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CIDH deplora muertes en incendio en centro de cumplimiento de adolescentes en Panamá
18 de enero de 2011
Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) deplora la muerte de cuatro adolescentes y las graves lesiones sufridas por varios de ellos en un incendio en el Centro de Cumplimiento para Menores en Tocumen, en la Provincia de Panamá. La CIDH hace un llamado urgente al Estado para que adopte las medidas necesarias a fin de investigar debidamente estos hechos y evitar su repetición.
Según la información recibida, el pasado 9 de enero en horas de la tarde se produjo un incendio en una de las celdas del Centro de Cumplimiento de Menores de Tocumen, en el que resultaron gravemente heridos siete adolescentes. Hasta el momento, han fallecido cuatro de ellos.
La Comisión Interamericana reitera que el Estado se encuentra en una posición especial de garante frente a los derechos de las personas privadas de libertad. Esto hace que el acto de reclusión implique un compromiso específico y material del Estado de garantizar la vida e integridad personal de los reclusos. El deber de garantizar implica que éste debe tomar todas las medidas necesarias para prevenir situaciones de riesgo que, como la presente, amenacen gravemente los derechos fundamentales de los detenidos. La Comisión Interamericana considera de suma preocupación la información aportada por distintas organizaciones, incluida la Defensoría del Pueblo de Panamá, según la cual los agentes encargados de la seguridad del Centro de Cumplimiento de Menores, en su accionar, no actuaron con la debida diligencia para salvaguardar la vida e integridad personal de los adolescentes.
La CIDH recuerda lo manifestado por la Corte Interamericana en el sentido de que en materia de derecho a la vida, cuando el Estado se encuentra en presencia de niños privados de libertad tiene además de las obligaciones señaladas para toda persona, una obligación adicional establecida en el artículo 19 de la Convención Americana. Por una parte, debe asumir su posición especial de garante con mayor cuidado y responsabilidad, y debe tomar medidas especiales orientadas en el principio del interés superior del menor.
Finalmente, la Comisión Interamericana reitera que el Estado tiene el deber de prevenir, investigar y sancionar las presuntas violaciones al derecho a la vida e integridad personal, en particular cuando los hechos ocurren en centros penales. En este sentido, la ausencia de una investigación seria, diligente e imparcial devendría en una situación de impunidad y favorecería la repetición de hechos similares.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 2/11