Comunicado de Prensa 24/00
EVALUACIÓN PRELIMINAR SOBRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN GUATEMALA
1. La Libertad de Expresión en el hemisferio es una de las principales
preocupaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Es
por esto, y debido a múltiples requerimientos de diversas organizaciones y
representantes de la sociedad civil de las Américas, que la CIDH creó, dentro
de la esfera de sus atribuciones, la Relatoría Especial para la Libertad de
Expresión. La Relatoría es una oficina de carácter permanente, con
independencia funcional y presupuesto propio, que opera dentro del marco de
jurídico de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La Relatoría para
la Libertad de Expresión cuenta con el apoyo de los jefes de Estado y Gobierno
del hemisferio, quienes durante la Segunda Cumbre de las Américas celebrada en
Chile en abril de 1998, hicieron pública su preocupación sobre el estado de la
libertad de expresión en sus países y celebraron la creación de la Relatoría.
2. Los objetivos de la Relatoría son, entre otros, estimular la conciencia por
el pleno respeto a la libertad de expresión en el hemisferio, considerando el
papel fundamental que ésta juega en la consolidación y desarrollo del sistema
democrático y en la denuncia y protección de los demás derechos humanos y
formular recomendaciones específicas a los Estados miembros sobre materias
relacionadas con la libertad de expresión, a fin de que se adopten medidas
progresivas a su favor.
3. La libertad de expresión juega un papel
fundamental en el desarrollo y consolidación de los procesos democráticos,
toda vez que es indispensable para la formación de la opinión pública. Al
respecto la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que la
libertad de expresión es fundamental para que "los partidos políticos, los
sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes
deseen influir sobre la colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en
fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté
suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar que una sociedad que
no está plenamente informada no es plenamente libre."
4.
La libertad de expresión comprende el derecho de toda persona a buscar,
recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole. En este sentido, ésta
tiene una doble dimensión, comprende el derecho de cada persona de no ser
menoscabado o impedido de manifestar su propio pensamiento y al mismo tiempo
comprende un derecho colectivo, a recibir cualquier información y a conocer la
expresión del pensamiento ajeno.
CARACTER Y OBJETIVOS DE LA
VISITA
5. El Dr. Santiago A. Canton, Relator Especial para la
Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
culminó el día de hoy una visita de cuatro días a Guatemala, a invitación del
Presidente Alfonso Portillo Cabrera y en atención a posteriores requerimientos
y expresiones de diversos sectores de la sociedad guatemalteca.
6.
En el transcurso de los últimos cuatro días el Relator Especial cumplió una
apretada agenda de actividades y reuniones que incluyeron autoridades del
gobierno guatemalteco, la Procuraduría de Derechos Humanos, directores de los
medios de comunicación, asociaciones gremiales de trabajadores de la prensa,
cámaras de propietarios y trabajadores de medios de comunicación, periodistas
independientes, instituciones académicas, representantes de organizaciones de
los pueblos indígenas, organizaciones de derechos humanos y otras instancias
de la sociedad civil, así como representantes de misiones y organismos
internacionales, con el fin de tomar contacto, recabar información y analizar
el estado de libertad de expresión en Guatemala.
7. El Relator
Especial quiere agradecer la disposición del Presidente de la República y
autoridades guatemaltecas para permitirle realizar su trabajo, su voluntad
para colaborar en la búsqueda de soluciones a los problemas planteados y su
disposición a atender las recomendaciones específicas planteadas durante esta
visita. Asimismo, el Relator Especial quiere extender su agradecimiento a los
representantes de la sociedad civil, medios de comunicación y especialmente a
los periodistas, por la importante información que le suministraron durante
esta visita.
8. La Relatoría, aprovecha esta oportunidad para
felicitar al gobierno de Guatemala por la voluntad para solucionar a través
del mecanismo de solución amistosa un importante numero de denuncias por
violaciones a los derechos humanos que se encuentran pendientes ante la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Esta iniciativa es un ejemplo
para los países del hemisferio y representa un avance significativo en la
protección y promoción de los Derechos Humanos.
APRECIACIONES GENERALES
9. El cúmulo de información recibida
durante estos cuatro días será procesada oportunamente, y en un futuro próximo
la Relatoría emitirá un informe detallando las actividades y resultados de la
visita.
