Washington, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 17 de junio de 2020 la Resolución 27/2020, mediante la cual otorgó medidas cautelares de protección a favor de los integrantes del equipo periodístico de NOTIMATV, en Nicaragua, tras considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos.
La solicitud alega que el equipo periodístico viene siendo de objeto de amenazas, intimidaciones, seguimientos y actos de violencia en el marco de sus labores periodísticas en Nicaragua. La Comisión lamenta no contar con las observaciones del Estado, pese a que fueron solicitadas de conformidad con el artículo 25.5 de su Reglamento.
Tras considerar cumplidos los requisitos reglamentarios, la Comisión solicita al Estado de Nicaragua que: a) adopte las medidas necesarias para garantizar la vida e integridad personal de las personas beneficiarias identificadas en la presente resolución. A tales efectos, el Estado debe tanto asegurar que sus agentes respeten la vida e integridad personal de las personas beneficiarias de conformidad con los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos, como proteger sus derechos en relación con actos de riesgo que sean atribuibles a terceros; b) adopte las medidas necesarias para que las personas beneficiarias puedan desarrollar sus labores periodísticas sin ser objeto de actos de intimidación, amenazas u otros hechos de violencia en el ejercicio de las mismas. Lo anterior incluye, la adopción de medidas para proteger el derecho a la libertad de expresión de los integrantes del medio identificado, por ejemplo, no obstaculizando o privándolos de los elementos necesarios para su ejercicio periodístico; c) concierte las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes; y d) informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.
El otorgamiento de medidas cautelares y su adopción por el Estado no constituye prejuzgamiento sobre la posible violación de los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 145/20