CIDH

Discurso del Presidente en la Presentación del Informe Anual 2011

PALABRAS DEL COMISIONADO JOSÉ DE JESÚS OROZCO HENRÍQUEZ, PRESIDENTE DE LA CIDH

PRESENTACIÓN DEL INFORME ANUAL 2011 ANTE LA COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y POLÍTICOS DEL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

Washington, D.C. 9 de abril de 2012

Excelentísima Señora Presidenta de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos; Excelentísimas y excelentísimos Representantes de los Estados Miembros; Excelentísimos Representantes de Estados Observadores; Distinguidas y distinguidos Representantes de organizaciones de la sociedad civil; Señoras; Señores;

En la calidad de Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, me complace presentarles y, por su intermedio, al Consejo Permanente, el Informe Anual de la Comisión para el año 2011. Me acompañan el día de hoy el Secretario Ejecutivo de la CIDH, Santiago Canton, la Secretaria Ejecutiva Adjunta, Elizabeth Abi-Mershed, y el personal de la Secretaría Ejecutiva.

El informe que les presento fue aprobado por la Comisión al finalizar el año 2011, tras ser preparado de acuerdo con las pautas establecidas por la Asamblea General y de conformidad con el artículo 58 del Reglamento de la Comisión. El informe refleja actividades ejecutadas primordialmente bajo la presidencia de la Comisionada Dinah Shelton, cuya destacada gestión quisiera resaltar y agradecer. También dejo constancia del agradecimiento de la Comisión a las Comisionadas María Silvia Guillén y Luz Patricia Mejía, quienes nos dieron su valioso aporte durante varios años y terminaron su mandato en el año 2011, así como al Comisionado Paulo Sergio Pinheiro, quien dejó la Comisión ese año después de servirla desde 2004.

Las actividades de la Comisión incluyen, entre otros, la celebración de tres períodos de sesiones, la recepción y registro de más de 1600 peticiones nuevas y, en conexión con ésta, la aprobación de 67 informes sobre admisibilidad, 11 de inadmisibilidad, ocho de solución amistosa, 54 de archivo, 25 de fondo, la publicación de cinco sobre el fondo, y el sometimiento de 23 casos al conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Incluye también el conocimiento y decisión respecto de más de 400 solicitudes de medidas cautelares, la celebración de 91 audiencias y 58 reuniones de trabajo, la realización de más de 30 visitas de trabajo y promoción lideradas por Comisionadas o Comisionados en su calidad de Relatores de País o Relatores Temáticos, la emisión de 138 comunicados de prensa, y la realización de 5 seminarios y cursos de formación, además de una amplia gama de actividades de promoción. Lo anterior refleja el gran número y la diversidad de exigencias que enfrenta la Comisión y las distintas maneras como protege y promueve los derechos humanos en el hemisferio.

En el Capítulo I de su Informe, la CIDH deja constancia de importantes avances realizados por Estados Miembros a través de Reforma Legislativa. Entre ellos se anota la promulgación de la ley que declaró imprescriptibles los crímenes cometidos durante la dictadura en Uruguay; la ley de consulta previa a los pueblos indígenas en Perú; la inclusión de derechos humanos recogidos en tratados internacionales en el nivel constitucional en México, y la emisión de un decreto que implementa el diseño de medidas de protección en Colombia un enfoque diferencial con base en edad, etnia, género, discapacidad, orientación sexual y proveniencia urbana o rural.

En el campo de la Política Pública, la Comisión tomó nota de programas de seguridad en Haití y reconoció importantes actos de aceptación de responsabilidad y disculpa pública en Colombia, El Salvador y México. Por último, en materia de Acceso a la Justicia la Comisión observó con beneplácito la emisión de sentencias condenatorias contra perpetradores de graves y sistemáticas violaciones de derechos humanos cometidas bajo regímenes dictatoriales en Argentina, Chile, Guatemala y Perú. Asimismo, reconoció que en México fuera incorporado el control de la convencionalidad como una obligación a cargo de todas y todos los jueces.

