismo, el encargado de este mecanismo esta aquí conmigo, Jorge García, que es el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción, el MESISIC, al cual se someten todos los 31 de los 33 países miembros con amplios espacios para la participación de la sociedad civil, se presenta un informe que es un mecanismo de evaluación inter-pares. El país presenta un informe, los demás países le hacen preguntas, pero luego concurre la sociedad civil y allí las cosas se ponen mas entretenidas porque la sociedad civil generalmente formula críticas, cuestionamientos, y objeciones mucho mayores a la que los Estados están dispuestos a presentarse entre si. Desde ese punto de vista, el funcionamiento del MESISIC debería ser un ejemplo creciente de la participación de la sociedad civil en la implementación de las disposiciones de la Convención. El mecanismo se ha consolidado y con esto hemos pasado a una fase mayor aun. Primero, era que todos firmaran la convención y que la ratificaran, después que se dicten normas y leyes en todas partes pero con el seguimiento eso permite la cooperación entre los países, las experiencias de la cooperación entre ellos, la difusión de toda esta participación de la sociedad civil, y tener incluso en los organismos internacionales programas de cooperación para que los países mejoren la situación en que se encuentran.

Tenemos ya tres rondas de análisis en esta materia y la verdad es que si ustedes examinan como se ha ido modificando la legislación después de que este análisis o seguimiento van a ver en todos los países un mejoramiento de normas de transparencia, acceso a la información, prevención de conflicto de intereses, vinculación de funcionarios, contratación publica, las declaraciones patrimoniales que a veces son tan difíciles de conseguir.

Ahora, es importante también decir que en los últimos años el mecanismo de seguimiento se ha concentrado cada vez más en el tema de la responsabilidad del sector privado poniendo atención en la prohibición de servicios tributarios que antes existían mucho para estimular la ausencia de corrupción. Se consideran beneficios tributarios y eso ya no existe, las normas de anti-corrupción se deben cumplir per se y no porque obtengan beneficios por ellas. Los mecanismos para tener controles internos es un tema que en nuestros países todavía no se trata suficiente el tema también de la transparencia de los gobiernos corporativos. Es un elemento que sigue todavía muy pendiente en la mayor parte de las acciones en contra de la corrupción.

Ahora, hemos ayudado -como digo- en planes de acción y tenemos una red hemisférica de intercambio de información para la asistencia mutua en materia penal y creo que también hemos avanzado en la difusión, en la elaboración, de las llamadas leyes modelos. Nosotros pensamos que una tarea muy importante es el desarrollo de leyes modelo en materia precisamente de acceso a la información que es el elemento central y quiero decir que en ese sentido la ley de Chile ha sido un recurso muy importante que también estamos ocupando de manera interactiva con ellos.

Ahora, es importante señalar que los poderes legislativos aquí tienen un papel fundamental, no solamente por emitir las leyes, eso parece ser relativamente obvio, sino porque muchas veces los parlamentarios, los miembros de los congresos, también – por así decirlo – están expuestos a las influencias indebidas a las actividades que realizan. Por lo tanto, el desarrollo de la transparencia en los parlamentos es un asunto central que, debo decirlo, muchas veces va mas atrás que el poder ejecutivo. Y, desde luego no hablo de los partidos políticos de los cuales la transparencia va aun mas atrás por algún motivo existe este orden negativo -si se quiere- en una serie de aspectos de los cuales trabajamos en nuestra vida política hoy día. Lo mismo ocurre, por ejemplo, en el caso de la participación de las mujeres, su representatividad es mayor en el ejecutivo, no tan bien en los congresos, casi inexistente en los partidos políticos, no hay ninguna norma que los rige. Hay muy pocas normas que rijan la probidad en los partidos políticos y eso cuando uno de los temas centrales de la probidad es el tema del financiamiento de la política ciertamente constituye una atraso muy fundamental.

Por lo tanto, en todas las actividades que estamos realizando y que hemos trabajado hemos querido poner de relieve siempre el rol fundamental de los poderes legislativos en la implementación de nuestra Convención. Nuestro comité de expertos ha dicho claramente que los poderes legislativos deben adoptar normas legales que complementen el marco jurídico y que se apliquen los países de manera de hacerlos también aplicables y cada vez mas adecuada a los parlamentos de cada país. Creo que por lo tanto, los temas centrales de este seminario, tienen que ver con el tema de la transparencia de los parlamentos y la transparencia de los partidos políticos y tiene también que ver con la responsabilidad empresarial en materia de transparencia los cuales son tan importantes y tan claves.

Hemos adoptado en los últimos años, y es importante decir esto, porque la percepción de falta de transparencia es muy extendida en América Latina muchas veces las percepciones siguen muy atrás a la realidad de lo que esta ocurriendo. Fíjense ustedes que en los últimos dos años y medio en el último informe de progreso de implementación de la Comisión Interamericana contra la Corrupción, trece países adoptaron nuevas normas, nuevas leyes y medidas jurídicas en materia de conflicto de intereses; Estados Unidos, Canadá, Costa Rica, Panamá, Guyana, Trinidad y Tobago, Brasil, Bolivia, Chile. En Chile se despachó la famosa reforma constitucional que luego permitió la ley de transparencia con modernización del Estado y calidad de la política. En 16 países han adoptado otras normas en materia de información pública a la cual se refería el Presidente del Senado; El Salvador, República Dominicana, Jamaica, Belize, Chile, Colombia, Brasil, una cantidad importante. También, 15 países han adoptado normas en materia de vinculación de funcionarios públicos relacionados con la transparencia. En contratación pública 15 países han adoptado nuevas leyes y medidas jurídicas, varios países en Centroamérica, pero quiero referirme en este caso sin embargo solamente al caso de México dónde este fue un tema por mucho tiempo y recién se acaba de hacer una reforma a la ley de adquisiciones, arrendamiento, y servicios del sector público que es la ley de obras públicas.

Por lo tanto, estamos avanzando de manera sustantiva, falta mucho por hacer todavía, y –repito- un tema en el cual estamos cojeando es que si bien la definición de corrupción se ha ampliado mucho, la definición de transparencia se ha ampliado mucho, los limites a la transparencia también se han discutido mucho, no tenemos una adecuada armonización de las muchas normas internacionales que en esta materia se están desarrollando.

Ojala esta sea una oportunidad para intercambiar conocimientos y especialmente intercambiar experiencias que se denominan “las buenas prácticas”, esto no se trata solamente de seguir la letra de la ley, los encargados de los organismos públicos de la probidad no son abogados que le enseñan a uno como cumplir la ley y sacar el mayor provecho posible sin violarla, esa es otra función. Esta función es la de promover una cultura mucho mas amplia incluso que la ley en la cual realmente las iniciativas ciudadanas puedan florecer sin temor a ser objetos de distorsión y teniendo todo el conocimiento que requieren para poderse desarrollar en democracia.

Muchas gracias