10. Sin perjuicio de lo anterior, el Relator Especial desea
manifestar las siguientes conclusiones, observaciones y recomendaciones
preliminares que emergen de esta visita:
11. El Presidente de la
República ha expresado su clara voluntad de promover una amplia y firme
libertad de expresión en Guatemala y de colaborar con la Relatoría para la
Libertad de Expresión en todo lo que sea necesario para la consecución de
dicho fin. La Relatoría celebra el apoyo y disposición del Presidente Alfonso
Portillo Cabrera para colaborar con la Relatoría y para buscar mecanismos que
garanticen una amplia libertad de expresión en Guatemala.
12.
La Relatoría reconoce que el avance democrático de Guatemala ha contribuido
notablemente en el avance del derecho de libertad de expresión. En particular,
la Relatoría reconoce la importancia que han tenido los medios de comunicación
en el sostenimiento del sistema democrático durante la crisis institucional de
1993. Asimismo, la Relatoría pudo constatar una mejora en las relaciones del
Presidente con los medios de comunicación, en comparación con autoridades
anteriores. En el pasado la Relatoría recibió denuncias sobre una actitud
hostil del gobierno en sus relaciones con la prensa. La Relatoría celebra la
buena disposición del actual gobierno, ya que una comunicación fluida y madura
entre altos funcionarios del gobierno y los periodistas es una de las
principales garantías para una libertad de expresión amplia basada en la
transparencia de los actos de gobierno, ingrediente fundamental de cualquier
sistema democrático. La Relatoría espera que la actual buena disposición del
Presidente en sostener y ampliar el derecho a la libertad de expresión de los
guatemaltecos continúe durante todo su mandato.
13. Durante su
estadía, el Relator pudo observar un importante debate de ideas y opiniones,
especialmente en la prensa escrita y la radio. Únicamente a través de un
amplio acceso a la información y de un debate de ideas sin restricciones en
todos los medios de comunicación, se podrá continuar afianzando el proceso
democrático. Sin embargo, el Relator también recibió información sobre casos y
situaciones de restricciones a la libertad de expresión que constituyen una
preocupación de la Relatoría, y que deben ser seriamente investigadas por las
autoridades.
14. Varios sectores han expresado su preocupación por
posibles conflictos de intereses entre empresarios de algunos medios de
comunicación y funcionarios del gobierno. De acuerdo a varias personas
entrevistadas, esta práctica se desarrolla desde hace varios años.
15. Sobre este particular, la Relatoría expresa la necesidad de que existan
reglas que definan con claridad y precisión los mecanismos por los cuales las
autoridades del gobierno deben relacionarse con los medios de comunicación. La
falta de transparencia y claridad, y los conflictos de intereses entre
funcionarios públicos y empresarios puede limitar la Libertad de Expresión
frente a la posibilidad de que funcionarios del gobierno y empresarios
intenten influir sobre el contenido de los programas de radio, televisión o
prensa escrita, con el objetivo de perjudicar o favorecer a líderes políticos,
autoridades gubernamentales u otras personas, a cambio de beneficios directos
o indirectos para algunas empresas.
16. Los funcionarios públicos
deben abstenerse de influir directa o indirectamente sobre las decisiones de
los empresarios de los medios de comunicación. Por ejemplo, la Relatoría ha
tenido la oportunidad de expresarse sobre la limitación de la Libertad de
Expresión a nivel hemisférico que implica la utilización de fondos públicos
para favorecer o perjudicar algunos medios de comunicación, o el otorgamiento
de concesiones para explotar comercialmente estaciones de radio o de
televisión, a cambio de manipular la información en favor de las autoridades.
Asimismo, la Relatoría recibió información sobre la práctica de presiones a
empresarios para perjudicar a los medios de comunicación, mediante la
disminución de pautas comerciales. Específicamente se mencionó en reiteradas
oportunidades el caso de la revista Crónica, que vió disminuir los ingresos
por publicidad drásticamente. La revista Crónica finalmente fue vendida y su
contenido cambio considerablemente hacia una posición menos crítica hacia las
anteriores autoridades. Estas prácticas son contrarias al artículo 13 de la
Convención Americana de Derechos Humanos y acarrean la responsabilidad del
Estado.