Sin perjuicio de estos importantes avances y otros reseñados a lo largo del Informe, la Comisión subrayó los desafíos que persisten para el goce pleno de los derechos humanos de quienes están bajo la jurisdicción de los Estados americanos. Observó, por ejemplo, la continuidad de graves obstáculos que enfrentan las mujeres en el ejercicio de su derecho a vivir libres de violencia y discriminación, señalando la situación particularmente difícil de mujeres afrodescendientes e indígenas, víctimas de triple discriminación histórica por género, pobreza y raza. En conexión con este tema, la CIDH publicó en el año 2011 un informe relacionado con la Participación Política de las Mujeres en las Américas, y adoptó cuatro adicionales: El Trabajo, la Educación y los Recursos de las Mujeres; Acceso a la Información en Materia Reproductiva desde una Perspectiva de Derechos Humanos; Estándares Jurídicos Vinculados a la Igualdad de Género y a los Derechos de las Mujeres, y Acceso a la Justicia para Mujeres Víctimas de Violencia Sexual en Mesoamérica.

Durante el año 2011, el cual fue declarado por la Organización de las Naciones Unidas como el “Año Internacional de los Afrodescendientes”, estas personas continuaron sufriendo exclusión y discriminación. En su trabajo, la Comisión y su Relatoría sobre los Derechos de Afrodescendientes y Discriminación Racial han constatado que de manera sistemática habitan en las zonas más pobres y con menor infraestructura y se encuentran más expuestas al crimen y la violencia. Estos y otros hallazgos de la CIDH fueron recogidos en su Informe sobre la Situación de las Personas Afrodescendientes en las Américas, que incluye recomendaciones importantes para que los Estados implementen medidas efectivas para remediar esta situación.

Otro de los temas que han sido ampliamente desarrollados por los órganos del sistema interamericano se refiere a la protección del derecho a la propiedad de los pueblos indígenas sobre sus territorios ancestrales. La CIDH considera importante recordar que el goce efectivo de este derecho implica no sólo la protección de una unidad económica sino de los derechos humanos de una colectividad que basa su desarrollo económico, social y cultural en la relación con la tierra. Por ello, los Estados tienen la obligación de consultar previamente a los pueblos indígenas y tribales, así como garantizar su participación en las decisiones relativas a cualquier medida que afecte sus territorios. Durante 2011, la CIDH publicó el Informe sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales sobre sus Tierras Ancestrales y Recursos Naturales, en el cual señala problemas, guías y buenas prácticas específicas, con miras a ampliar el goce de los derechos humanos por los pueblos indígenas y tribales del continente.

En 2011 la CIDH publicó su Informe sobre Justicia Juvenil y Derechos Humanos en las Américas, que refleja la grave situación de niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley, en tanto que en los distintos Estados de la región no están protegidos con un marco jurídico acorde a los estándares internacionales ni se cuenta con instituciones adecuadas que les permitan reintegrarse a la sociedad; la CIDH también manifestó su preocupación por la aplicación de leyes antiterroristas a niños, niñas y adolescentes, e instó a los Estados a dar pleno cumplimiento a sus derechos.

La Comisión se mantuvo igualmente atenta a la situación de las personas migrantes en el hemisferio, en particular debido a las alarmantes denuncias sobre actos de violencia cometidos durante este año. La Comisión también reiteró su posición en cuanto a la utilización de la privación de libertad solamente en casos excepcionales para las personas migrantes indocumentadas. Este año se publicó el Informe sobre Inmigración en Estados Unidos, en el cual manifestó su preocupación por el creciente uso de la detención de personas migrantes y formuló detalladas recomendaciones a este Estado Miembro para la implementación de los derechos internacionalmente reconocidos de éstas.

Asimismo, la CIDH aprobó en diciembre de 2011 su Informe sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad en las Américas, que destaca la fundamental importancia de adoptar políticas públicas a mediano y largo plazo y de medidas inmediatas para hacer frente a situaciones que afectan gravemente los derechos fundamentales de la población reclusa. La Comisión espera que su informe cumpla con el objeto de cooperar con los Estados Miembros en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales, y de proveer de una herramienta útil para el trabajo de aquellas instituciones y organizaciones comprometidas con la promoción y defensa de los derechos de las personas privadas de libertad.

