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Comunicado de Prensa

A dos años de instalación del MESENI, la CIDH recuerda obligaciones de derechos humanos pendientes en Nicaragua

23 de junio de 2020

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Washington D.C.- En el contexto de la crisis de derechos humanos iniciada el 18 abril de 2018, y a dos años de la instalación del Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recuerda al Estado de Nicaragua sus obligaciones para la superación de la crisis de derechos humanos que persiste hasta la fecha.

El 24 de junio de 2018 la Comisión instaló el MESENI  por invitación del Estado de Nicaragua, con el fin de monitorear la situación de los derechos humanos en el país y dar seguimiento a las recomendaciones realizadas por la CIDH en las Observaciones Preliminares de su visita y en el Informe “Graves violaciones a los derechos humanos en el contexto de las protestas sociales en Nicaragua”. Asimismo, el MESENI da seguimiento a las recomendaciones emitidas posteriormente en el Informe Final del GIEI Nicaragua (2018) así como en los informes anuales de la Comisión de 2018 y 2019, y en el informe Migración Forzada de Nicaragüenses a Costa Rica (2019); así como al cumplimiento de las medidas cautelares otorgadas por la CIDH en este contexto para las personas con grave riesgo a su vida o integridad física. Ninguna de las recomendaciones contenidas en los informes referidos ni en el marco de las medidas cautelares se ha cumplido hasta la fecha por parte del Estado de Nicaragua y la Comisión observa que tampoco se han dado pasos en ese sentido.

El 19 de diciembre de 2018, después de seis meses de funcionamiento en terreno, el Estado de Nicaragua decidió “suspender temporalmente” la presencia de la CIDH en el país. Desde entonces, y a dos años de su instalación, el MESENI ha continuado las labores de monitoreo y seguimiento de las recomendaciones realizadas al Estado, desde la sede de la Comisión, en Washington D.C., para lo cual ha mantenido contacto cotidiano con las organizaciones de la sociedad civil que permanecen en Nicaragua, las que se encuentran en el exilio, con las víctimas y con sus familiares.

La Comisión reitera que la apertura al escrutinio internacional es una condición favorable para la garantía de la democracia y el Estado de Derecho. En este sentido, exhorta al Estado a facilitar las visitas al país de la CIDH y su MESENI así como de otros organismos internacionales, como OACNUDH.

Obligaciones de Derechos Humanos pendientes 

Según los datos recopilados por MESENI, la respuesta violenta del Estado a las protestas sociales iniciadas el 18 de abril de 2018, ejecutada bajo diferentes modalidades o etapas de represión, ha resultado en la muerte de 328 personas, entre ellas, 21 policías y 24 niñas, niños y adolescentes; cerca de 2 mil heridas; más de 770 personas fueron privadas de la libertad; y cientos de despidos arbitrarios de profesionales de la salud que aún persisten. Según datos registrados por el ACNUR, más de 100 mil personas se habrían visto obligadas a huir desde Nicaragua a países vecinos; más de 90 periodistas y personas trabajadoras de medios forzadas al exilio. Asimismo, desde abril de 2018, la CIDH ha solicitado al Gobierno de Nicaragua la adopción de 85 medidas cautelares para la protección de más de doscientas personas y sus círculos familiares frente al inminente riesgo de daños irreparables a su integridad y vida. Asimismo, actualmente se analizan 152 peticiones en las que se alega la violación de derechos humanos por parte del Estado de Nicaragua, en el contexto de la crisis; 33 de ellas están siendo objeto de examen de admisibilidad.

Por su parte, el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), instalado por la Comisión en julio de 2018 con el fin de coadyuvar en las investigaciones de las muertes ocurridas en el contexto de los hechos violentos en el país, concluyó la realización de conductas en el contexto de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil que, de acuerdo con el derecho internacional, deben considerarse crímenes de lesa humanidad, tales como la encarcelación u otra privación de la libertad física, persecución, violación y tortura.

Bajo este contexto, la CIDH ha denunciado, en los últimos meses, la consolidación de una quinta etapa de la represión estatal en el país ( CP. 80/2020), caracterizada por la intensificación de actos de vigilancia, hostigamiento y represión selectiva contra personas consideradas como opositoras al Gobierno, así como hechos de violencia en zonas rurales y contra comunidades de pueblos indígenas. En dicho contexto, la Comisión también advirtió que persiste el quebrantamiento del principio de separación de poderes y el debilitamiento de las instituciones democráticas en Nicaragua, a través de la concentración del poder en el Ejecutivo, la falta de independencia del Poder Judicial y del Ministerio Público, entre otras.

Asimismo, a través del MESENI, la Comisión ha denunciado la prolongación del estado de excepción de facto en el país, en el que se mantienen suspendidos o severamente limitados derechos como la libertad de expresión, el derecho de reunión y asociación, a la defensa de derechos humanos, y a participar en la dirección de los asuntos públicos. En particular, desde el 2018 el Estado mantiene una estrategia para impedir e inhibir cualquier manifestación contraria al Gobierno. Además, persiste la práctica regular de detenciones con fines intimidatorios y acusaciones penales arbitrarias e ilegales en contra personas opositoras, que a la fecha mantiene a más de 80 personas privadas de libertad.

