Libertad de Expresión

Comunicado de Prensa R 45/14

COMUNICADO DE PRENSA

R 45/14

RELATORÍA ESPECIAL PRESENTA SU INFORME ANUAL 2013

Washington, D.C., 24 de abril de 2014. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó el 23 de abril de 2014, ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos de la Organización de los Estados Americanos (OEA) su Informe Anual 2013, en el cual se incluye el Informe Anual 2013 de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.

En su Informe la Relatoría Especial resalta los avances más importantes alcanzados en la región en 2013 en materia de libertad de expresión y pone de presente los desafíos existentes en la materia. En cuanto a los avances, la Relatoría Especial manifiesta su satisfacción por la incorporación de estándares del sistema interamericano sobre acceso a la información en el derecho interno de algunos Estados, bien mediante la expedición de leyes especiales de acceso a la información, o a través de decisiones de algunos tribunales nacionales, así como el impulso de las investigaciones y procesos judiciales que han logrado esclarecer la responsabilidad de crímenes cometidos contra periodistas en años previos. El Informe de la Relatoría Especial señala también los avances en materia judicial o legislativa, como la derogatoria de leyes de desacato o de disposiciones penales que permitían enjuiciar a periodistas por la publicación de información de interés público que pudiere ofender a las autoridades.

En particular, la Relatoría Especial llama la atención sobre la violencia contra las y los periodistas asociada al ejercicio de su profesión. Durante el 2013, al menos 18 personas fueron asesinadas en la región por motivos que podrían estar relacionados con el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. A estos lamentables hechos se sumaron cientos de denuncias sobre actos de violencia, agresión, amenaza e intimidación contra comunicadores y medios de comunicación como represalia por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. En la mayoría de los casos, los actos de violencia contra las y los periodistas se produjeron luego de que estos reportaran hechos vinculados con el crimen organizado o con fenómenos de corrupción política o policial. Estos hechos de violencia han generado un aumento sensible en la autocensura de medios y periodistas como mecanismo para proteger su vida e integridad, y sin embargo, salvo algunas excepciones reportadas, no se han visto acompañados de medidas destinadas a reforzar su prevención o a impedir la impunidad de los crímenes cometidos.

A este respecto la Relatoría Especial recomienda a los Estados adoptar mecanismos de prevención adecuados para evitar la violencia contra las y los comunicadores, incluyendo la condena pública a todo acto de agresión; la adopción de medidas necesarias para garantizar la seguridad de quienes se encuentran sometidos a un riesgo especial por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión; la realización de investigaciones diligentes, imparciales y efectivas sobre los asesinatos, agresiones, amenazas y actos de intimidación cometidos contra periodistas y trabajadores y trabajadoras de los medios de comunicación; el juzgamiento y la condena a todos los responsables de estos hechos; y la eliminación de las barreras de género que obstaculizan el acceso a la justicia, entre otras medidas.

Asimismo, el Informe de la Relatoría Especial pone de presente con preocupación la forma en que algunas autoridades estatales reaccionaron frente a las protestas sociales ocurridas en las Américas en el año 2013. En particular, el informe da cuenta de decenas de detenciones, amenazas y agresiones que habrían sido cometidas contra periodistas, comunicadores, manifestantes y usuarios de redes sociales que reportaban sobre las protestas.

En este sentido, la Relatoría Especial observa en su Informe que resulta necesario que los Estados diseñen marcos regulatorios que respeten el ejercicio de la protesta social. Los Estados no deben dejar de tomar en cuenta que cuando se está frente a marcos institucionales que no favorecen la participación, o frente a serias barreras de acceso a formas más tradicionales de comunicación de masas, la protesta pública puede convertirse en el único medio que realmente permite que sectores discriminados o marginados del debate público puedan lograr que su punto de vista resulte escuchado y valorado. De igual forma, las autoridades deben otorgar a los y las periodistas el máximo grado de garantías para que cumplan su función en el marco de una manifestación pública. Deben garantizar que los y las periodistas no sean detenidos (as), amenazados (as) ni agredidos (as) y que sus derechos no sean restringidos en ninguna forma por estar ejerciendo su profesión. El Estado no debe prohibir ni criminalizar las trasmisiones en directo de los hechos y debe abstenerse de imponer medidas que regulen o limiten la libre circulación de información. Los y las periodistas no deben ser citados (as) como testigos por los órganos de Justicia y las autoridades deben respetar el derecho a la reserva de sus fuentes de información. Igualmente, sus materiales y herramientas de trabajo no deben ser destruidos ni confiscados. También es de especial importancia en estos contextos que las autoridades cuenten con protocolos especiales para proteger a la prensa en circunstancias de conflictividad social e instruyan a las fuerzas de seguridad sobre el rol de la prensa en una sociedad democrática.

