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CIDH expresa preocupación por la legislación sobre Amnistía en Suriname
13 de abril de 2012
Washington, D.C. — La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su profunda preocupación con respecto a la legislación sobre amnistía aprobada por el Parlamento de Suriname el 5 de abril de 2012. Mediante esta legislación se busca consolidar la inmunidad por violaciones de derechos humanos cometidas durante la era militar (1982-1992) en Suriname y eliminar la excepción en la Ley de Amnistía de 1992 que se aplica a delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.
Al cierre de su más reciente período de sesiones, la CIDH expresó que las iniciativas de esta naturaleza obstaculizan el cumplimiento de casos ya decididos por el sistema interamericano, incluido el caso de la Masacre de Moiwana, entre otros. La Comisión Interamericana debe reiterar que las leyes de amnistía relacionadas con violaciones graves de derechos humanos son incompatibles con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, ya que impiden a los Estados investigar y castigar a los responsables.
Asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido repetidamente que una ley de amnistía no puede servir como justificación para incumplir el deber de investigar y de asegurar el acceso a la justicia. Específicamente, ha señalado que los Estados “no pueden, para no dar cumplimiento a sus obligaciones internacionales, invocar disposiciones existentes en su derecho interno, como lo es en este caso la Ley de Amnistía. A juicio de esta Corte, la Ley de Amnistía... obstaculiza la investigación y el acceso a la justicia”.
Como han subrayado la CIDH y la Corte Interamericana, las leyes que buscan dejar en la impunidad violaciones graves de los derechos humanos son incompatibles con las obligaciones interamericanas en materia de derechos humanos.
La Comisión Interamericana ha sido testigo de muchos casos en que la aplicación de leyes de amnistía ha obstruido la aclaración de serias violaciones de derechos humanos y el juzgamiento y sanción de los responsables, lo cual ha conducido a la impunidad. En consecuencia, varios Estados de la región han modificado e invalidado los efectos de sus leyes de amnistía a fin de cumplir con sus obligaciones establecidas en el sistema interamericano.
La CIDH dio cuidadosos seguimiento a la situación de los derechos humanos en Suriname durante la dictadura militar y publicó una serie de informes en los que se documentaron violaciones graves de derechos humanos, incluyendo varias masacres. Una de ellas se refiere al caso emblemático del asesinato de quince ciudadanos prominentes en Fort Zeelandia el 8 de diciembre de 1982, y otros tuvieron lugar en poblaciones del interior del país. Todas estas masacres requieren aclaración, juzgamiento y reparación.
La Comisión Interamericana exhorta a las autoridades de Suriname a adoptar todas las medidas necesarias para cumplir con su obligación de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura militar.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
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No. 38/12