La Relatoría Especial condena el asesinato de periodista televisivo en Honduras
23 de enero de 2017
Washington, D.C. – La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato del periodista Igor Padilla, ocurrido el 17 de enero en Honduras, e insta al Estado a investigar el crimen con la debida diligencia y establezca la posible relación con la actividad periodística.
De acuerdo a la información disponible, el periodista se encontraba grabando un comercial en la ciudad de San Pedro Sula, cuando desconocidos le dispararon en repetidas ocasiones causándole la muerte. Padilla cubría la fuente policial y era presentador de un programa de entretenimiento en el canal de televisión HCH. El 4 de enero los periodistas Ernesto Alonso Rojas y Suly Cálix, quienes trabajaban para el mismo canal de Padilla denunciaron haber recibido amenazas de muerte.
El 17 de enero a través de un comunicado de prensa la Secretaría de Seguridad condenó el hecho y manifestó que por instrucción del Presidente de la República se dispusieron todos los recursos disponibles para dar con el paradero de los responsables. El Estado informo que en los operativos que adelanta la Policía Nacional para dar con los sospechosos del asesinato se habría logrado identificar los vehículos desde donde se disparó al periodista y existirían indicios de la participación de miembros de maras y pandillas en el asesinato.
Para la Relatoría Especial es fundamental que el Estado hondureño investigue de forma completa, efectiva e imparcial estos crímenes que afectan a toda la sociedad hondureña y esclarezca sus móviles, y determine judicialmente la relación que pudieran tener con la actividad periodística y la libertad de expresión. Las autoridades no deben descartar al ejercicio del periodismo como un móvil del asesinato y/o agresión antes de que se complete la investigación.
Tanto la Comisión como la Corte IDH se han referido al efecto amedrentador que los crímenes contra periodistas tienen para otros y otras profesionales de los medios de comunicación así como para los y las ciudadanas que pretenden denunciar abusos de poder o actos ilícitos de cualquier naturaleza. Este efecto amedrentador solamente podrá evitarse, según afirma la Comisión, "mediante la acción decisiva del Estado para castigar a quienes resulten responsables, tal como corresponde a su obligación bajo el derecho internacional y el derecho interno".
La Relatoría Especial insiste en la necesidad de crear cuerpos y protocolos especiales de investigación, así como implementar los mecanismos de protección consagrados en la ley de Protección de Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia, aprobado en 2015 por el Congreso, destinados a garantizar la integridad de quienes se encuentran amenazados por el ejercicio de su actividad periodística.
Tras la visita in loco a Honduras realizada en diciembre de 2014, la CIDH reiteró que es imprescindible que el Estado de Honduras adelante, de manera urgente, investigaciones que conduzcan a esclarecer las muertes de periodistas y comunicadores, y a enjuiciar y condenar a las personas responsables de los mismos. El mantenimiento de la impunidad no sólo constituye una denegación de justicia para los familiares de las víctimas sino que envía un mensaje social de que la violencia contra estas personas es tolerada por el Estado.
El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH señala: "[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada".
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.
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