Washington, D.C. –
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 05 de
febrero de 2020 la resolución 09/2020,
mediante la cual otorgó medidas cautelares de protección a favor de la
señora Martha y familia, en Colombia, tras considerar que se encuentran en
una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus
derechos.
De acuerdo con la solicitud, la beneficiaria se encontraría siendo objeto de
hostigamientos y amenazas de muerte por parte de su expareja desde hace años
e, incluso, en marzo de 2019 se habría materializado un ataque con arma de
fuego donde fueron heridas ella, una de sus hijas y un primo suyo. Las
solicitantes alegaron que, posterior al alegado intento de feminicidio, la
beneficiaria se mudó de municipio y el presunto agresor también se habría
mudado al mismo municipio, persistiendo las amenazas y hostigamientos en su
contra.
El Estado aportó diversos informes, tanto en relación con las medidas
implementadas para proteger a las hijas de la señora beneficiaria, como en
relación con las acciones policiales y el estado actual de diversas
investigaciones de denuncias de la beneficiaria contra el presunto agresor,
incluyendo el proceso más reciente por feminicidio. En este sentido, la CIDH
tomó en cuenta las acciones del Estado para buscar la protección de la
beneficiaria, sin embargo, valoró que, pese a ellas, se habría materializado
un hecho violento y actualmente no contaría con medidas de seguridad.
Por consiguiente, con base en el artículo 25 de su Reglamento, la Comisión
solicitó al Estado de Colombia adopte las medidas necesarias para preservar
la vida y la integridad personal de señora Marta y su núcleo familiar, con
perspectiva de género o los enfoques diferenciados que resulten pertinentes,
de conformidad con los estándares y obligaciones internacionales aplicables;
que concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus
representantes; y que informe sobre las acciones tendentes a investigar los
hechos y así evitar su repetición.
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no
constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema
interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en
la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 024/20