En materia de libertad de expresión, entre los principales desafíos que enfrentan los Estados de la región durante 2011 se halla el de los asesinatos, agresiones y amenazas contra los periodistas. Los Estados tienen la obligación de proteger a los periodistas que se encuentran en un riesgo especial por ejercer su profesión, así como de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de estos hechos, no sólo para reparar a sus víctimas y familiares sino también para prevenir la ocurrencia de hechos futuros de violencia e intimidación. Asimismo, entre los aspectos destacados por la Relatoría Especial cabe mencionar la alerta sobre la aplicación de sanciones penales a quienes hacen declaraciones que ofenden a funcionarios públicos, y el reconocimiento de buenas prácticas como la importante expedición y puesta en práctica de leyes de acceso a la información.

Por otra parte, en los últimos años la Comisión ha comprobado la grave discriminación de hecho y de derecho que enfrentan las lesbianas, los gays y las personas trans, bisexuales e intersexuales en los países de la región. Entre otras violaciones, la CIDH ha recibido información sobre asesinatos, violaciones y amenazas, así como un calamitoso estado de discriminación y exclusión social para amplios grupos de personas que pertenecen a la diversidad sexual. En su 143º período de sesiones, la Comisión decidió crear una Unidad para sus derechos, y ha emprendido la labor de preparar un informe hemisférico sobre la materia.

Señoras; Señores;

Algunas de las personas que he mencionado ejercen la reivindicación de sus derechos individuales; algunas con el objeto de reivindicar los derechos de muchos otros. Todas tienen en común que, al promover o procurar la realización de los derechos fundamentales, son defensoras y defensores de derechos humanos y, en esta calidad, pilar esencial para el fortalecimiento y consolidación de las democracias. Lastimosamente, las defensoras y los defensores de derechos humanos también tienen en común ser víctimas de asesinatos y agresiones, y muchas de ellas sufren señalamientos por parte de autoridades que desprestigian y estigmatizan su labor, enfrentan acciones penales sin fundamento, ven sus fuentes de financiamiento restringidas, y no cuentan con mecanismos adecuados y efectivos para su protección. Durante este año, para dar énfasis al enfrentamiento de esta problemática, la Comisión decidió transformar su Unidad de Defensores y Defensoras en una Relatoría, y me honró con el encargo de ser Relator para las Defensoras y los Defensores de Derechos Humanos.

La Comisión aprobó también su Segundo Informe sobre la situación de las Defensoras y los Defensores de Derechos Humanos en las Américas, en el cual se presenta información actualizada sobre la materia y los estándares de derecho internacional aplicables, concluyendo que algunos Estados han realizado importantes esfuerzos dirigidos a cumplir con las recomendaciones del primer informe de la Comisión. No obstante, persisten los obstáculos señalados en el primer informe de 2006, y en algunos casos se han intensificado. Además, existe una creciente sofisticación en los mecanismos destinados a impedir, obstaculizar o desmotivar la labor de defensa y promoción de los derechos humanos.

El Capítulo II del Informe Anual contiene una reseña de las actividades más relevantes desempeñadas en el 2011 y, en particular, señala las visitas de trabajo y actividades realizadas por Comisionadas y Comisionados en Argentina, Belice, Brasil, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos de América, Guatemala, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, y Uruguay. Durante 2011, la Comisión también adoptó su Informe sobre la situación de derechos humanos en Jamaica, el cual se emitió como resultado de la visita in loco que, a este país, realizase en su momento. Muchos otros Estados de la región también extendieron invitaciones que la Comisión no ha podido materializar todavía. La Comisión desea agradecer a los Estados Miembros que la han invitado a visitarlos y a los que mantienen invitaciones abiertas, ya que estas visitas desempeñan un papel fundamental para su labor de promoción y protección de los derechos humanos en el hemisferio.

Como es de su conocimiento, una de las funciones principales del trabajo de la Comisión es el sistema de peticiones y casos individuales. Las funciones que se desarrollan en el contexto de ese sistema han asegurado la reparación de múltiples y graves violaciones de derechos humanos, la corrección de deficiencias sistémicas en las políticas públicas y en la legislación y la promoción de cambios significativos en la comprensión hemisférica del contenido y los alcances de los derechos humanos.

