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Comunicado de Prensa

La CIDH expresa su enérgica condena por la violación sexual de niñas y adolescentes indígenas y llama a Colombia a investigar los hechos con la debida diligencia

17 de julio de 2020

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Washington, D.C. - Ante información pública sobre denuncias de nuevos casos de violación sexual de niñas y adolescentes indígenas por parte de miembros de las Fuerzas Armadas en Colombia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su enérgica condena y urge al Estado colombiano a investigar sin dilación estos casos para cumplir de manera integral su obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables, así como ofrecer protección y reparación integral a las víctimas y sus familiares.

De acuerdo con información pública, el 8 de septiembre de 2019 una adolescente indígena de 15 años del pueblo Nukak Makú habría sido secuestrada durante cuatro días en el campamento del batallón militar en donde habría sido violada sexualmente de manera reiterada por integrantes del Ejército. La adolescente habría sido encontrada el 13 septiembre de 2019 mientras deambulaba desnuda por la carretera. La Comisión ha tomado conocimiento sobre el inicio de investigaciones penales en la justicia ordinaria y la apertura de un proceso disciplinario que habría sido iniciado a comienzos del año por la Procuraduría Regional de Guaviare, cinco meses después de que habrían ocurrido los hechos y sin presentar avances en la sanción de los responsables y la reparación para la víctima y sus familiares. La CIDH toma nota del llamado realizado por el Estado a las autoridades competentes para avanzar con las investigaciones en curso.

La Comisión también ha recibido información sobre la presunta existencia de otros cinco casos de violación sexual a niñas indígenas Nukak en este mismo resguardo a manos de integrantes del Ejército. A estos hechos se suma el secuestro del 22 de junio y posterior violación sexual colectiva de una niña indígena del pueblo Embera Chamí, de Pueblo Rico, Colombia, a manos de ocho militares sobre el cual emitió el Comunicado de Prensa No. 153/20 y manifestó su condena. Respecto de esta situación, la CIDH recibió información del Estado sobre los avances en el procedimiento de individualización, captura, judicialización e imputación de las siete personas responsables por estos hechos, para lo cual destinó un centenar de investigadores de diferentes cuerpos. Asimismo, indicó que el superior de los soldado habría facilitado su apoyo a los familiares de la vícitma para presentar la correspondiente denuncia ante la Fiscalía.

Adicionalmente, a través de una conferencia de prensa el Ejército Colombiano dio a conocer que desde el 2016 se habría identificado a por lo menos 118 militares implicados en casos de presuntos abusos sexuales. De igual forma, la Vicefiscal General de la Nación habría dado a conocer que la Fiscalía estaría investigando otros nueve casos de violencia sexual contra niñas indígenas. Preocupa gravemente a la Comisión que estos casos hagan parte de un posible patrón de conductas desplegadas por integrantes del ejército colombiano. Al respecto, la CIDH condena enfáticamente la violencia de género y, en particular, la violencia sexual por parte de agentes del Estado en contra de niñas y adolescentes indígenas.

La Comisión toma nota del rechazo expresado por parte del Estado al momento de tener conocimiento sobre estos hechos en contra de cualquier forma de violencia contra mujeres, niñas y adolescentes. No obstante, la CIDH destaca que la situación particular de riesgo y violencia que experimentan las mujeres y las niñas indígenas debe ser analizada de acuerdo con el contexto en que viven, considerando los impactos diferenciados que derivan de esa situación; y en un escenario de conflicto son un blanco desproporcionado de agentes armados estatales y no estatales, a la vez son quienes se encuentran más expuestas a actos de violencia sexual, debido a las múltiples formas de discriminación que enfrentan y a la vulnerabilidad de su territorio.

Asimismo, la Comisión advierte que las vulneraciones a los derechos de niñas y mujeres indígenas no solo les impactan a ellas individualmente, sino que también afectan negativamente a sus pueblos de origen, produciendo graves quiebres en el tejido social, aumentando la sensación de indefensión e impunidad. Por lo anterior, la CIDH insta al Estado a tomar en cuenta estos factores, y prestar especial atención a la situación de violencia que enfrentan las mujeres, niñas y adolescentes indígenas en Colombia por parte de agentes estatales y no estatales con el fin de adoptar de inmediato todas las medidas necesarias para prevenir, reducir y eliminar cualquier acto de discriminación, incluyendo la violencia sexual, además de garantizar el respeto y la protección de los territorios indígenas ante la presencia de actores armados estatales y no estatales y otros actores externos.

La CIDH llama a Colombia a garantizar el acceso a la justicia a todas las mujeres y a continuar investigando estos hechos con la debida diligencia en condiciones de igualdad y no discriminación, a partir de una perspectiva interseccional. La Comisión recuerda al Estado la obligación internacional que le cabe de investigar estos actos tomando en cuenta el principio de debida diligencia reforzada, procurando que la investigación sea llevada a cabo bajo una perspectiva de género y un enfoque de protección integral para mujeres, incluyendo niñas y adolescentes, en situación de intersección de dos o más factores de discriminación.

En el caso particular de las mujeres y niñas indígenas, el Estado debe considerar todos los factores de riesgo que ellas puedan encontrar debido a su origen étnico y su edad, según lo dispuesto en los artículos 6 y 9 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Al tiempo que la CIDH recuerda las graves repercusiones que produce la falta de una debida diligencia en investigar y sancionar actos de violencia de género, resalta que la impunidad de estos delitos envía el mensaje de que esta violencia es tolerada, lo que favorece su perpetuación.

De igual forma, la CIDH insta al Estado a que, respetando los estándares sobre derechos participativos de los pueblos indígenas, otorgue reparaciones integrales y con perspectiva de género para erradicar las causas estructurales que acentúan la discriminación y la violencia contra las mujeres, particularmente aquéllas que pertenecen a grupos en situación de vulnerabilidad y/o riesgo, como las niñas y adolescentes indígenas. Las reparaciones otorgadas por el Estado también deben incluir una perspectiva intercultural e intergeneracional, lo que podría incluir reparaciones de carácter individual y colectivo que tengan en cuenta los impactos de los hechos de violencia sexual a sí mismas y a sus familias y comunidades.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 166/20