17. En este contexto, el cierre del programa de televisión
T-Mas de Noche, único programa con contenidos críticos al gobierno, en una
posible situación de monopolio de hecho en los canales de televisión abierta,
sumado a denuncias de posibles conflictos de intereses entre funcionarios del
gobierno y empresarios de los medios, crea una situación que no es favorable
al pleno desarrollo de la libertad de expresión. El Presidente Alfonso
Portillo Cabrera expresó su voluntad de buscar mecanismos que permitan
solucionar estos problemas. El ofrecimiento público de un espacio en un canal
de televisión del Estado representa una muestra de la buena voluntad del
Presidente. Sin embargo, la Relatoría considera que se deben buscar mecanismos
institucionales que permitan evitar en el futuro la repetición de estos
problemas, y que no dependa de la buena voluntad de un funcionario público.
18. La preocupación principal de la Relatoría es la información recibida en
prácticamente todas las reuniones, sobre la existencia de un monopolio de
hecho sobre los canales de televisión abierta 3, 7, 11 y 13, que estaría
afectando seriamente la libertad de expresión y el derecho de información de
todos los guatemaltecos.
19. De acuerdo a la información recibida,
la actual estructura de propiedad de los medios de comunicación, especialmente
radio y televisión, responde a un conjunto de leyes y prácticas en ejercicio
durante las ultimas dos décadas.
20. Sobre este particular, la
Relatoría desea expresar que la existencia de prácticas monopólicas en los
medios de comunicación tanto en el ámbito de la televisión como también de la
radio o la prensa escrita, no es compatible con el libre ejercicio del derecho
a la libertad de expresión en una sociedad democrática. Es deber de los
Estados garantizar igualdad de oportunidades para acceder a las concesiones de
frecuencias de radio y televisión. Al respecto la Corte Interamericana ha
establecido: "Son los medios de comunicación social los que sirven para
materializar el ejercicio de la libertad de expresión, de tal modo que sus
condiciones de funcionamiento, deben adecuarse a los requerimientos de esa
libertad. Para ello es indispensable, inter alia, la pluralidad de medios, la
prohibición de todo monopolio respecto de ellos, cualquiera sea la forma que
pretenda adoptar, y la garantía de protección a la libertad e independencia de
los periodistas."
21. Asimismo, la Corte ha señalado que "en
los términos amplios de la convención, la libertad de expresión se puede ver
también afectada sin la intervención directa de la acción estatal. Tal
supuesto pudiera llegar a configurarse, por ejemplo, cuando por efecto de la
existencia de monopolio u oligopolios en la propiedad de los medios de
comunicación, se establecen en la práctica medios encaminados a impedir la
comunicación y la circulación de ideas y opiniones"
22. Esta obligación del Estado se hace más evidente en el actual contexto de
consolidación democrática e implementación de los Acuerdos de Paz que vive
Guatemala. Tales Acuerdos caracterizan a este país como una nación
multiétnica, pluricultural y multilingüe y propician la inclusión y
participación de aquellos sectores mayoritarios de la población
tradicionalmente vulnerables y excluidos como son los pueblos indígenas, los
campesinos, las mujeres y la juventud. Por lo tanto, resulta altamente
recomendable que los criterios y regulaciones de acceso y participación tanto
a la concesión como al uso de los medios de expresión promovidos por el Estado
contemplen, entre otros, estas características particulares de Guatemala.
23. El Relator Especial ha recomendado al Gobierno del Presidente Alfonso
Portillo Cabrera revisar la legislación y prácticas actuales en relación con
las concesiones de radio y televisión y someter al Congreso iniciativas de
leyes para corregir las prácticas monopólicas que afectan el derecho de libre
expresión; como ocurre en la actualidad.
24. Otra de las
principales preocupaciones expresadas por periodistas independientes y
representantes de organismos de la sociedad civil es la utilización de algunos
medios de comunicación como instrumentos para defender intereses personales
y/o económicos, sin comprometerse con la verdad y en perjuicio del derecho a
la información del pueblo guatemalteco. En este aspecto y frente a la seriedad
que merecen estas acusaciones, la Relatoría recuerda a todas aquellas personas
relacionadas con los medios de comunicación que la credibilidad esta ligada al
compromiso con la verdad, imparcialidad y equidad. Cuando los intereses
económicos o personales, influencian indebidamente a la información, se
perjudica a toda la sociedad y se pone en peligro la consolidación del sistema
democrático.