El Capítulo III del Informe contiene las decisiones de la Comisión sobre denuncias de violaciones de los derechos humanos en los Estados Miembros. Este capítulo incluye información estadística muy detallada, que tiene el propósito de brindar una visión general sobre las diferentes actividades de la Comisión, y que está conectada con todos los resultados que la CIDH ha decidido priorizar en su planificación estratégica.

La sección C consta de dos partes: la primera contiene una reseña de las medidas cautelares otorgadas o extendidas por la CIDH durante el año 2011 con relación a los Estados Miembros, con base en lo dispuesto en el artículo 25 de su Reglamento, y subrayo que esta sección contiene una detallada descripción de la historia y el marco jurídico de las medidas cautelares y los criterios que la CIDH aplica para la consideración de las solicitudes respectivas.

La parte C.2 incluye todos los informes mediante los cuales la Comisión adoptó una decisión de admisibilidad, inadmisibilidad, fondo, solución amistosa o archivo durante el período cubierto por el presente informe. Esta sección contiene un total de 165 informes que incluyen 67 casos declarados admisibles; 11 informes sobre peticiones declaradas inadmisibles; 8 informes de solución amistosa; 54 informes de archivo y 25 informes de fondo.

En la sección D se incluye un análisis relativo al cumplimiento por parte de los Estados de las recomendaciones contenidas en los informes sobre casos individuales publicados en los Informes Anuales desde el año 2000, de conformidad con el artículo 47 del Reglamento de la CIDH. El cumplimiento con las decisiones de la Comisión y, en un sentido más amplio, la adopción de todas las medidas necesarias para dar efecto a sus compromisos en materia de derechos humanos, son obligaciones fundamentales e impostergables.

La CIDH está convencida que esta información estadística constituye una detallada rendición de cuentas sobre la gestión del Sistema de Peticiones y Casos Individuales y sus resultados. Respecto de la duración del procedimiento, por ejemplo, para el año 2007 la media de duración del proceso de evaluación inicial era de 50.2 meses, para 2008 era de 45.2, para el 2009, 39.7, y para el 2010, 36.2 meses. Hoy día la Comisión está en una duración media de 27 meses para el proceso de examen inicial de peticiones. Esta reducción es el resultado de una estrategia deliberada con el propósito de priorizar la primera respuesta que obtiene un peticionario sobre su denuncia, en virtud de lo importante que es el deber de poner al Estado concernido en conocimiento de las posibles violaciones que la Comisión reconoce sobre un estándar prima facie. Es a partir de ese momento que existe una oportunidad real impulsar la resolución del tema, inclusive a través de la solución amistosa.

Estamos trabajando constantemente en la consecución de los recursos necesarios. En este sentido, la CIDH agradece las contribuciones efectuadas durante el 2011, en particular las destinadas al apoyo de su Plan Estratégico. Realizaron contribuciones a la CIDH los siguientes Estados Miembros de la OEA: Argentina, Canadá, Chile, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos y México; los siguientes Observadores Permanentes Azerbaiyán, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda y Suiza. Asimismo, la Comisión valora y agradece las contribuciones recibidas del Fondo de Población de Naciones Unidas, la Fundación Sueca para los Derechos Humanos, International Group for Indigenous Affairs (IWGIA), Save the Children/Suecia y la Universidad de Notre Dame.

El Capítulo IV del Informe Anual de 2011 contiene una detallada reseña de historia, marco jurídico y metodología aplicada en la preparación de este capítulo y un análisis particular de la situación de derechos humanos en Colombia, Cuba, Honduras y Venezuela. Para la aprobación del presente informe anual, la Comisión ha realizado un proceso de reflexión sobre el perfeccionamiento de la metodología de elaboración de dicho capítulo, el cual ha continuado avanzando en las discusiones internas de la CIDH y se ha alimentado de las observaciones y sugerencias manifestadas por Estados y sociedad civil. En especial, se ha profundizado el análisis en dicho capítulo sobre la situación de los derechos civiles y políticos y de los avances en la garantía de los derechos económicos, sociales y culturales; la situación de grupos de personas en particular situación de riesgo o en situación de discriminación; la ratificación de instrumentos interamericanos, y las buenas prácticas adoptadas por el Estado para la protección de personas en riesgo, entre otros indicadores que han sido aplicados de manera igual para los Estados analizados en el capítulo.

