CIDH condena ejecuciones extrajudiciales de hombres jóvenes en situación de pobreza en Venezuela

29 de enero de 2022

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Washington D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena las ejecuciones extrajudiciales de hombres jóvenes en situación de pobreza en Venezuela, y hace un llamado al Estado a observar los estándares internacionales sobre el uso de la fuerza, así como a investigar, juzgar y sancionar la práctica sistemática de esta grave violación de derechos humanos.

Conforme a información pública, en la primera quincena del 2022, agentes de seguridad del Estado estuvieron involucrados en al menos 27 asesinatos, – patrones y números que coinciden con los registrados por la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela y la Organización de Estados Americanos. En estos casos, ocurridos en el marco de operativos de seguridad ciudadana, el 80% de las víctimas tenían menos de 25 años, 99% eran hombres en situación de pobreza y en un 80% de los casos hubo algún tipo de amenaza o intimidación contra los denunciantes. La CIDH observa que estas muertes podrían configurar ejecuciones extrajudiciales, conforme a estándares interamericanos. Adicionalmente, encuentra preocupante que el Estado venezolano presente gran parte de estas muertes violentas como incidentes de "resistencia a la autoridad".

Al respecto, la CIDH reitera que la seguridad ciudadana no puede basarse en un paradigma de uso de la fuerza que apunte a tratar a la población civil como el enemigo, sino que debe consistir en la protección de las personas. Asimismo, resalta que el empleo de razonamientos estereotipados por parte de fuerzas de seguridad puede dar lugar a actuaciones discriminatorias que afecten derechos. En consecuencia, los Estados no pueden permitir que agentes de seguridad fomenten prácticas que reproduzcan el estigma de que jóvenes en situación de pobreza están necesariamente vinculados a la delincuencia.

Por último, la CIDH recuerda que, en casos relacionados con ejecuciones, el Estado tiene el deber de iniciar automáticamente y sin dilación, una investigación seria, imparcial y efectiva. En esta misma línea, la investigación debe ser realizada a través de todos los medios legales disponibles para la determinación de la verdad y el enjuiciamiento y sanción de todos los responsables materiales e intelectuales de los hechos, especialmente cuando están o puedan estar involucrados agentes estatales.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 021/22

11:17 AM