25. La Relatoría quiere expresar que las
concesiones de radio y televisión deben considerar criterios democráticos que
garanticen una igualdad de oportunidades en el acceso a los mismos para todos
los sectores que conforman la sociedad guatemalteca. Las subastas que
contemplen criterios únicamente económicos, o que otorguen las concesiones sin
una oportunidad equitativa para todos los sectores, son incompatibles con la
democracia participativa y con el derecho a la libertad de expresión e
información garantizado en la Convención Americana de Derechos Humanos.
26. Sobre este particular, la Relatoría quiere recordar a las autoridades la
obligación de cumplir con los Acuerdos de Paz, especialmente en relación al
Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas. En dichos
acuerdos se establece que el Gobierno deberá realizar las siguientes medidas:
a) Abrir espacios en los medios de comunicación oficiales para la divulgación
de las expresiones culturales indígenas y propiciar similar apertura en los
medios privados;
b) Promover ante el Congreso de la República las
reformas que sean necesarias en la actual Ley de Radiocomunicaciones con el
objetivo de facilitar frecuencias para proyectos indígenas y asegurar la
observancia del principio de no discriminación en el uso de los medios de
comunicación. Promover asimismo la derogación de toda disposición del
ordenamiento jurídico que obstaculice el derecho de los pueblos indígenas a
disponer de medios de comunicación para el desarrollo de su identidad; y
c)Reglamentar y apoyar un sistema de programas informativos, científicos,
artísticos y educativos de las culturas indígenas en sus idiomas, por medio de
la radio, la televisión y los medios escritos nacionales.
27.
De acuerdo a la información recibida estas reformas aun no se han realizado.
El no cumplimiento con esta disposición limita seriamente la libertad de
expresión. La Relatoría recomienda al Gobierno de Guatemala que se considere
suspender la entrega de concesiones de radiodifusión hasta que no se de debido
cumplimiento a las disposiciones pertinentes de los Acuerdos de Paz.
28. El Presidente Alfonso Portillo Cabrera expresó a la Relatoría su voluntad
de enviar proyectos de ley al Congreso para garantizar un cumplimiento eficaz
del derecho de acceso a la información y habeas data. La Relatoría celebra
esta iniciativa ya que el derecho de acceso a la información y habeas data son
aspectos fundamentales para el fortalecimiento de una sociedad democrática y
una amplia libertad de expresión e información.
29. Sobre
este particular, la Relatoría desea expresar lo siguiente:
30.
El derecho de acceso a la información en poder del Estado es uno de los
fundamentos de la democracia representativa. En un sistema representativo los
funcionarios son responsables frente a la ciudadanía que confió en ellos su
representación política y la facultad de decidir sobre los asuntos públicos.
El titular de la información es el individuo que delegó en los representantes
el manejo de los asuntos públicos. Asimismo, la información que el Estado
utiliza y produce se logra con fondos que provienen de los impuestos que pagan
los ciudadanos.
31. Contar con procedimientos que garanticen el
acceso a la información en poder del Estado contribuye al control de la
gestión estatal y es uno de los mecanismos más eficaces para combatir la
corrupción. La ausencia de control efectivo "implica una actividad reñida con
la esencia del Estado democrático y deja la puerta abierta para transgresiones
y abusos inaceptables". Garantizar el acceso a la información en poder del
Estado contribuye a aumentar la transparencia de los actos de gobierno y la
consecuente disminución de la corrupción en la gestión estatal.
32. Es importante destacar también que a pesar de que el derecho de acceso a
la información en poder del Estado es un derecho fundamental de los
individuos, su ejercicio no es absoluto. Así, el artículo 13.2 de la
Convención Americana prevé ciertas restricciones. El principio general de la
publicidad de la información en poder del Estado admite limitaciones cuando
existe un interés que determina la necesidad de la reserva de la información.
Estas restricciones son limitadas y deben estar expresamente previstas por la
legislación.
