2021

Resolución No. 51/21( LEVANTAMIENTO )
MC 155-13 - Caleb Orozco , Belice

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decide levantar las presentes medidas cautelares. Al analizar la vigencia del asunto, la Comisión advierte que no ha recibido información de las partes en el tiempo aproximado de 9 años. En particular, tras informar a la representación que se procedería a analizar la vigencia del asunto, tampoco se recibió información de su parte. La CIDH recordó que el Estado debe de cumplir con las obligaciones correspondientes de la Declaración Americana independientemente del levantamiento de las presentes medidas cautelares.

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