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Comunicado de Prensa

CIDH saluda el Desarrollo de la Encuesta sobre Discriminación por motivos de Orientación Sexual e Identidad de Género realizada por México

23 de abril de 2018

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Washington, D.C. –La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la iniciativa del Estado de México que dispone el desarrollo de la “Encuesta sobre Discriminación por motivos de Orientación Sexual e Identidad de Género (ENDOSIG)”. La CIDH evalúa positivamente esta iniciativa, como un paso esencial para la formulación e implementación de políticas públicas con enfoque de derechos humanos en materia de protección de los derechos de las personas LGBTI.

Según la información recibida por la CIDH, la encuesta desarrollada por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación  (CONAPRED) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) busca recopilar opiniones, percepciones y datos sobre las experiencias de discriminación, exclusión y violencia que enfrentan las personas LGBTI en México. La encuesta de opinión que es anónima y virtual, procura conocer las expresiones y experiencias de las personas LGBTI a fin de identificar las causas e impactos de la violencia y la discriminación a las que se encuentran expuestas.  

El Estado mexicano informó que la información cualitativa y cuantitativa recopilada por esta encuesta será analizada con el objetivo de formular propuestas de políticas públicas de inclusión y antidiscriminación que puedan ser diseñadas e implementadas por el Estado. En este sentido, la Comisión Interamericana subraya que la producción de información y estadísticas desagregadas constituye una herramienta indispensable para evaluar la efectividad y determinar la necesidad de realizar modificaciones en las medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las personas LGBTI, así como para identificar vacíos que requieren de la adopción de políticas públicas para la protección integral de estas personas.

La Comisión considera importante que los sistemas de recopilación de información recojan datos con el fin de que los Estados puedan comprender las causas subyacentes de la violencia contra las personas LGBTI, así como los grupos en situación acentuada de riesgo al interior de esta población. Los datos recopilados deben incluir información sobre patrones de discriminación en las víctimas LGBTI, tales como: dificultades de acceso al derecho a la educación; barreras al acceso al mercado laboral formal; falta de acceso a la vivienda adecuada; la reiteración de los lugares donde los actos de violencia o discriminación tomaron lugar; y la ocupación o trabajo de la víctima.

La Comisión Interamericana saluda esta iniciativa de México y hace un llamado a todos los Estados de América a desarrollar mecanismos de recopilación de información sobre la realidad de las personas LGBTI, y las violaciones de derechos humanos que enfrentan. La CIDH subraya la importancia de que todos los Estados de la región implementen este tipo de encuestas.

En ese sentido, la CIDH se pone a disposición de los Estados de la región, en el marco de sus funciones y su mandato, a fin de ofrecer la asistencia técnica necesaria para fortalecer los esfuerzos que se realicen en el desarrollo de sistemas de información y formulación de políticas públicas para la promoción y protección de los derechos humanos. Al respecto, en esta oportunidad la CIDH está explorando posibilidades de cooperación técnica con la CONAPRED para brindar asistencia en el desarrollo de las propuestas de políticas públicas de promoción y protección de los derechos de las personas LGBTI que se diseñen e implementen en función de los resultados de la encuesta.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 087/18