Colombia

Con base a los criterios elaborados por la CIDH en 1997 para identificar los Estados cuyas prácticas en materia de derechos humanos merecen atención especial, la Comisión concluyó que la situación de los derechos humanos en Colombia se enmarcaba dentro del criterio quinto, que se refiere a la persistencia de situaciones coyunturales o estructurales que por diversas razones afectan seria y gravemente el goce y ejercicio de los derechos fundamentales consagrados en la Convención Americana.

La CIDH es consciente de la compleja situación que enfrenta Colombia tras cinco décadas de violencia, su impacto sobre la población civil, y del efecto que continúa teniendo el negocio del narcotráfico en la violencia y de los esfuerzos estatales para combatir ese fenómeno. Las afectaciones a derechos humanos en Colombia provienen tanto de su pasado no superado como de situaciones coyunturales y estructurales vigentes en su presente y que afectan grave y seriamente el goce de los derechos humanos. En este sentido, la CIDH observa que continúa el grave problema del desplazamiento interno y que, a pesar de los esfuerzos destinados a desarticular la estructura armada de las Autodefensas Unidas de Colombia (“AUC”), grupos armados ilegales continúan involucrados en actos de hostigamiento y violencia que afectan especialmente a las poblaciones, pueblos, grupos y personas históricamente sometidos a discriminación o que están en situación de especial vulnerabilidad; ejemplos son las mujeres, la niñez y los y las defensores de derechos humanos.

La CIDH ha tomado nota de que Colombia ha impulsado una serie de medidas tanto de índole legislativa, administrativa y judicial para intentar superar las muy graves situaciones violatorias de derechos humanos derivadas del paramilitarismo y actividades ilegales de inteligencia. Sin embargo, estas medidas aún adolecen en algunos extremos de ineficacia o no se encuentran en entera concordancia con estándares interamericanos. La CIDH nota en su Informe para 2011, por ejemplo, que continúa recibiendo denuncias por la utilización del fuero militar para situaciones de violación de derechos humanos y deficiencias en el acceso a los registros de inteligencia y que, tras seis años de la promulgación de la Ley de Justicia y Paz, únicamente se ha proferido una sentencia firme. Adicionalmente, la persistencia de bandas criminales que pudieran actuar en colusión, tolerancia o aquiescencia de algunos funcionarios públicos y su progresiva evolución a estructuras emergentes de violencia continúan impactando gravemente a la sociedad colombiana a pesar de que el Estado ha adelantado esfuerzos por eliminar dichos grupos.

La CIDH también nota que la disminución de información recibida sobre la ocurrencia de ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”; sin embargo el número de condenas a miembros de la Fuerza Pública por la comisión de ejecuciones extrajudiciales ha sido escaso y que es fundamental que se adelanten investigaciones con celeridad y se tomen acciones para impedir hostigamientos y atentados contra denunciantes de violaciones y sus familiares.

A pesar de los desafíos, el Estado colombiano ha emprendido esfuerzos dignos de reconocimiento, a fin de avanzar en la pacificación mediante la desmovilización de actores armados y la protección de sus ciudadanos. Entre estos esfuerzos destaca que el 10 de junio de 2011 se sancionó la Ley 1448 “por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”, también denominada “Ley de Víctimas y Restitución de Tierras”.

Cuba

La CIDH siempre ha considerado al Estado cubano como “responsable jurídicamente ante la Comisión en lo concerniente a los derechos humanos” puesto que “es parte de los instrumentos internacionales que se establecieron inicialmente en el ámbito del hemisferio americano a fin de proteger los derechos humanos” y porque la Resolución VI de la Octava Reunión de Consulta “excluyó al gobierno de Cuba, y no al Estado, de su participación en el sistema interamericano”.