33. Un aspecto importante del derecho a la
información es la acción de habeas data. Mediante este procedimiento se
garantiza a toda persona a acceder a información sobre sí misma o sus bienes
contenida en bases de datos o registros públicos o privados y, en el supuesto
de que fuera necesario, actualizarla o rectificarla. Esta acción adquiere una
importancia aún mayor con el avance de nuevas tecnologías. Con la expansión en
el uso de la computación e Internet, tanto el Estado como el sector privado
tienen a su disposición en forma rápida una gran cantidad de información sobre
las personas. Paralelamente, la cantidad y velocidad en las comunicaciones,
hace más importante la existencia de canales concretos de acceso rápido a la
información para modificar información incorrecta o desactualizada contenida
en los bancos de datos electrónicos.
34. Además del
reconocimiento del derecho de acceso a la información y del habeas data, es
fundamental que se disponga de un procedimiento rápido y eficaz para que este
derecho sea ejercido en su plenitud. Deben eliminarse las trabas
administrativas que en muchos Estados obstaculizan la obtención de la
información y deben implementarse sistemas de solicitud de información de
fácil acceso, simples y de bajo costo para el solicitante. De lo contrario, se
consagraría formalmente una acción que en la práctica no contribuye a
facilitar el acceso a la información.
35. Dentro de este
análisis provisorio sobre la libertad de expresión en Guatemala, la Relatoría
no puede dejar de mencionar que la pobreza y la marginación social en que
viven amplios sectores de la población, afecta la libertad de expresión, toda
vez que esas voces se encuentran postergadas; con difícil acceso al debate
amplio de ideas y opiniones, y limitadas para acceder a la información
necesaria para lograr desarrollarse equitativamente dentro de una sociedad
democrática.
36. De igual manera, la discriminación de la
mujer y los pueblos indígenas atenta contra la libertad de expresión; su
marginación de los espacios públicos de discusión implica privar a la sociedad
de escuchar a sectores mayoritarios de la población. La libertad de expresión
de los individuos encuentra en los medios de comunicación masiva y en la
participación política activa a un mecanismo para lograr que las fuertes
desigualdades en que se encuentran numerosos sectores de la población tengan
un espacio que facilite la búsqueda de soluciones dentro de un contexto
democrático.
37. Asimismo, la Relatoría quiere expresar a los
empresarios de los medios de comunicación la importancia de que se contemplen
políticas que mejoren las condiciones de los periodistas. Estos, son el primer
y principal eslabón en la cadena de las comunicaciones. Las condiciones
laborales inadecuadas son un impedimento a sus funciones, que repercute
negativamente en el derecho a la libertad de expresión e información de todos
los ciudadanos guatemaltecos. Específicamente la Relatoría quiere mencionar la
obligación constitucional de proveer a los periodistas de un seguro de vida.
Finalmente, la Relatoría con el ánimo de cooperación que han expresado las
autoridades, desea hacer las siguientes recomendaciones preliminares:
1.
Que se investigue a profundidad la posible existencia de un monopolio de hecho
en los canales de televisión abierta, y se implementen mecanismos que permitan
una mayor pluralidad en la concesión de los mismos.
2. Que se
implementen reglas claras para evitar conflictos de interés entre funcionarios
gubernamentales y los medios de comunicación.
3. Que se considere
suspender las subastas de frecuencias de radiodifusión hasta que se
implementen los Acuerdos de Paz sobre Identidad y Derechos de los Pueblos
Indígenas. (H. Medios de comunicación masiva).
4. Que se
revisen las reglamentaciones sobre concesiones de televisión y radiodifusión
para que se incorporen criterios democráticos que garanticen una igualdad de
oportunidades en el acceso a los mismos.
5. Que los proyectos sobre
acceso a la información y Habeas Data que el Sr. Presidente se comprometió a
impulsar contemplen las recomendaciones y sugerencias de la sociedad civil.
6. Que se efectúen campañas de promoción y capacitación sobre el derecho a la
libertad de expresión.
38. El Relator para la Libertad de
Expresión, continuará observando e informando sobre el Estado de la libertad
de expresión en el Estado guatemalteco, y colaborará para buscar mecanismos
que promuevan la plena vigencia de ese derecho de acuerdo a los estándares
internacionales.
Santiago A. Canton
Relator Especial para la
Libertad de Expresión
Washington, D.C., 18 de abril de 2000