Por otra parte, en el contexto de la crisis de derechos humanos en Nicaragua, la CIDH ha expresado su preocupación por la falta de independencia entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, por ejemplo, respecto de la aprobación de los decretos de disolución forzada de nueve organizaciones defensoras de derechos humanos dictados como represalia a su trabajo por denunciar la grave situación del país. A la fecha, las nueve organizaciones de la sociedad civil afectadas desde diciembre de 2018 por la cancelación de su personería jurídica no han sido restituidas y sus bienes, archivos y expedientes respecto casos documentados de violaciones a los derechos humanos tampoco han sido devueltos; lo que representa una amenaza latente para otras organizaciones y colectivos de víctimas que se mantienen trabajando en el país.

La Comisión reitera su preocupación por la situación de impunidad en la que permanecen las graves violaciones a los derechos humanos cometidas desde el 18 de abril de 2018, en particular, debido a la falta de independencia judicial y a la aprobación de un conjunto de leyes contrarias al derecho internacional, entre ellas, la Ley de Amnistía. Lo anterior, sumado a la narrativa oficial que desconoce la persistencia de la crisis de derechos humanos, ha puesto en evidencia la falta de voluntad para garantizar el acceso a la justicia, a la verdad y a una reparación adecuada.

Respecto de supuestos planes de reparación por parte del Gobierno de Nicaragua, la Comisión ha documentado que la implementación del Plan de Atención Integral a Víctimas y la instalación de las Comisiones de Reconciliación, Justicia y Paz no han dado cobertura a las víctimas de la represión estatal. Adicionalmente, el Mecanismo ha reportado actos de persecución en contra de las organizaciones de familiares de víctimas por medio de la vigilancia y asedio de sus miembros, así como por otros actos de violencia, como la profanación de las sepulturas de las personas asesinadas, por parte de grupos pro-gobierno.

 

Respecto la represión y la violencia contra los medios de comunicación, la CIDH y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión han manifestado su preocupación por la escalada de ataques a la prensa y sobre los indicios de una represión sistemática de los medios de comunicación, con periodistas silenciados, agredidos y amenazados de muerte. De acuerdo con la información recibida, las instalaciones del canal 100% Noticias, las oficinas del medio digital Confidencial y del programa televisivo “Esta Semana” y “Esta noche” siguen tomadas. El 27 de septiembre de 2019, la retención arbitraria del papel y otros insumos necesarios para la publicación de los periódicos, resultó en el cierre de “El Nuevo Diario”.

 

La Comisión hace presente que paralelamente al despliegue de la crisis de derechos humanos y las distintas etapas de la represión estatal, se ha denunciado la reactivación de un fenómeno de ejecución selectiva de campesinos, sobre todo en el norte del país, así como ataques a comunidades indígenas en las regiones autónomas de Nicaragua, las cuales han producido víctimas fatales y despojo de los bienes y territorios de las comunidades. Pese a que organizaciones defensoras y las propias víctimas han denunciado circunstanciadamente la participación o aquiescencia de agentes estatales en estos ataques, hasta ahora y pese a las recomendaciones de la CIDH, no se han adelantado procesos oportunos e imparciales que investiguen y establezcan responsabilidades en estos casos.

 

Por otra parte, según información publicada por ACNUR, a la fecha más de 100.000 personas se han desplazado desde Nicaragua, principalmente a Costa Rica y otros países de la región desde el inicio de la crisis de derechos humanos debido a la represión. Pese a que las autoridades estatales han publicitado la supuesta implementación de un plan de retorno seguro, no existe evidencia de la facilitación su retorno, en condiciones seguras. Adicionalmente, el MESENI ha reportado la situación de unas 500 personas nicaragüenses originarias en su mayoría de la costa Caribe del país que, en el contexto de la pandemia por COVID19 pretenden retornar al país, desde sus ocupaciones como trabajadoras en empresas que realizan cruceros o en diferentes islas caribeñas, sin que haya sido permitido por las autoridades nicaragüenses.

 

En el contexto de la pandemia del COVID-19, la CIDH ha expresado su preocupación por la situación de las personas privadas de libertad en Nicaragua debido al riesgo de contagio en que se encuentran, así como por la ausencia de información sobre protocolos y medidas de contención y prevención adoptadas por el Estado en los centros de detención. Al respecto, la CIDH reitera su llamado para garantizar la pronta excarcelación de las personas que permanecen detenidas arbitrariamente como represalia por su participación en las protestas sociales o por ser identificadas como opositoras. Asimismo, insta al Estado a cumplir con las recomendaciones formuladas en el marco de su Resolución 01/2020 “Pandemia y derechos humanos en las Américas” con el fin de proteger los derechos humanos de este grupo.

Resultados del MESENI

En estos dos años de funcionamiento, la CIDH, a través de su MESENI, ha recabado más de 1621 testimonios de víctimas de la represión en Nicaragua. Estos testimonios aportarán en la construcción y registro de la memoria histórica sobre lo ocurrido, lo que resultará esencial en el desarrollo de los procesos de verdad, justicia y reparación, demandados por la población nicaragüense.