Con base en los criterios elaborados por la CIDH en 1997, la Comisión ha considerado que la situación de los derechos humanos en Cuba se enmarca dentro de los criterios primero y quinto, en cuanto a que no se observan los derechos políticos consagrados en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y persisten situaciones estructurales que afectan seria y gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales, consagrados en la citada Declaración Americana.

Las restricciones a los derechos políticos, de asociación, a la libertad de expresión y de difusión del pensamiento, la falta de elecciones, la falta de independencia del poder judicial y las restricciones a la libertad de movimiento, han conformado durante décadas una situación permanente y sistemática de vulneración de los derechos humanos de los habitantes en Cuba. En el transcurso del 2011, la información disponible sugiere que la situación en general de derechos humanos no ha variado. Persisten las situaciones de derechos humanos anteriormente señaladas, represiones severas hacia mujeres, restricciones a defensores y defensoras de derechos humanos, represión a la protesta social pacífica, así como provisiones y prácticas que contravienen los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Honduras

La Comisión ha seguido con especial atención la situación de los derechos humanos en Honduras, observando a través de sus informes una serie de preocupaciones estructurales en materia de justicia, seguridad, marginación y discriminación que han afectado durante décadas los derechos humanos de sus habitantes, y que se agudizaron a partir del golpe de Estado de 2009.

Durante el año 2011, la Comisión continuó observando la situación de derechos humanos con especial énfasis en las consecuencias del golpe de Estado de 2009. De la información disponible se desprende que a partir del golpe de Estado de 2009 se produjeron diversas violaciones a los derechos humanos que afectaron gravemente a la población hondureña, cuyos efectos o repercusiones en algunos casos se han mantenido. Por ello, evaluada la situación, la Comisión, durante su 143º período ordinario de sesiones, decidió incorporar al país en el capítulo IV de su Informe Anual porque considera que se enmarca en los criterios tercero y quinto, los cuales se refieren a graves y masivas violaciones de los derechos humanos garantizados en la Convención Americana, la Declaración Americana o los demás instrumentos de derechos humanos aplicables y a situaciones coyunturales o estructurales, que estén presentes en Estados que por diversas razones enfrenten situaciones que afecten seria y gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales, consagrados en la Convención Americana o en la Declaración Americana.

En el informe, la CIDH da cuenta de las actividades realizadas durante el año 2011 con relación a la situación en Honduras y analiza la situación de derechos humanos en ese país, abordando temáticas específicas, inclusive el acceso a la justicia, y condiciones carcelarias, entre otros.

Venezuela

La CIDH decidió la incorporación de Venezuela en el Capítulo IV de su Informe Anual para 2011 por considerar que la situación en ese Estado se enmarca dentro del criterio quinto que, como he manifestado, se refiere a situaciones coyunturales o estructurales presentes en Estados que por diversas razones enfrenten situaciones que afecten seria y gravemente el goce y disfrute de los derechos fundamentales, consagrados en la Convención Americana.

En primer término, la Comisión ha identificado situaciones estructurales como las modificaciones normativas que implican restricciones legales y administrativas que afectan el goce y disfrute de los derechos humanos en Venezuela. Al respecto, la Comisión reporta, por ejemplo, la adopción de leyes en el marco de la “Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan”, conocida como “Ley Habilitante”. Asimismo, la Comisión ha observado de manera reiterada en sus Informes anteriores sobre Venezuela, situaciones estructurales como la de provisionalidad de los jueces y fiscales, la cual conlleva a la fragilidad del poder judicial y a su falta de independencia e imparcialidad, que impacta de manera negativa el ejercicio del derecho de acceso a la justicia.

La CIDH ha identificado también el uso abusivo del derecho penal y la afectación a la libertad de expresión, entre otros temas de especial interés para la Comisión. En segundo término, la Comisión ha identificado situaciones coyunturales, como, por ejemplo, las graves situaciones de inseguridad ciudadana y de violencia en los centros penitenciarios, las cuales implican una afectación al ejercicio de los derechos humanos a la vida y a la integridad personal de las y los venezolanos, entre otros.

