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Comunicado de Prensa

CIDH saluda inconstitucionalidad de la criminalización de relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo en Belice

22 de agosto de 2016

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Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la decisión de la Corte Suprema de Justicia de Belice de declarar inconstitucional la criminalización de las relaciones sexuales consentidas entre adultos del mismo sexo. Con esta decisión histórica, Belice se convierte en el segundo país del Caribe Anglófono en derogar las disposiciones legales que criminalizan las relaciones sexuales consentidas entre personas adultas del mismo sexo que se originan en la época colonial de Gran Bretaña.

Según la información recibida por la CIDH, el 10 de agosto de 2016 la Corte Suprema de Justicia de Belice dictaminó la incompatibilidad del artículo 53 del Código Penal con la Constitución del país. Mediante esta decisión, la más alta corte del país determinó que el artículo 53 del Código Penal, que establece que el “acceso carnal contra el orden natural” es un delito que se castiga con hasta 10 años de cárcel, es contrario a los mandatos de la Constitución, por vulnerar los derechos a la dignidad humana, intimidad, la libertad de expresión, no discriminación e igualdad ante la ley.

La Corte Suprema de Belice dictaminó que la mera existencia de esa disposición legal convierte en “criminales no arrestados” a las personas que mantienen relaciones sexuales consentidas con personas adultas del mismo sexo. Frente a esto, la Corte procedió a reducir el alcance del artículo 53 del Código Penal para excluir los actos sexuales entre personas adultas que tengan lugar en privado y con el consentimiento de quienes los realizan. Además, en el mismo dictamen la Corte afirmó que la definición de “sexo” contemplada en el artículo 16.3 de la Constitución de Belice incluye la “orientación sexual”, en consonancia con las obligaciones internacionales asumidas por el país.

El caso fue presentado por el activista y director ejecutivo del Movimiento Activista Unido de Belice (United Belize Advocacy Movement “UNIBAM”), Caleb Orozco, en julio de 2010. La Comisión resalta el liderazgo y trabajo realizado por las organizaciones de la sociedad civil, activistas y juristas involucradas/os en el proceso.

“Se trata de un hito en el reconocimiento y respeto de los derechos de las personas lesbianas, gay, bisexuales y trans (LGBT) en Belice y para la región del Caribe Anglófono”, afirmó Francisco Eguiguren Praeli, Primer Vicepresidente y Relator para Derechos de las Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex (LGBTI) de la CIDH. “La criminalización de las personas por vivir abiertamente en consonancia con su orientación sexual es incompatible con el derecho internacional de los derechos humanos, por lo que este dictamen es un paso fundamental para garantizar el respeto a los derechos humanos de todas las personas bajo la jurisdicción de Belice. Además, la criminalización envía un mensaje poderoso de intolerancia hacia las orientaciones sexuales diversas, sean estas reales o percibidas, lo cual crea sociedades que privilegian la heterosexualidad y replica patrones represivos hacia las personas que desafían las nociones tradicionalmente aceptadas del sexo, la sexualidad y el género”, indicó el Relator.

Por su parte, el Presidente de la CIDH y Relator para Belice, Comisionado James Cavallaro, agregó: “Con este paso Belice hace suya la bandera de velar por el respeto y promoción de los derechos de las personas LGBT, siendo un ejemplo para sus pares en el Caribe, ya que sin igualdad no alcanzaremos sociedades verdaderamente democráticas e inclusivas”.

La Comisión Interamericana acoge con beneplácito las recientes declaraciones del Primer Ministro de Belice Dean Barrow, quien ha expresado que el Gobierno de Belice no apelará la decisión de la Suprema Corte de Justicia sobre la inconstitucionalidad de la sección 53 del Código Penal, y que en consecuencia iniciarán una campaña pública de educación para contrarrestar ciertas informaciones imprecisas que han circulado  luego de la decisión del 10 de agosto de 2016.

En su informe “Violencia contra personas LGBTI en América”, la CIDH resaltó la incompatibilidad de las  disposiciones legales que criminalizan las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo con los principios de igualdad y no discriminación. También destacó la relación existente entre la vigencia de dichos marcos normativos y los altos índices de violencia  y discriminación hacia personas LGBT. En este sentido, la CIDH saluda esta iniciativa de Belice de velar por el respeto de los derechos de personas LGBT, e insta a los demás Estados de la región que tengan vigentes leyes que criminalizan el sexo consensual entre adultos del mismo sexo, a derogar estas disposiciones legales, y, mientras tanto, a imponer una moratoria explícita y formal sobre la aplicación de las mismas.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 119/16