Washington, D.C. -La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 3 de mayo de 2020 la Resolución 19/2020 mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de Juan Antonio Planchart Márquez, quien está privado de libertad en el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN).
La Comisión identificó que el beneficiario, tras ser valorado por el servicio médico del SEBIN, se habría indicado que tendría una lesión tumoral que debía ser atendida con urgencia. Pese a existir una decisión judicial de octubre de 2019 que ordena su traslado a un centro hospitalario, al día de la fecha, no estaría recibiendo la atención medica especializada requerida para su condición médica. Asimismo, la Comisión consideró la seriedad que implica la falta de atención médica ante un tumor posiblemente maligno, así como el deterioro de su salud o las eventuales consecuencias fatales.
Tras analizar la información disponible, la Comisión consideró que se encontraba suficientemente justificado el cumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 25 de su Reglamento. Por lo tanto, solicitó a Venezuela que: a) adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud del señor Juan Antonio Planchart Márquez. En particular, asegurando que tenga acceso al tratamiento médico prescrito por las autoridades competentes; b) concierte las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes; y c) implemente las acciones tendentes a investigar los hechos que motivaron el otorgamiento de esta medida cautelar y evitar así su repetición.
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre alegadas violaciones a los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 100/20