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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Ginebra / Washington, DC - Anticipando el Día Internacional de la Visibilidad Bisexual, el día 23 de septiembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas urgen al fin de las violaciones de derechos contra personas bisexuales. La bisexualidad es la capacidad de atracción emocional, romántica y / o física hacía más de un sexo o género. Las personas bisexuales representan una parte importante de la comunidad LGBTI, sin embargo, todavía son excluidas la discusión sobre la orientación sexual, en la recopilación de datos, la investigación en salud y también dentro de sus propias comunidades. En el acrónimo "LGBTI", la "B" a menudo se eclipsa, lo que lleva a la invisibilidad de las personas bisexuales y a la negación de los detalles sobre su experiencia.
La existencia de personas bisexuales es constantemente cuestionada y a veces, incluso negada. A menudo, la bisexualidad es calificada de inválida, inmoral o irrelevante. La bifobia, una de las causas principales de la violencia, discriminación, pobreza y peores niveles de salud mental y física experimentada por las personas bisexuales; se ve alimentada por la falta de visibilidad a menudo presente en comunidades de orientación sexual o identidad de género diversas.
Según The National Intimate Partner and Sexual Violence Survey: 2010 Findings on Victimization by Sexual Orientation, La Secretaria Bisexual de ILGA, Movement Advancement Project, BiNet USA, Bisexual Resource Center, entre otros, han realizado investigaciones que revelan que las personas bisexuales sufren alarmantes tasas de violencia por sus parejas y otras formas de violencia doméstica, y violencia sexual. Las mujeres bisexuales corren un riesgo particular de violencia debido a la misoginia, el patriarcado y las desigualdades de género. Debido a la bifobia e invisibilidad, las personas bisexuales sufren tasas significativamente altas de depresión y ansiedad. Las personas bisexuales también enfrentan grandes disparidades en el acceso a la salud debido a la falta de información médica y adecuado cuidado preventivo en salud reproductiva y sexual.
La CIDH y los expertos en derechos humanos de la ONU señalan las dificultades, o reluctancia, para documentar la violencia contra las personas bisexuales. Algunos Estados niegan su existencia, lo que lleva a que actos de violencia y discriminación sean tolerados y perpetrados con impunidad. La ausencia de datos confiables recopilados sobre crímenes bifóbicos o la tendencia a categorizar estadísticamente la violencia y la discriminación contra las personas bisexuales como crímenes homofóbicos, hace que la bifobia continúe invisible, tanto para fines estadísticos, así como en cuanto a la violencia por prejuicios contra las personas bisexuales.
La CIDH y el Experto Independiente de la ONU instan a los Estados a recopilar datos desagregados sobre personas bisexuales, en estricto cumplimiento de las normas de derechos humanos, como una medida efectiva para prevenir, sancionar y erradicar la violencia y la discriminación contra estas personas. Estos datos deberían informar las acciones de los Estados y permitir la formulación de políticas que incluyan las necesidades de las personas bisexuales en su agenda y prever su inclusión social. Similarmente, informes e iniciativas emprendidas por las organizaciones LGBTI deben abordar la bifobia y resaltar la particular experiencia de las personas bisexuales que son diferentes a la homofobia y otras experiencias LGBTI en su sentido más amplio, para hacer que su realidad sea visible y documentar sus específicas necesidades y preocupaciones. Finalmente, la CIDH y los expertos en derechos humanos de la ONU recuerdan que los Estados tienen el deber de crear sistemas para registrar y denunciar crímenes de odio basados en la orientación sexual, incluyendo la bifobia, e investigar diligentemente y procesar los homicidios y otros actos de violencia y discriminación cometidos contra personas bisexuales. Esto incluye abrir líneas de investigación que consideren si un crimen pudo ser cometido debido a la orientación sexual de la víctima, castigar a los perpetradores y proporcionar reparación a las víctimas.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
(*) Expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas: Victor Madrigal-Borloz, Experto Independiente de las Naciones Unidas Protección sobre orientación sexual e identidad de género , Sr. Nils Melzer, Relator Especial sobre la la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Sr. Dainius Pῡras, Relatr Especial sobre el derecho a la salud ; Sra. Dubravka Šimonović, Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias y el Grupo de Trabajo en la temática de discriminación contra las mujeres en la ley y en la práctica.
No. 208/18