EL RELATOR ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESION EXPRESA SU CONDENA POR LA DETENCION DE UNA PERIODISTA EN JUICIO POR DIFAMACIÓN EN CHIHUAHUA, MEXICO
El Relator Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, Eduardo Bertoni, condenó la detención de la periodista Maria Isabel Arvide Limón. El 4 de marzo de 2003 agentes del Estado de Chihuaha aprehendieron a la periodista Arvide Limón en virtud de una orden librada por el Juez Octavio Rodríguez Gaytan del Juzgado Segundo de lo Penal en el distrito judicial Morelos, con sede en Aquiles Serdan, Chihuahua. La orden de detención se produjo como consecuencia de una acción criminal por difamación iniciada en contra de la periodista por el titular de la Procuraduría de Chihuahua, Jesús José Solís Silva. Según lo informado a la Relatoría, la periodista Isabel Arvide se encontraba en la ciudad de Chihuahua presentándose ante el juez Octavio Rodríguez, debido a que se encuentra en libertad bajo fianza desde el pasado 17 de agosto por otra demanda de difamación interpuesta por Osvaldo Rodríguez Borunda. Desde hace ocho años, Isabel Arvide ha denunciado en diversos medios y foros la situación de corrupción y el presunto involucramiento de corporaciones y agentes policiales con el narcotráfico en el estado de Chihuahua. Según información recibida, la periodista quedó en libertad en la tarde del 5 de marzo, luego de pagar una fianza.
El Relator Especial para la Libertad de Expresión recuerda lo establecido en los Principios 10 y 11 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión al señalar que:
10. “...La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas.
11. Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como “leyes de desacato” atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información.
En numerosas oportunidades el Relator para la Libertad de Expresión ha expresado que “tanto las leyes de desacato como aquellas leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios, públicos proporcionan un mayor nivel de protección a estos que a los ciudadanos privados. Ello se contradice con el principio fundamental de un sistema democrático, que sujeta al gobierno a controles, como el escrutinio público, para impedir y fiscalizar el abuso de sus poderes coercitivos.” En este sentido Bertoni agregó: “Este accionar por parte de las autoridades es grave ya que produce un efecto amedrentador sobre todas las personas que quieran ejercer su derecho a expresarse libremente.”
Relatoría Especial para la Libertad de
Expresión
6 de marzo de 2003
Washington, D.C.