La Relatoría Especial ha constatado con preocupación la existencia de normas penales que continúan sin adecuarse a los estándares interamericanos en materia de protección a la libertad de expresión y que permiten la imposición de medidas desproporcionadas que pueden tener un efecto silenciador incompatible con una sociedad democrática. En el mismo sentido, la Relatoría Especial recibió información en cuanto a la necesidad de adecuar las normas en materia civil para evitar el uso desproporcionado de las sanciones pecuniarias al margen de la aplicación del principio de la real malicia.

Al aumento de los procesos contra periodistas se suma, en algunos Estados de la región, un preocupante clima de polarización que ha conducido a estigmatizar tanto a periodistas críticos como a medios de comunicación por parte de altos funcionarios públicos. Resulta particularmente preocupante para la Relatoría que, en algunos de estos casos, a tales declaraciones les hayan seguido actos violentos o la apertura de procedimientos penales y disciplinarios que amenazarían con el retiro de las concesiones, permisos o licencias de funcionamiento de los medios críticos. Como lo pone de presente la Relatoría Especial, en aquellos lugares en los cuales existe una alta polarización política o social este tipo de discursos estigmatizantes pueden conducir a un aumento en el nivel de riesgo de las y los comunicadores. Sobre este asunto, la Relatoría Especial en su Informe, exhorta a las autoridades estatales a contribuir decisivamente con la construcción de un clima de tolerancia y respeto en el cual todas las personas puedan expresar su pensamiento y opiniones sin miedo a ser agredidas, sancionadas o estigmatizadas por ello.

En el Informe, la Relatoría Especial se refiere también a la existencia de algunas propuestas de regulación de Internet que no toman en cuenta las características especiales de esta tecnología y, como resultado, podrían restringir de manera indebida la libertad de expresión. Como se indica en el Informe, al diseñar cualquier medida que impacte sobre el uso de Internet se debe ponderar el efecto que dicha restricción podría tener en la capacidad de la red para garantizar y promover la libertad de expresión.

La Relatoría Especial, en su Informe expresa su preocupación por la existencia de programas y prácticas de vigilancia y seguridad que puedan generar un perjuicio serio a los derechos universales a la intimidad y a la libertad de pensamiento y expresión. En consecuencia, insta a las autoridades correspondientes a que revisen la legislación pertinente y modifiquen sus prácticas, con la finalidad de asegurar su adecuación a los principios internacionales en materia de derechos humanos.

En el Informe, la Relatoría Especial se refiere también a otros fenómenos de marcada importancia para la libertad de expresión, como la necesidad de legislar en materia de radiodifusión comunitaria, de manera que se destine una parte equitativa del espectro y del dividendo digital a las radios y canales comunitarios. Al asignar estas frecuencias deben tomarse en cuenta criterios democráticos que garanticen la igualdad de oportunidades de todos los individuos en el acceso y en la operación de estos medios en condiciones de equidad, sin restricciones desproporcionadas o irrazonables. La Relatoría también menciona otros asuntos de notable importancia como la necesidad de regular mecanismos que pueden ser utilizados como medios de censura indirecta – como la asignación de publicidad oficial –; la importancia de proferir leyes de acceso a la información y de adoptar mecanismos adecuados de implementación de las leyes existentes; y la necesidad de que la autoridad competente en materia de radiodifusión en los Estados miembros sea un órgano técnico independiente, entre otros.

La Relatoría Especial agradece a los Estados, a las organizaciones de la sociedad civil, y a las y los comunicadores y periodistas su colaboración en la realización del Informe y en general, en el cumplimiento del mandato asignado a la oficina.

El Informe Anual 2013 de la Relatoría Especial está disponible en el siguiente enlace: http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/informes/2014_04_22_IA_2013_ESP_FINAL_WEB.pdf

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.