En reiteradas oportunidades desde 2003 la Comisión ha realizado una serie de gestiones para solicitar al Estado su anuencia para realizar una visita de observación. Hasta la fecha, el Estado se ha negado a permitir una visita de la CIDH a Venezuela, lo cual no sólo afecta las facultades asignadas a la Comisión como órgano principal de la OEA para la promoción y protección de los derechos humanos, sino que además debilita el sistema de protección creado por los Estados Miembros.

La Comisión continúa valorando los avances alcanzados en el ámbito de los derechos económicos, sociales y culturales por el Estado de Venezuela a través de políticas y medidas dirigidas a subsanar las falencias que aquejan a amplios sectores de la población y los avances normativos en Venezuela con relación a la protección y garantía de estos derechos. La prioridad dada por el Estado a estas medidas resulta fundamental para garantizar una vida digna a la población y constituye una base importante para la estabilidad democrática.

Señoras;

Señores;

Como parte de su proceso para fortalecer su transparencia, regularidad y predictibilidad, la Comisión llevó a cabo durante el año 2011 una reforma del Artículo 11 de su Reglamento, referente a la identificación y nombramiento de su Secretario Ejecutivo. En sus sesiones de marzo de 2011, la Comisión aprobó para su discusión un borrador de reforma, el cual abrió a amplia consulta en la cual participaron los Estados Miembros y organizaciones de la sociedad civil. En consideración a la decisión anunciada por Santiago Canton, actual Secretario Ejecutivo, de concluir su mandato próximamente, y de conformidad con el artículo 11 reformado, la Comisión abrió un proceso de búsqueda de una nueva persona para ocupar este cargo. Este proceso está en curso y en él se están aplicando los más altos estándares de transparencia e integridad. Está previsto que la selección definitiva tenga lugar en julio de 2012.

Quiero hacer referencia también a la consideración cuidadosa que la Comisión ha dado al informe del Grupo Especial de Trabajo para Reflexionar sobre los trabajos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con fin al fortalecimiento del sistema interamericano de los derechos humanos durante su 144 periodo de sesiones. Al respecto, me permito informarles que la Comisión, el día de hoy ha enviado un primer documento de respuesta. Reconocemos la importancia de las recomendaciones dirigidas por el Grupo de Trabajo Especial tanto a la propia Comisión Interamericana como a los Estados Miembros y al Secretario General de la Organización, estando convencidos de que este proceso es una contribución importante a su trabajo. Durante su 144 Período de Sesiones, la CIDH decidió desencadenar una reflexión profunda y diligente sobre sus procedimientos y mecanismos a través de una consulta detallada con todos los usuarios del Sistema Interamericano; algunas de las características de este proceso se presentan en el documento de referencia. Con ese propósito y como un paso importante, la Comisión ha considerado la emisión de un cuestionario que podría ser distribuido pronto y realizar reuniones de consulta con todos los usuarios del Sistema (algunas de ellas con carácter regional) destinadas al estudio y la reflexión de las recomendaciones que ha recibido la Comisión.

La Comisión desea reiterar su voluntad, apertura y compromiso para continuar la reflexión iniciada por la Asamblea General de la Organización, la cual apunta al fortalecimiento del Sistema. La Comisión estima importante, en este contexto, subrayar que los procesos de reflexión históricamente han estado seguidos de importantes reformas en el trabajo de la Comisión: estos precedentes se describen en todo detalle en el documento de la Comisión.

En nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, agradezco cumplidamente el compromiso de los Estados Miembros con el fortalecimiento del Sistema Interamericano, que confiamos se vea reflejado en la ratificación de todos los instrumentos interamericanos de derechos humanos, así como en la asignación de mayores recursos para el funcionamiento de sus órganos y en el cumplimiento de sus recomendaciones y decisiones. Igualmente, agradezco el apoyo que le han brindado a la Comisión en su determinación constante de cumplir fielmente su mandato en forma independiente y autónoma. La independencia y autonomía de la Comisión son la base de su credibilidad y ésta, como conocemos sobradamente, es la fuente imprescindible de su eficacia.

Muchas gracias.