Libertad de Expresión

Comunicado de prensa R204/22

Expertos regionales y de la ONU llaman a los Estados a proteger las reuniones pacíficas durante situaciones de emergencia

GINEBRA, WASHINGTON D.C. (15 de septiembre de 2022) – Los Estados tienen la obligación de respetar y proteger las reuniones pacíficas durante las situaciones de crisis y de emergencia, instaron los expertos en derechos humanos de la ONU y regionales en una declaración conjunta.

En el Día Mundial de la Democracia y en vísperas del Día Internacional de la Paz, el Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, junto con expertos de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la OSCE, expresaron su preocupación por el creciente uso de situaciones de crisis y declaraciones de estado de excepción para reprimir reuniones pacíficas en todo el mundo. Los expertos pidieron a los Estados que respeten, protejan y faciliten las reuniones pacíficas en tiempos de emergencia.

"Los Estados deben respetar en todo momento el derecho de las personas a reunirse y comunicar sus quejas, expresar su oposición, cuestionar las políticas y promover ideas. Sólo mediante la inclusión de la pluralidad de voces puede prosperar la democracia y encontrarse soluciones más sostenibles a las crisis actuales y emergentes", señalaron los expertos.

El mundo se enfrenta a crisis agravadas por la intensificación de la inestabilidad política, los problemas de seguridad y los conflictos armados, así como las emergencias sanitarias y medioambientales. Ante estas emergencias, los Estados a menudo perciben las reuniones como una amenaza y adoptan medidas indebidas para reprimirlas y silenciar la disidencia, como ya destacó el Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación en su reciente informe al Consejo de Derechos Humanos.

En la declaración conjunta, los expertos instaron además a los Estados a abstenerse de estigmatizar a las personas que participan en las reuniones y de someter a activistas a arrestos y detenciones arbitrarias, asesinatos y abusos sexuales, y de emplear la violencia para reprimir las protestas pacíficas.

Los expertos subrayaron que los Estados deben garantizar que las restricciones a las reuniones pacíficas se ajusten estrictamente al derecho internacional de los derechos humanos, incluso cuando se declara el estado de excepción en circunstancias excepcionales.

"Con demasiada frecuencia, los gobiernos utilizan indebidamente los estados de excepción para imponer restricciones indebidas al derecho a la libertad de reunión pacífica o para violar los derechos de quienes participan en esas reuniones. Los Estados tienen la clara obligación de proteger los derechos humanos fundamentales en el contexto de las reuniones, incluso cuando se declara el estado de excepción", dijeron los expertos.

Los expertos también pidieron a los Estados que se abstuvieran de utilizar la fuerza ilegal o desproporcionada, como así también de militarizar el control de las reuniones pacíficas. Además, los Estados deben garantizar que las fuerzas del orden reciben una formación acorde con las normas internacionales sobre el uso de la fuerza y de las armas de fuego, incluido el uso de armas menos letales; y asegurar una rápida y exhaustiva rendición de cuentas y la plena reparación de todas las violaciones.

"Para fortalecer la democracia y evitar las tendencias regresivas que conducen al aumento del autoritarismo, los Estados deben hacer todo lo posible para proteger el derecho de reunión pacífica, incluso en situaciones de emergencia", dijeron los expertos.

"El derecho de reunión pacífica es una libertad fundamental que fortalece las instituciones democráticas y es esencial para la propia existencia de la democracia. La sociedad civil, las y los activistas y los movimientos de protesta que reclaman derechos deben ser tratados como amigos y no como enemigos", dijeron.

"Esto también es vital para la construcción de la paz y la prevención de conflictos, ya que a menudo la represión de las manifestaciones y la supresión de voces pueden llevar a expresiones más violentas de descontento", indicaron.

La declaración conjunta proporciona medidas clave para reforzar la protección de las reuniones pacíficas en situaciones de emergencia y crisis. 

FIN

* Los expertos: Sr. Clément Voule, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de reunión y asociación; Hon. Rémy Ngoy Lumbu, Presidente de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP) y Relator Especial sobre los Defensores de los Derechos Humanos y Punto Focal sobre Represalias en África; Sr. Pedro Vaca, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y Matteo Mecacci, Director de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE (OIDDH).

Para más información y solicitudes de los medios de comunicación, póngase en contacto con Hélène Pilloud ([email protected]) en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, equipo del Relator Especial de las Naciones Unidas para la Libertad de Reunión y Asociación Pacíficas; Flavia Daza ([email protected]) en la oficina del Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; Anita Bagona ([email protected]) o ([email protected]) en la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP); Katya Andrusz ([email protected]) en la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la OSCE.

Los Relatores Especiales de la ONU forman parte de lo que se conoce como Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo que se ocupan de situaciones específicas de países o de cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y prestan sus servicios a título individual.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.

 R204/22