Para ello, el MESENI se ha movilizado a diferentes países de la región, tales como Costa Rica, Panamá, Honduras y Estados Unidos con el fin de entrevistarse con las organizaciones de derechos humanos que huyeron del país y con víctimas. La información y testimonios recabados por el MESENI, han contribuido a relevar ante la comunidad internacional la grave situación de determinados grupos. Por ejemplo, el 20 de septiembre de 2019,  la Comisión presentó su Informe sobre “Migración Forzada de Personas Nicaragüenses a Costa Rica”  en el que documenta la situación de miles de personas nicaragüenses que han sido víctimas de migración forzada. Del mismo modo, la CIDH se encuentra finalizando un informe temático sobre la situación de personas privadas de libertad en Nicaragua que será publicado en los próximos meses. 

A partir de su trabajo de monitoreo y seguimiento de recomendaciones, la CIDH ha publicado en estos dos años de funcionamiento 81 comunicados de prensa, ha incluido un informe sobre la situación del país en los Capítulo IV.B de sus informes anuales de 2018 2019, de conformidad con su Reglamento, que dispone la inclusión dentro de dicho informe de la situación países en que existe un contexto generalizado y severo de violaciones a los derechos humanos, así como de deterioro de las instituciones democráticas. Asimismo, ha realizado 13 audiencias temáticas durante sus períodos de sesiones de las que sola ha participado presencialmente en una.

De igual modo, la CIDH, a través de su MESENI, ha enviado al Estado de Nicaragua solicitudes de información sobre la situación de las víctimas de violaciones a los derechos humanos en el contexto de la crisis. Hasta la fecha, las respuestas del Estado han sido selectivas en tanto presenta observaciones e información respecto de informes temáticos y audiencias públicas, omitiendo responder las solicitudes expresas de la CIDH sobre asuntos o situaciones específicas.  Tomando en cuenta que la información allegada hasta ahora por las autoridades es limitada e insuficiente, la Comisión llama al Estado de Nicaragua a ampliar su colaboración en la materia.

Asimismo, desde abril de 2018, la Comisión ha solicitado al Gobierno de Nicaragua la adopción de 85 medidas cautelares para la protección de más de doscientas personas y sus círculos familiares frente al inminente riesgo de daños irreparables a su integridad y vida. Tomando en cuenta la situación de extrema gravedad y urgencia de algunas personas beneficiarias, en el 2019, la CIDH presentó tres solicitudes de medidas provisionales a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que fueron otorgadas y de las cuales dos siguen vigentes a la fecha.  Estas son las medidas provisionales otorgadas a favor de los integrantes del CENIDH y CPDH, y las medidas provisionales mediante las cuales se amplía la protección a favor de los pobladores de la Comunidad Santa Clara en la Costa Caribe de Nicaragua. Asimismo, actualmente se analizan 152 peticiones en las que se alega la violación de derechos humanos por parte del Estado de Nicaragua, en el contexto de la crisis; 33 de ellas están siendo objeto de examen de admisibilidad.

Adicionalmente, la Comisión ha desarrollado un amplio programa de capacitaciones presenciales y virtuales sobre los mecanismos de protección del Sistema Interamericano y estándares interamericanos en materia de memoria, verdad y justicia dirigidos a colectivos integrados por las víctimas de las violaciones a derechos humanos y sus familiares, abogadas y abogados y, en general a las personas defensoras de derechos humanos en Nicaragua o en el exilio.  Desde el 18 de abril de 2018, la Comisión ha desarrollado un total de 31 capacitaciones con impacto directo en más de 640 personas.

Finalmente, la CIDH destaca la enorme relevancia que la sociedad civil nicaragüense ha tenido en el ejercicio de los mandatos de protección y promoción que convencionalmente ejerce la Comisión. El rigor y el compromiso de organizaciones y personas en Nicaragua, han permitido un monitoreo y seguimiento exhaustivo sobre la situación de derechos humanos en el país, así como el despliegue de los mecanismos de protección. A dos años de la instalación del MESENI, la CIDH destaca esta contribución histórica del pueblo nicaragüense que viene documentando, sin la cual, el ejercicio del mandato que los instrumentos interamericanos le confían, no sería posible.

La Comisión reconoce que, en el contexto de la grave crisis de derechos humanos y el profundo deterioro del Estado de Derecho en Nicaragua, los efectos de la pandemia por COVID-19 podrían resultar aún más gravosos para los derechos de la población nicaragüense. Por ello, reitera su compromiso para mantener el monitoreo, así como el seguimiento de las recomendaciones realizadas al Estado, y las acciones de protección, a través de las herramientas desplegadas y articuladas por el MESENI, tales como las labores diarias de levantamiento de información, las acciones comunicacionales, las audiencias públicas, los boletines mensuales, la toma de testimonios, así como capacitaciones y actividades para el fortalecimiento de la sociedad civil.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 146/20